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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de marzo de 2011 438284 sociedad absorbida, extinguiéndose esta última sin liquidarse, y; CONSIDERANDO: Que, en las juntas generales de accionistas de Amerika Financiera S.A. y América Factoring S.A., celebradas el 13 de octubre de 2010, se acordó aprobar la fusión por absorción entre ambas empresas, así como el proyecto de fusión correspondiente; Que, Amerika Financiera S.A. es titular del 100% de las acciones de América Factoring S.A., por lo que Amerika Financiera S.A. asumirá a título universal y como sociedad absorbente el patrimonio total de la empresa absorbida América Factoring S.A., y la persona jurídica de esta última se extinguirá sin liquidarse; Que, el proyecto de fusión aprobado en las referidas juntas generales de accionistas indica que la fusión entrará en vigencia al quinto día útil siguiente a la fecha en la cual esta Superintendencia emita la resolución de autorización de fusión respectiva, fecha en la cual cesarán las operaciones, derechos y obligaciones de América Factoring S.A., que se extingue por efecto de la fusión, los cuales serán asumidos en su totalidad por la sociedad absorbente, Amerika Financiera S.A.; Que, el proceso de fusión por absorción no generará cambios en el capital social y la composición accionaria de Amerika Financiera S.A.; Que, Amerika Financiera S.A. ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento Nº 41 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 131-2002 y modifi catorias, la misma que se encuentra conforme; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica, de Riesgos y de Estudios Económicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y sus modifi catorias, y el procedimiento Nº 41 del TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la fusión por absorción de Amerika Financiera S.A. con América Factoring S.A., extinguiéndose esta última sin liquidarse, asumiendo la primera a título universal y como sociedad absorbente, el patrimonio total de la sociedad absorbida América Factoring S.A. Asimismo, devuélvase la minuta que formaliza dicha fusión debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiéndose insertar en su contenido el texto de esta resolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado de Autorización de Funcionamiento extendido en su oportunidad a favor de América Factoring S.A., a partir de la fecha de entrada en vigencia de la fusión. Artículo Tercero.- Expedir a favor de Amerika Financiera S.A. el certifi cado de autorización de funcionamiento correspondiente, quedando sin efecto el certifi cado de autorización de funcionamiento otorgado a dicha empresa mediante Resolución SBS N° 2985-2010, del 25 de marzo de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 608620-1 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de profesional del INICTEL-UNI a Cuba para participar en la IV Conferencia Internacional de Electromagnetismo Aplicado - CNEA 2011 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 281 Lima, 24 de febrero de 2011 Visto el Ofi cio N° 076-2011-INICTEL-UNI-DE-AL de fecha 17 de febrero de 2011, por el cual se solicita autorización del viaje en Comisión de Servicios a la ciudad de Santiago de Cuba, Cuba, del Ing. Fernando Arturo Gallegos Paz, con fondos del INICTEL-UNI; CONSIDERANDO: Que, por Informe N° 019-2011-INICTEL-UNI-DIDT, la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico del INICTEL-UNI, hace de conocimiento que el Artículo Técnico “Exposición Ocupacional a Campos Electromagnéticos en el Área de Fisioterapia de Hospitales en Lima-Perú” del Ing. Fernando Arturo Gallegos Paz ha sido aceptado para ser publicado y sustentado en el evento “IV Conferencia Internacional de Electromagnetismo Aplicado – CNEA 2011” a realizarse del 15 al 18 de marzo de 2011, en la ciudad de Santiago de Cuba, Cuba; asimismo, solicita se autorice la referida participación, la cual se encuentra enmarcada dentro del producto “Investigación de Telecomunicaciones en el Medio Ambiente, Componente 1: Investigación de RNI producidas por los Sistemas de Telecomunicaciones y Equipos Médicos”, contemplados en el Plan Operativo de dicha Dirección para el año 2011; Que, mediante Ley N° 27619, se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público, estableciéndose que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad. Y que los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos de las universidades públicas se autorizarán mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad; Que, por D.S. N° 047-2002-PCM se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, disponiendo que las resoluciones de viajes al exterior estrictamente necesarios, serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicarse el motivo del viaje, el número de días de duración de viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, por Ley N° 29626, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011 que señala que las excepciones a las restricciones establecidas para los viajes al exterior que irroguen gastos al Estado, en el caso de los Organismos Constitucionalmente Autónomos, es autorizada por resolución del Titular de la entidad; Que, mediante Informe Nº 054-2011-INICTEL- UNI-OPP la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del INICTEL-UNI, informa que ha aprobado la Nota Modifi catoria N° 0028-2011 por S/. 4 495,00, y con Memorando N° 32-2011-INICTEL-UNI-DIDT, la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico manifi esta que el Ing. Fernando Arturo Gallegos Paz sufragará los gastos no cubiertos por INICTEL-UNI (viáticos y seguros) por el monto de S/. 3 683,00, además de haber sustentado en dicho documento, cómo es que el viaje al exterior es de interés nacional o institucional y cómo dicho viaje constituiría una acción de promoción de importancia para el Perú;