Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2011 (03/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2011

Regionales a traves de Oficinas Regionales de Atencion a las Personas con Discapacidad, apoyan a las instituciones publicas y privadas, en el desarrollo, ejecucion y evaluacion de programas proyectos y servicios que promuevan la igualdad y equidad de oportunidades y el desarrollo de las personas con discapacidad; asimismo, la Ley Nº 29392, Ley que establece infracciones y sanciones por incumplimiento de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad y su modificatoria Ley Nº 28164, tiene por objeto establecer las infracciones administrativas y las consecuentes sanciones por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006MIMDES, se declara el periodo 2007 ­ 2016, como "El Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru", con la finalidad de incentivar el reconocimiento y reflexion a nivel nacional sobre el tema de la discapacidad, debiendo todos los sectores y niveles de Gobierno impulsar programas, proyectos y acciones encaminados a alcanzar la inclusion y la participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad; Que, la Quincuagesima Disposicion Final de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del sector Publico para el ano Fiscal 2010, establece que los Gobiernos locales estan autorizados a utilizar el 0,5% de su presupuesto a favor de la realizacion a la infraestructura MORDAZA de las ciudades, incluyendo el acceso a los MORDAZA municipales de estan al servicio de todos los ciudadanos en especial a los que presenten situaciones de discapacidad; asimismo la Quincuagesima Primera Disposicion Final, establece que Los Gobiernos Locales y Regionales estan autorizados a utilizar una (1) Una unidad Impositiva Tributaria (UIT) mensual para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las Oficinas municipales de atencion a las personas con discapacidad (OMAPED) y las Oficinas Regionales de atencion a las Personas con discapacidad (OREDIS) a favor de las personas con discapacidad en su jurisdiccion; lo que se prorrogo hasta el 31 de diciembre de 2011, a traves de la Septuagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2011; Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 1402006/PRE-CONADIS de fecha 19 de diciembre de 2006, aprueban "Lineamientos de la politica de Accion de las Oficinas Regionales de Atencion a las Personas con Discapacidad"; 6.3. Los Gobiernos Regionales deben crear e implementar las Oficinas Regionales para Atencion de las Personas con Discapacidad ­ OREDIS, de conformidad con lo previsto en el Art. 10 de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, obligacion prevista en el Art. 2 de la Ley Nº 28164, bajo responsabilidad; Que, el Gobierno Regional, a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en el MORDAZA del Plan Regional de Desarrollo Concertado y de sus ejes estrategicos en materia de inclusion, igualdad de oportunidades con equidad, lucha contra la pobreza, desarrollo productivo, desarrollo humano, es consciente de la necesidad de contar con un organo institucional dedicado unica y exclusivamente a velar por el cumplimiento del regimen legal de proteccion, de atencion de salud, trabajo, educacion, rehabilitacion, seguridad social y prevencion, para que las personas con discapacidad alcancen su desarrollo e integracion social, economica y cultural, presenta la propuesta de creacion de la Oficina Regional de Atencion a la Persona con Discapacidad y la pone a consideracion del Consejo Regional para su aprobacion; Que, mediante Informe Nº 015-2011/GRP-410300, de fecha 26 de enero del 2011, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye y recomienda que se modifique el Reglamento de Organizacion y Funciones _ROF vigente,

aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR y modificado con Ordenanza Regional N° 1942010/GRP-CR; y con Informe Nº 160-2011/GRP-460000 de fecha 03 de febrero del 2011, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional MORDAZA concluye que es procedente la aprobacion del proyecto de modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones _ROF del Gobierno Regional MORDAZA, por lo que compete al Consejo Regional emitir la Ordenanza Regional correspondiente; Que, con Ordenanza Regional N° 199-2011/GRP-CR del 09 de febrero de 2011, se autoriza a la Presidencia Regional, llevar adelante el Proyecto de Reestructuracion del Gobierno Regional MORDAZA, encargando a la Gerencia General Regional dicha responsabilidad, la conformacion de una Comision que se encargue de la preparacion del Proyecto de Reestructuracion y la contratacion de las asesorias que resulten pertinentes, concediendole un plazo MORDAZA de 150 dias para que la Comision presente al Consejo Regional el Proyecto de Reestructuracion del Gobierno Regional Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 02 - 2011, de fecha 23 de febrero del 2011, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION DE LA OFICINA REGIONAL DE ATENCION A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la creacion de la "Oficina Regional de Atencion a la Persona con Discapacidad - OREDIS" del Gobierno Regional MORDAZA, disponiendose las acciones administrativas y presupuestales para su implementacion progresiva. Articulo Segundo.- Disponer la inclusion de la Oficina Regional de Atencion a las Personas con Discapacidad ­ OREDIS, en el MORDAZA de reestructuracion del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado con Ordenanza Regional N° 199-2011/GRP-CR. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento de lo aprobado en la presente Ordenanza Regional, dentro del plazo establecido para el MORDAZA de reestructuracion del Gobierno Regional Piura. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de febrero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de febrero del ano dos mil once. MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente 608364-1

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