Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

persona a vivir en un ambiente saludable y equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la MORDAZA, y el deber de contribuir a una efectiva funcion ambiental de proteccion del ambiente, conservacion de la biodiversidad biologica y la salud de las personas; en el articulo 97º reconoce al Peru como centro de diversificacion de recursos geneticos y biologicos; Que, el Peru se encuentra entre los 10 paises megadiversos del MORDAZA, por la abundante biodiversidad en ecosistemas, especies, recursos geneticos, y diversidad cultural; catalogado como uno de los centros mundiales mas importantes de recursos geneticos de plantas, con los lineamientos que rige la politica sobre diversidad biologica de reconocimiento de los derechos soberanos del Peru, como MORDAZA de origen sobre sus recursos biologicos incluyendo los geneticos; Que, con Decreto Supremo Nº 012-2009-NINAM se aprueba la Politica Nacional del Ambiente, que menciona en el eje de politica 1, sobre la conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica entre sus objetivos el garantizar la proteccion de la salud humana, el ambiente y la diversidad biologica durante el desarrollo, uso y aplicacion de bienes y servicios de la biotecnologia moderna en el Peru; Que, la Ley de Promocion de la Produccion Organica y ecologica, Ley Nº 29196, en el articulo 3º, busca promover y mantener la diversidad genetica en el sistema productivo y en su entorno, incluyendo para ello, la proteccion de los habitat de las plantas y animales silvestres, y en su articulo 4º, senala que toda actividad agropecuaria que se sustenta en sistemas naturales, que busca mantener y recuperar la fertilidad de los suelos, la diversidad biologica y el manejo adecuado del agua. Excluye el uso de agroquimicos sinteticos, cuyos efectos toxicos afectan a la salud humana y cause deterioro del ambiente, y descarta el uso de organismos transgenicos; Que, la Ley Nº 28477, Ley que declara a los cultivos, crianzas nativas y especies silvestres usufructuadas patrimonio natural de la nacion (marzo 2005) y encarga al Ministerio de Agricultura, en coordinacion con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y otras entidades publicas y privadas, la responsabilidad del registro, la difusion, conservacion y promocion del material genetico, el fomento de las actividades de produccion, industrializacion, comercializacion y consumo interno y externo de los cultivos, crianzas nativas y especies silvestres, dentro de un enfoque de sostenibilidad y sustentabilidad; siendo necesario la proteccion y conservacion de los recursos biologicos o componentes intangibles de dicho patrimonio, concordante con el articulo 9º de la Ley Nº 27811; Que, la Politica Regional del Ambiente aprobada con Decreto Regional Nº 003-2007-GR-JUNIN-PR, en el articulo 5º senala, en el MORDAZA componente, el conservar y aprovechar sosteniblemente los recursos naturales, en especial su diversidad biologica, con una vision ecosistemica y un MORDAZA de ordenamiento territorial ambiental. En el mismo sentido, la Ordenanza Nº 006GRJ/CR., establece los lineamientos para la conservacion y uso sostenible de la Diversidad Biologica y mediante Ordenanza Regional Nº 043-GRJ/CR., se aprueba la Estrategia Regional de Diversidad Biologica para la Region MORDAZA, biodiversidad que contempla entre sus principios y fundamentos que, el Estado Peruano es responsable y soberano de la adopcion de medidas de conservacion y uso sostenible de la diversidad biologica; ademas, senala el criterio de precaucion, conforme a lo establecido por el MORDAZA 15 de la declaracion de Rio sobre el medio ambiente y desarrollo; y, entre sus componentes senala el establecer medidas especiales para la conservacion y restauracion de la biodiversidad frente a MORDAZA externos y en su linea de accion Nº 3.3. contempla, confrontar los organismos vivos modificados porque representan riesgos ocultos, pues es muy dificil anticipar la manifestacion de genes que pueden perjudicar la diversidad biologica, mencionando entre sus actividades el fortalecer planes de prevencion de ingreso de organismos vivos modificados que pongan en riesgo la salud humana, el ambiente y la diversidad biologica; Que, la Red de Accion en Agricultura Alternativa (RAAA) viene desarrollando monitoreos de la presencia

