Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

Articulo 6°.- En el caso del internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal de Vehiculo, el mismo debera permanecer hasta que la sancion sea cumplida y o ejecutada. Articulo 7°.- Para los efectos del articulo anterior la Gerencia de Transportes sancionara mediante Resolucion de Alcaldia el incumplimiento de los terminos de la concesion, reglamentos y demas disposiciones emitidas por la Gerencia de Transportes. Se consideran faltas administrativas el incumplimiento de los articulos del presente Reglamento. Se aplicara como MORDAZA a la multa el equitativamente al 12% de la UIT por cada una de las faltas cometidas, en caso que la concesionaria se encuentre incursa en 3 o mas faltas al momento de la verificacion se aplicara la multa equitativamente al doce por ciento (12%) de la UIT y la suspension temporal del servicios por el termino de dos (2) dias utiles. Ante la reincidencia en la comision de las mismas faltas, se aplicara multas equivalentes al (50 %) de la UIT y la suspension por 30 dias calendario, si la concesionaria cometiera tres infracciones muy graves, se procedera a la suspension y cancelacion de la concesion Articulo 8º.- Las infracciones y sanciones al presente Reglamento se encuentran contenidas en las Tablas de Infracciones y Sanciones y, cuando se verifique la comision de varias infracciones la papeleta de sancion se aplicara a la infraccion mas grave las papeletas de sancion se impondran al momento de verificarse la comision de las misma." Articulo 9º.- Autoridad competente para imponer las sanciones para el servicio En caso no este implementado el Cuerpo de Inspectores Municipales, Organo de Fiscalizacion y control de la Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial de Huaura; la Policia Nacional del Peru, asignada al control del MORDAZA sera la autoridad encargada de imponer las sanciones contempladas en la presente Ordenanza. Articulo 10°.Procedimiento de imposicion de la sancion. Al verificar una infraccion a lo dispuesto en la presente Ordenanza el Inspector Municipal o la Policia Nacional asignada al control de MORDAZA en su caso dispondra que el vehiculo se detenga y pedira al conductor el Certificado de Operacion, Credencial del Conductor, Licencia de Conductor, Tarjeta de Propiedad y documento que acredite contar la poliza de Seguro vigente, luego se devolvera con la respectiva notificacion de la papeleta a traves de la cual se le impone la sancion de multa, la cual debera ser firmada por el conductor. El original de la papeleta sera remitida a la dependencia Municipal competente dentro de los dos dias habiles siguientes a su imposicion una MORDAZA se entregara al infractor. En el caso que el infractor se negara a firmar la notificacion de la papeleta se dejara MORDAZA del tal hecho y se tendra por notificada. Medios impugnatorios. Las impugnaciones por la imposicion de las papeletas seguiran el procedimiento senalado en el Art. 207 de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley 27444 y sus modificatorias. DISPOSICIONES FINALES: Primera.- Las empresas de transportes y personas naturales podran acogerse a una reduccion del pago del 50% de las sanciones y/o multas, por concepto de infracciones al MORDAZA, con alcance al servicio de transporte MORDAZA, e interurbano de pasajeros, en el ambito de la provincia de Huaura; si MORDAZA la papeleta de infraccion dentro de los 07 dias calendario. Segundo.- Los vehiculos de taxi, autos colectivos, mototaxis, combis y omnibus del Trasporte MORDAZA e Interurbano, que presten servicio sin la Autorizacion de la Municipalidad Provincial de Huaura pagaran el 100% a las infracciones. Tercero.- Las demas infracciones no reguladas en la presente Ordenanza Municipal se rigen de conformidad a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de MORDAZA y otras normas conexas que a la fecha esten vigentes. Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Transportes a traves de la

Oficina de Fiscalizacion de la Municipalidad Provincial de Huaura y Policia Nacional del Peru- Huaura. El fiel cumplimiento. Quinto.- Encargar a la Sub Gerencia de Secretaria General, Oficina de Logistica la publicacion en el Diario Oficial El Peruano la presente Ordenanza, la misma que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Sexto.- Encargar al Jefe de la Oficina de Informatica publicar en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en la pagina web de la Municipalidad Provincial de Huaura (www.munihuacho.gob.pe), la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento del Servicio de Transporte Publico en Vehiculos Menores, asi como la Ordenanza Provincial No. 003-09 por el cual fue aprobado. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumpla. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial 656708-1

Ratifican la Ordenanza Nº 0542008 que aprueba el Reglamento del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en Omnibus y otras modalidades para la provincia de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 13-11 MORDAZA, 17 de junio del 2011. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial de Huaura en Sesion Extraordinaria del 17 de Junio del 2011, ha tratado la Ordenanza Provincial Nº 054-2008 que aprueba el REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE MORDAZA E INTERURBANO DE PASAJEROS EN OMNIBUS Y OTRAS MODALIDADES PARA LA PROVINCIA DE HUAURA. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el articulo II del titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en la que la municipalidad tienen competencia normativa, aplicar. Que, de conformidad a lo establecido en el inciso Primero del Articulo 81 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es funcion de las Municipalidades Provinciales: 1.1 Normar y Regular y Planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel Provincial, 1.2 normar y regular el servicio publico de transporte MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion. Que, en concordancia con las normas senaladas anteriormente, y el literal a) del numeral 17.1 del articulo 17º de

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