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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2011 (03/03/2011)

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TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de marzo de 2011 438269 Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas observadas para las Elecciones Generales del año 2011 para la elección del Presidente y Vicepresidentes, Congresistas de la República y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino que consta de seis artículos, cuyo tenor es el siguiente: REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS ACTAS OBSERVADAS PARA LAS ELECCIONES GENERALES DEL AÑO 2011 PARA LA ELECCION DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES, CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA Y DE REPRESENTANTES PERUANOS ANTE EL PARLAMENTO ANDINO 1. OBJETIVO Dictar disposiciones para el procesamiento de las actas electorales observadas por las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales en las Elecciones Generales del año 2011 de Presidente y Vicepresidentes, Congresistas de la República y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino, desde que son identifi cadas hasta su resolución por los Jurados Electorales Especiales y, en caso de apelación, por el Jurado Nacional de Elecciones. 2. ALCANCE Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicación en el tratamiento de las actas electorales generadas en la elección del Presidente y Vicepresidentes, Congresistas de la República y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino del año 2011. 3. BASE LEGAL • Constitución Política del Perú. • Ley N.º 26859 - Ley Orgánica de Elecciones. 4. SIGLAS Y DEFINICIONES 4.1. SIGLAS • DNI: Documento Nacional de Identidad • JNE: Jurado Nacional de Elecciones. • JEE: Jurado Electoral Especial. • ONPE: Ofi cina Nacional de Procesos Electorales. • ODPE: Ofi cina Descentralizada de Procesos Electorales. • TUPA: Texto Único de Procedimientos Administrativos. 4.2. DEFINICIONES 4.2.1. ACTA ELECTORAL Es el documento en el cual se registran los datos e incidencias propios de una mesa de sufragio desde su instalación hasta el cierre, y que está compuesta por tres secciones: Acta de Instalación, Acta de Sufragio y Acta de Escrutinio. Asimismo, se tendrán los siguientes tipos de acta electoral dentro del territorio nacional y en el extranjero. a) Elección de Presidente y Vicepresidentes de la República. b) Elección de Congresistas de la República c) Elección de representantes peruanos ante el Parlamento Andino. 4.2.2. ACTA DE INSTALACIÓN Sección del acta electoral en el que se anota los hechos ocurridos durante la instalación de la mesa de sufragio. Se anota también los incidentes u observaciones registrados durante la instalación de la mesa de sufragio. 4.2.3. ACTA DE SUFRAGIO Sección del acta electoral en el que se anota los hechos relativos al sufragio, inmediatamente después de concluida la votación. Se anota también los incidentes u observaciones registrados durante el procedimiento de sufragio. 4.2.4. ACTA DE ESCRUTINIO Sección del acta electoral en la que se registra los resultados de la votación en la mesa de sufragio. Se anota también los incidentes u observaciones registrados durante el procedimiento de escrutinio. 4.2.5. EJEMPLAR DEL ACTA Cada una de las copias del acta electoral, referidas a la misma elección. Los miembros de mesa emiten cinco ejemplares de cada acta electoral, para los siguientes destinatarios: JNE, ONPE, JEE, ODPE y conjunto de organizaciones políticas. 4.2.6. ACTA OBSERVADA El ejemplar correspondiente a la ODPE que por encontrarse sin datos, incompleta, con error material, con caracteres, signos o grafías ilegibles, no puede ser contabilizada en el centro de cómputo. 4.2.7. ACTA INCOMPLETA El ejemplar correspondiente a la ODPE que no consigna el total de ciudadanos que votaron. 4.2.8. ACTA CON ERROR MATERIAL El ejemplar correspondiente a la ODPE con inconsistencias en los datos numéricos consignados. 4.2.9. ACTA SIN DATOS El ejemplar correspondiente a la ODPE en el que se omite consignar datos en forma parcial o total en los casilleros correspondientes a la votación. 4.2.10. ILEGIBILIDAD Condición que tiene cualquier signo, grafía o carácter diferente a los números 0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, Ø, guión (-), línea oblicua (/), o -o-, o que contenga borrones o enmendaduras que hagan imposible su identifi cación numérica. 4.2.11. CONFRONTACIÓN O COTEJO Es el acto de comparación del ejemplar de la ODPE con otros ejemplares de la misma acta electoral, que efectúa el JEE y el JNE, de ser el caso, para apreciar las coincidencias y discrepancias en dichos ejemplares, que aporten elementos que deben ser valorados en conjunto al momento de resolver. 4.2.12. TOTAL DE ELECTORES HÁBILES Es el número de ciudadanos con derecho a votar en un determinado grupo de votación, de conformidad con los artículos 52 y 53 de la LOE. Este número aparece impreso en el acta electoral. 4.2.13. TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON Es el número de electores que acude a votar a una determinada mesa de sufragio. Este número es consignado en el acta electoral (en la sección del sufragio) por los miembros de mesa. 4.2.14. TOTAL DE VOTOS EMITIDOS Es el resultado de la suma de los votos a favor de las organizaciones políticas, más los votos en blanco, nulos e impugnados, correspondiente a cada tipo de elección en el acta electoral (en la sección del escrutinio). 5. DESCRIPCIÓN Artículo 1.- DEL LLENADO DEL ACTA ELECTORAL Los miembros de mesa de sufragio deberán llenar las tres secciones del acta electoral, en el momento que corresponda a cada una de ellas.