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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (23/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de junio de 2011 445203 Artículo Segundo.- CRÉASE el Grupo Técnico Multisectorial conformado por autoridades competentes y representantes de la sociedad civil, que elaborará y ejecutará el plan de implementación de la presente ordenanza. Este plan deberá incluir, entre otros, estrategias de difusión de la ordenanza hacia autoridades, gobiernos locales, productores y otros actores de la sociedad civil, acciones de capacitación e investigación, realización de inventarios sobre las potencialidades de la diversidad biológica, elaboración de reglas complementarias y de promoción de la diversidad biológica, estrategias de inspección y monitoreo de organismos genéticamente modifi cados con énfasis en el ingreso de granos y semillas y cultivos, intercambiar experiencias con otras regiones libres de transgénicos y acompañar la evolución del conocimiento respecto a los efectos adversos de los transgénicos al medio ambiente y la salud humana. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE al Ejecutivo del Gobierno Regional coordinar con las entidades nacionales competentes, centros de investigación y universidades, la realización de estudios científi cos que identifi quen y contribuyan a establecer zonas de alta biodiversidad en la región para promover su protección, conservación y multiplicación; desarrollando un Sistema de Estrategia Regional de protección sostenible de los recursos naturales, biológicos y genéticos nativos, tomando en cuenta los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales ancestrales de las comunidades campesinas y nativas de la región. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE al Ejecutivo del Gobierno Regional Junín, formular y aprobar la reglamentación de la presente norma regional, con arreglo a los procedimientos de Ley. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 10 días del mes mayo de 2011. EDDY R. MISARI CONDE Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 13 días del mes mayo de 2011. VLADIMIR ROY CERRON ROJAS Presidente 656005-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Purús ACUERDO Nº 076-2011-GRU/CR Pucallpa, 10 de mayo del 2011 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Mayo del 2011, con el voto unánime del Consejo Regional, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera de los Recursos del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Municipalidad Provincial de Purús para fi nanciar la adquisición de un (01) transformador elevador de 400 KVA, adquisición de materiales y su traslado a la localidad de Puerto Esperanza, en cumplimiento del Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 0033-2011, suscrito entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Municipalidad Provincial de Purús de fecha 04/04/2011, cuyo monto asciende a la suma de S/.105,548.09 nuevos soles; Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en un Diario de circulación regional, así como en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob. pe). POR TANTO: Mando se registre y cumpla. NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado Consejo Regional 655910-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban el “Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de El Agustino” ORDENANZA Nº 486-MDEA El Agustino, 21 de junio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 119-2011-GDEAM-GEMU-MDEA, del Gerente Desarrollo Ambiental, mediante el presenta el proyecto de Ordenanza que aprueba el Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el Distrito de El Agustino. Informe Nº 237-2011- GAJ-MDEA del Gerente de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales; Que, el numeral 1) del artículo 10º de la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, señala que las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; los