TEXTO PAGINA: 74
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440118 conforme se detalla en Anexo 1 de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Contraloría General de la República, el mismo que en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Determinar como Cargos de Confi anza de la Contraloría General de la República los señalados en Anexo 3 de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General adopte las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www. contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 622050-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Encargan funciones de Defensor del Pueblo al Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 004-2011/DP Lima, 30 de marzo del 2011 VISTOS: El Memorando Nº 038-2011-DP/GA, que adjunta la carta de renuncia irrevocable al cargo de Defensora del Pueblo formulada en la fecha, en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º numeral 1) de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, así como el Memorando Nº 312-2011-DP/OGRH, mediante el cual la Jefa de la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos solicita a la Ofi cina de Asesoría Jurídica la preparación de la resolución defensorial correspondiente; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, el Defensor del Pueblo tiene la facultad de renunciar al cargo; Que, mediante el documento de vistos, la Defensora del Pueblo presenta su renuncia irrevocable al 31 de marzo del 2011, por motivos personales, señalando que el día 15 de noviembre del 2010 se cumplió el plazo constitucional del mandato para el que fue elegida y que ha transcurrido un tiempo prudencial para la elección de su sucesor, sin que ésta se haya producido; Que, asimismo, en dicho documento, la Defensora del Pueblo ha expresado su agradecimiento a los honorables miembros que integraron el Congreso de la República en el período 2001í2006, quienes le confi aron la dirección de la Defensoría del Pueblo; Que, de igual modo, en el documento de vistos se ha expresado el agradecimiento a todos los funcionarios, funcionarias, servidores y servidoras de la Defensoría del Pueblo en todo el país, por su arduo trabajo y genuina vocación de servicio, sin los cuales la Defensoría del Pueblo no hubiese sido considerada como la institución más confi able en la lucha contra la corrupción –según una encuesta nacional llevada a cabo en julio del 2010í ni gozaría de los altos niveles de prestigio y respeto que la ciudadanía le reconoce; Que, al fi nalizar el ejercicio de las funciones del cargo, la Defensora del Pueblo desea expresar asimismo su agradecimiento a cada uno de los peruanos y peruanas, niños y adultos del país, por el fi rme respaldo que ha recibido durante su gestión, el cual se ha evidenciado, inclusive, en generosos comentarios incorporados en columnas, artículos y editoriales periodísticos que han sido publicados en diversos medios de comunicación, y que la comprometen a perseverar, desde la posición en que se encuentre, en apoyar al proceso inacabado de construir una cultura de paz, tolerancia y solidaridad; Que, asimismo, el artículo 7º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo establece que el Defensor del Pueblo estará auxiliado por Adjuntos que lo representarán en el ejercicio de las funciones y atribuciones previstas en la ley; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, establece que el Defensor del Pueblo designará, entre los Adjuntos, al que lo representará en aspectos administrativos, en los casos de impedimento temporal o cese cuando sea imposible que continúe en el cargo hasta que lo asuma el sucesor; Que, el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP, modifi cado por la Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP, establece que el Primer Adjunto ejerce la máxima autoridad administrativa de la entidad y reemplaza al titular en los casos de ausencia, impedimento temporal o cese; Que, con el fi n de asegurar la continuidad de la gestión institucional, corresponde encargar las funciones del Defensor del Pueblo al Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo; Que, en adecuación a las disposiciones legales vigentes, se hace necesario cumplir con las formalidades de entrega del cargo mediante un acta que consigne: la devolución de bienes asignados, las rendiciones de cuentas, la carta de auditoría interna, el informe de la gestión de la Defensora del Pueblo, además de la presentación y publicación de la declaración jurada de bienes y rentas a que se refi ere el artículo 41º de la Constitución Política del Perú y la Resolución de Contraloría Nº 174-2002-CG, así como la devolución del pasaporte diplomático Nº 0006459, emitido a favor de la Defensora del Pueblo, de conformidad con el artículo 2º de la Ley Nº 23274, modifi cado por la Ley Nº 29375; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 5º y 9º y de lo dispuesto en los artículos 4º, 7º y 8º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y en el artículo del 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP, modifi cado por la Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR las funciones de Defensor del Pueblo al doctor Eduardo Ernesto Vega Luna, Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo, a partir del 01 de abril del 2011 y hasta que el Congreso de la República designe al nuevo titular de la institución y que éste asuma las funciones correspondientes. Artículo Segundo.- REMITIR al Presidente del Congreso copia de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DEVOLVER al Ministerio de Relaciones Exteriores el pasaporte diplomático Nº 0006459, emitido a favor de la Defensora del Pueblo, SOLICITANDO, en consecuencia, la correspondiente anulación del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 621524-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nueva conformación del Primer Jurado Electoral Especial de Arequipa para el proceso de Elecciones Generales del año 2011 RESOLUCIÓN Nº 0170-2011-JNE Lima, treinta de marzo de dos mil once.