TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de marzo de 2011 439144 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27292- Ley del Instituto Geográfi co Nacional-IGN, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005 – DE/SG y el Decreto Supremo Nº 034 – 2008 – PCM que aprueba la Califi cación de Organismos Públicos, el Instituto Geográfi co Nacional es un organismo público ejecutor del Sector Defensa, que tiene por fi nalidad fundamental elaborar y actualizar la Cartografía Básica, proporcionando a las entidades públicas y privadas la cartografía que requieran para los fi nes de Defensa y Desarrollo Nacional. Teniendo entre otras funciones; actuar como organismo competente del Estado para normar las actividades geográfi co – cartográfi cas que se ejecutan en el ámbito nacional; Que, la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, estableciendo como una de las principales líneas de acción la eliminación de duplicidad y superposición de competencias, funciones y atribuciones, así como la generación de una estructura orgánica en la que prevalezca el principio de especialidad; Que, dado al crecimiento económico que viene experimentando el país, se está incrementando la generación y el empleo de cartografía de diferentes escalas para ser utilizada en los estudios de proyectos de inversión y desarrollo; sin embargo, algunas entidades elaboran cartografía temática o especializada, sin tener en consideración la Cartografía Básica Ofi cial, matriz principal a partir de la cual se debe iniciar el procedimiento cartográfi co, bajo técnicas estandarizadas. Asimismo, la falta de uniformidad del procedimiento cartográfi co en diversas entidades públicas y privadas que elaboran cartografía, trae consecuencias sociales negativas, pérdidas económicas y confl ictos jurídicos como resultado de un procedimiento cartográfi co desordenado y antitécnico; Que, a fi n de uniformar el procedimiento cartográfi co en el país, el Área de Normalización y Control de Calidad del Instituto Geográfi co Nacional, luego de un amplio estudio y análisis geográfi co-cartográfi co, ha propuesto los anteproyectos de Normas Técnicas para la Producción de Cartografía a Escala 1:1 000 y Escala 1:5 000; Que, con la fi nalidad de obtener opiniones y/o sugerencias de los interesados, se ha considerado que dichas propuestas sean publicadas a efectos de lograr su perfeccionamiento y posteriormente proceder a su aprobación como Normas Técnicas correspondientes; Que, el inciso “e” del Artículo 9° del Decreto Supremo Nº 005 – DE/SG, que aprueba el Reglamento de la Ley del Instituto Geográfi co Nacional, establece que una de las funciones de la Jefatura del IGN es: “Expedir resoluciones jefaturales para los actos administrativos…” De conformidad a la Ley Nº 27292, Decreto Supremo Nº 005 – DE/SG, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Suprema Nº 378 – 2006 – DE/SG de 12 de Setiembre de 2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de los Anteproyectos siguientes: - Norma Técnica para la Producción de Cartografía Escala 1:1 000 - Norma Técnica para la Producción de Cartografía Escala 1:5 000 - Catálogo de Objetos y Símbolos (único para ambas normas técnicas). Artículo Segundo.- Dicha publicación se realizará en el portal web institucional del Instituto Geográfi co Nacional (http://www.ign.gob.pe) con el fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, por un plazo de TREINTA (30) días naturales contados a partir de la publicación de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Las opiniones y sugerencias sobre los Anteproyectos normativos señalados en el artículo primero, deberán ser remitidas al correo electrónico: (normalizacion@ign.gob.pe) o por escrito al IGN, sito en la Av. Aramburù Nº 1198 - Surquillo. Regístrese, comuníquese y publíquese . CARLOS ALFONSO TAFUR GANOZA Jefe del Instituto Geográfi co Nacional 614903-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior y Contraloría General en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 DECRETO SUPREMO Nº 044-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 957 se promulga el Código Procesal Penal, disponiéndose que el mismo que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales según un Calendario Oficial, que será aprobado por decreto supremo, habiéndose regulado por Decreto Legislativo N° 958, el proceso de su implementación y transitoriedad; posteriormente, se dicta la Ley N° 29648, que modifica, entre otros, el segundo párrafo del numeral 4 de la Primera Disposición Complementaria y Final del referido Código Procesal Penal, estableciendo que para los delitos tipificados en las Secciones II, III y IV, artículos del 382° al artículo 401°, del Capítulo II, del Título XVIII, del Libro II del Código Penal, en los Distritos Judiciales de Lima Norte, Lima Sur y el Callao, el citado Código entra en vigencia el 1 de abril de 2011; Que, en este sentido, a través de los Ofi cios N° 1777- 2011-P-PJ, N° 0122-2011-MP-FN, N° 143-2011-JUS/ DM y N° 094-2011-IN-0101, los pliegos Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y el Ministerio del Interior, respectivamente, solicitan recursos para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Lima Norte, Lima Sur y Callao, a partir del 1 de abril de 2011, por la suma de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 462 639,00); Que, de otro lado, a través de la Ley Nº 29555 se establece el procedimiento para la incorporación de las plazas y el presupuesto de los órganos de control institucional al pliego Contraloría General de la República, a efectos de consolidar la independencia y autonomía del órgano de control institucional en el ejercicio del control gubernamental, disponiendo la citada Ley que el proceso es progresivo y se inicia a partir del año fi scal 2011; posteriormente, se dicta el Decreto de Urgencia N° 062-2010 que dispone que el citado pliego cubrirá con su personal las plazas de los órganos de control institucional o los que hagan sus veces en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, a efectos de garantizar la continuidad de las funciones de control en dichas entidades, para cuyo efecto en el artículo 2º de dicho decreto se regulan medidas para la cobertura de plazas y asignación de presupuesto, disponiendo que el Ministerio de Economía y Finanzas asignará los recursos presupuestales necesarios;