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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2011 (31/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440115 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad Nacional de Ucayali cumple con lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la creación y organización de la Maestría en Ingeniería de Sistemas - Mención Gestión de Tecnologías de Información COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0197-2011-ANR Lima, 28 de febrero de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS El ofi cio Nº 001-2011-UNU-R de fecha 03 de enero de 2011 del Rector de la Universidad Nacional de Ucayali, informe Nº 021-2011-DGDAC de fecha 16 de febrero de 2011 de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, memorando Nº 217-2011-SE de fecha 24 de febrero de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 1079-2008-ANR de fecha 5 de diciembre de 2008, se autoriza el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de Ucayali con sede en la ciudad de Pucallpa, precisando que la creación de nuevos programas de maestría y doctorado, requiere la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, dando cumplimiento a lo previsto en el considerando precedente, el Rector de la Universidad Nacional de Ucayali, hace de conocimiento el acuerdo del Consejo Universitario, que ratifi ca entre otros, la creación y organización de la Maestría en Ingeniería de Sistemas – Mención gestión de Tecnologías de Información; adjunta para dicho efecto el currículo respectivo así como la resolución Nº 397-2010-UNU-CU-R; Que, del informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, manifi esta que la Universidad Nacional de Ucayali reúne los requisitos necesarios para la creación y organización de la maestría en Ingeniería de Sistemas – Mención Gestión de Tecnologías de Información, expresando su conformidad con la propuesta, la misma que cumple con lo previsto por el Art. 92° inciso e) de la Ley Universitaria N° 23733, por lo que procede expedir la resolución correspondiente; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Institución, dispone la elaboración de una resolución de acuerdo al anteproyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, por la que se declare la creación y organización de la Maestría en Ingeniería de Sistemas – Mención Gestión de Tecnologías de Información de la Universidad Nacional de Ucayali, quedando en consecuencia aprobada, en cumplimiento con lo previsto en el inciso e) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733; Estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Nacional de Ucayali, cumple con lo previsto en el artículo 92º inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y organización de la Maestría en Ingeniería de Sistemas – Mención Gestión de Tecnologías de Información, quedando en consecuencia aprobada. Artículo 2°.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial “El Peruano” y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 620831-1 Declaran que la Universidad Peruana de Ciencias e Informática cumple con lo previsto en la Ley Universitaria, respecto a la creación y organización de diversas carreras profesionales en la Facultad de Ciencias e Ingeniería COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0198-2011-ANR Lima, 28 de febrero de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios N°s. 079 y 082-2010-UPCI-R de fecha 06 de diciembre de 2010, del Rector de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, informe Nº 022-2011-DGDAC de fecha 17 de febrero de 2010 de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y memorando Nº 215- 2011-SE de fecha 24 de febrero de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establece que la creación de nuevas carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad, acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; requiere de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, dando cumplimiento a lo previsto en el considerando precedente, el Rector de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de dos nuevas carreras profesionales, contando para dicho efecto con los currículos de estudios y Resoluciones N°s. 0281 y 0282-2010-UPCI-CU: Facultad de Ciencias e Ingeniería - Carrera Profesional de Ingeniería Industrial - Carrera Profesional de Ingeniería en Telecomunicaciones; Que, con informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, expresa que habiendo examinado los documentos remitidos por la Universidad, se desprende que el currículo de estudios de las nuevas carreras profesionales precitadas cumplen con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, por lo que procede expedir la resolución correspondiente; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo, dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, por la que se declare la creación y organización de nuevas carreras profesionales en Facultad de Ciencias e Ingeniería de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, en