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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2011 (31/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440105 “DISPOSICIONES FINALES TRANSITORIAS (...) Tercera.- En los casos en que la presentación de una Declaración Jurada por inicio de operaciones o por variación de condiciones se produzca cerca de la fecha en que corresponde presentar una Declaración Jurada periódica, a la que se hace referencia en el artículo 7º del presente procedimiento, el titular de la actividad quedará exceptuado de presentar esta última declaración, siempre que el inicio de operaciones o la variación de condiciones declarada se produzca en las fechas señaladas en el siguiente cronograma: Categoría Periodo en que se produce el inicio de operaciones o la variación de condiciones Declaración Jurada periódica exceptuada de presentación A Del 16 de noviembre al 31 de diciembre Enero Del 16 de febrero al 31 de marzo Abril Del 16 de mayo al 30 de junio Julio Del 16 de agosto al 30 de setiembre Octubre B Del 1 de octubre al 31 de diciembre Enero Del 1 de abril al 30 de junio Julio C Del 1 de julio al 31 de diciembre Enero La presentación de las posteriores declaraciones juradas deberá realizarse considerando el calendario establecido en el artículo 7º del presente procedimiento. En los casos en que la variación de condiciones se produzca en las fechas antes señaladas, la presentación de la declaración jurada por variación de condiciones no solo comprenderá la información desde el día en que se produce la referida variación hasta la fecha de presentación de la Declaración Jurada, inclusive, sino también la información de los días transcurridos del periodo correspondiente a la declaración jurada periódica materia de excepción. En los casos en que se exceptúe la presentación de una Declaración Jurada periódica, la presentación de la siguiente Declaración Jurada periódica deberá incluir la información correspondiente al periodo comprendido entre la presentación de la Declaración Jurada por variación de condiciones y la presentación de la Declaración Jurada periodica respectiva.” Artículo 3º.- Disponer que los titulares de las Plantas de Procesamiento de Gas Natural que se encuentren en operación a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, deberán realizar la primera presentación de la información sobre el cumplimiento de la normativa legal, técnica y de seguridad aplicable a sus instalaciones, dentro de los primeros quince (15) días calendario de los meses señalados en el siguiente cronograma: Categoría Mes de presentación de la primera Declaración Jurada Periodo objeto de declaración A Abril de 2011 De enero a marzo de 2011 B Julio de 2011 De enero a junio de 2011 C Enero de 2012 De enero a diciembre de 2011 La presentación de las posteriores declaraciones juradas deberá realizarse considerando el calendario establecido en el artículo 7º del “Procedimiento para la Presentación de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a los responsables de Plantas de Procesamiento de Gas Natural y de las Empresas Contratistas a cargo de la Exploración y/o Explotación de Gas Natural”. Artículo 4º.- Disponer que los responsables de las Plantas de Procesamiento de Gas Natural que inicien sus operaciones luego de la entrada en vigencia de la presente norma deberán presentar la información sobre el cumplimiento de la normativa legal, técnica y de seguridad aplicable a sus instalaciones correspondiente a las Categorías A, B y C, dentro de los primeros quince (15) días calendario de haber iniciado dichas operaciones. En este caso, el periodo objeto de la Declaración Jurada comprenderá desde el día en que se inicia operaciones hasta la fecha de presentación de la Declaración Jurada de cumplimiento de las obligaciones bajo el ámbito de supervisión de OSINERGMIN, inclusive. La presentación de las declaraciones juradas posteriores, deberá realizarse considerando el calendario establecido en el artículo 7º del presente “Procedimiento para la Presentación de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a los responsables de Plantas de Procesamiento de Gas Natural y de las Empresas Contratistas a cargo de la Exploración y/o Explotación de Gas Natural.” Artículo 5º.- Publicar la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en la página Web de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe). ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 621982-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Asignan a Gerente Público el cargo de Director General de Políticas de Desarrollo Social en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 043-2011-SERVIR-PE Lima, 28 de marzo de 2011 VISTOS, el Informe Nº 028-2011-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y el Acta de Comité de Gerentes Nº 08-2011, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Ofi cio Nº 099-2011-MIMDES/DM, recibido con fecha 11 de febrero de 2011, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ha solicitado la asignación de un Gerente Público para desempeñar el cargo de Director General de Políticas de Desarrollo Social de dicha Entidad; Que, de otro lado, el Consejo Directivo en su sesión de fecha 26 de enero de 2011 aprobó la relación de profesionales que fueron incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos, entre los cuales se encuentra el señor Víctor Alfaro Herrera, habiéndose emitido la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2011-SERVIR-PE de fecha 26 de enero de 2011; Que, el Consejo Directivo en su sesión de fecha 11 de marzo de 2011 aprobó la asignación del Gerente Público Víctor Alfaro Herrera al cargo de Director General de Políticas de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, encargando a la Presidencia Ejecutiva adoptar las medidas necesarias para la implementación de dicho acuerdo; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las