de granos de soya y maiz MORDAZA duro transgenicos, en comercios y/o mercados de diversas regiones de nuestro pais. El primer monitoreo se realizo en la MORDAZA de Huamanga, y el MORDAZA monitoreo se realizo en la MORDAZA de Huancayo, donde diez de las muestras de granos de soya y tres muestras de maiz MORDAZA duro dieron resultados positivos a presencia de transgenicos resistentes a herbicidas, en una evaluacion realizada a granos colectados en el MORDAZA Modelo y MORDAZA Mayorista, usando la misma metodologia, que son los kits de analisis cualitativo rapido, y, ante la presencia de representantes de organizaciones de la sociedad civil como SEPARL, CERA, IDRA, IDEA, RAAA., asi como representantes de la Direccion Regional de Agricultura y del Gobierno Regional Junin; Que, recientemente se evidencia la introduccion ilegal de productos transgenicos al MORDAZA y a la region, mediante la importacion de semillas geneticamente modificadas o mediante la introduccion al MORDAZA nacional de productos que no contienen en el etiquetado la advertencia de ser productos transgenicos; ante esta situacion, no se tiene el MORDAZA legal que permita garantizar que los valores patrimoniales de nuestra megabiodiversidad, asi como los derechos de las comunidades indigenas y locales para preservar, mantener y desarrollar sus practicas y conocimientos tradicionales asociados a la agrobiodiversidad, MORDAZA efectivamente salvaguardadas frente a los posibles riesgos irreversibles, que puede tener la liberacion de los transgenicos en los cultivos nativos y parientes silvestres, sin proteccion frente al impacto en las practicas y valores culturales de las comunidades asociadas a dichos cultivos; Que, en ese sentido se ha observado la falta de control y regulacion en el ingreso y comercializacion de semillas y granos importados de origen transgenico a nuestro MORDAZA por parte de las autoridades competentes, lo cual pone en serio riesgo no solo la conservacion de nuestra biodiversidad y la seguridad alimentaria, que principalmente, esta basada en este valioso recurso, sino, la implementacion de proyectos productivos de agro exportacion, asi como el desarrollo de la agricultura organica en la Region MORDAZA, que viene beneficiando a pequenos agricultores, comunidades campesinas y nativas de la Region; Que, la gestion sostenible de los recursos naturales y del medio ambiente en el ambito regional es competencia del Gobierno Regional, asi como la formulacion, ejecucion, evaluacion, supervision de estrategias regionales respecto a la diversidad biologica conforme lo senalan los articulos 9º, 51º y 53º de la Ley Nº 27687 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, la declaracion a la Region MORDAZA como Region libre de transgenicos y centro de origen y domesticacion de MORDAZA nativas, plantas aromaticas, medicinales, frutales y fauna nativas que presentan caracteristicas especificas importantes para la Region MORDAZA, cuenta con el Dictamen favorable de la Comision Permanente Desarrollo Agrario, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9°, 10°, 11°, 15 y 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE "DECLARA A LA REGION MORDAZA COMO REGION LIBRE DE TRANSGENICOS Y CENTRO DE ORIGEN Y DOMESTICACION DE MORDAZA NATIVAS, PLANTAS AROMATICAS, MEDICINALES, FRUTALES Y FAUNA NATIVAS QUE PRESENTAN CARACTERISTICAS ESPECIFICAS IMPORTANTES PARA LA REGION JUNIN". Articulo Primero.- DECLARESE a la Region MORDAZA como Region libre de transgenicos y centro de origen y domesticacion de MORDAZA nativas, plantas aromaticas, medicinales y frutales nativos, que presentan caracteristicas especificas importantes para la region y cuyas potencialidades esten enfocadas en la produccion agropecuaria organica y sus valores ecologicos, culturales, sociales y economicos;

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