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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440111 del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Callao, del Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional, y de los Señores Magistrados del área penal la Corte Superior de Justicia del Callao. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANIEL A. PEIRANO SÁNCHEZ Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 621493-1 Conformación de los órganos jurisdiccionales para la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal para delitos cometidos por funcionarios públicos en el Distrito Judicial de Lima Sur a partir del 1 de abril de 2011 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0158- 2011-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 30 de marzo de 2011 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; la Ley N°29648 que modifi ca la Disposición Única de la Ley N°29574; y la Resolución Administrativa N°065-2011-CE- PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ de fecha 06 de octubre del 2010, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de octubre del 2010, se dispuso el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur a partir del 13 de octubre del 2010. Mediante Ley N°29648, Ley que modifi ca la Disposición Única de la Ley N°29574, se dispone la entrada en vigencia del Código Procesal Penal para los delitos cometidos por funcionarios públicos, tipifi cados en las Secciones II, III y IV, artículos 382° al 401°, del Capítulo II, Título XVIII, Libro II del Código Penal, de acuerdo a lo siguiente: a) En el distrito Judicial de Lima, el 15 de Enero de 2011; b) En los Distritos Judiciales de Lima Norte, Lima Sur y Callao, el 01 de abril de 2011. Conforme a lo prescrito en la normatividad precitada, mediante Resolución Administrativa N°065-2011-CE-PJ de fecha 23 de febrero de 2011, publicada en el Diario El Peruano el 03 de marzo del mismo año, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, a partir del 01 de abril de 2011, diversas medidas de implementación y de creación de nuevos órganos jurisdiccionales para la aplicación del Código Procesal Penal en relación a los delitos cometidos por funcionarios públicos en los Distritos Judiciales de Callao, Lima Norte y Lima Sur; asimismo, dispuso facultar a los Presidentes de dichas Cortes Superiores a adoptar las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la citada Resolución y de una adecuada implementación del Código Procesal Penal. La citada Resolución Administrativa N° 065-2011-CE- PJ resolvió en lo que respecta a la Corte de Lima Sur que, a partir del 01 de abril del presente año, la Sala Superior Especializada en lo Penal con sede en Villa María del Triunfo, actuará como Sala Penal de Apelaciones, en adición a sus funciones y con competencia en todo el territorio Distrito Judicial; así también dispuso que el Primer y Segundo Juzgados Especializados en lo Penal con sede en Villa María del Triunfo actuarán, en adición a sus funciones, como Primer y Segundo Juzgados Unipersonales, respectivamente, y como tales tendrán competencia territorial en todo el Distrito Judicial; asimismo, dispuso la creación del Juzgado Mixto de Villa María del Triunfo con competencia territorial en el Distrito de Villa María del Triunfo, el mismo que en adición a sus funciones actuará como Tercer Juzgado Penal Unipersonal, teniendo en este caso competencia territorial en todo el Distrito Judicial, precisando que cuando las circunstancias lo requieran dicho Juzgado conformará el Juzgado Penal Colegiado, conjuntamente con el Primer y Segundo Juzgados Penales Unipersonales, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. Que de igual modo, la Resolución en mención dispuso también la creación del Juzgado de Investigación Preparatoria con sede en Villa María del Triunfo, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. En el marco de los establecido en la Resolución Administrativa N° 065-2011-CE-PJ, corresponde a esta Corte Superior de Justicia, en aras de cautelar la adecuada implementación del Nuevo Código Procesal Penal, disponer la conformación de los órganos jurisdiccionales para la aplicación de dicho cuerpo normativo para delitos cometidos por funcionarios públicos en el Distrito Judicial de Lima Sur a partir del 01 de abril de 2011, así como proceder a la designación de los Jueces Provisionales o Supernumerarios que tendrán a su cargo los recientemente creados Juzgado Mixto y Juzgado de Investigación Preparatoria. Al respecto, se debe precisar que para el caso de designaciones de Jueces Provisionales o Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, éstas se realizan en base a la normatividad administrativa pertinente, bajo un estricto análisis de los perfi les de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, además de lo previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, estando a los hechos expuestos, a las normas invocadas; y, en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: PRECISAR la conformación de los órganos jurisdiccionales para la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal para delitos cometidos por funcionarios públicos en el Distrito Judicial de Lima Sur a partir del 01 de abril de 2011, conforme al detalle siguiente: SALA PENAL DE APELACIONES: En adición a sus funciones la actual Sala Penal de la Corte, con sede en Villa María del Triunfo, actuará como Sala de Apelaciones y como tal tendrá competencia territorial en todo el Distrito Judicial. PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL: En adición a sus funciones el actual Primer Juzgado Especializado en lo Penal, con sede en Villa María del Triunfo, actuará como Primer Juzgado Penal Unipersonal con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL: En adición a sus funciones el actual Segundo Juzgado Especializado en lo Penal, con sede en Villa María del Triunfo, actuará como Segundo Juzgado Penal Unipersonal con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL: En adición a sus funciones el Juzgado Mixto, con sede en Villa María del Triunfo, actuará como Tercer Juzgado Penal Unipersonal con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. JUZGADO PENAL COLEGIADO: Primer Juzgado Unipersonal (Primer Juzgado Penal de VMT) Segundo Juzgado Unipersona l(Segundo Juzgado Penal de VMT) Tercer Juzgado Unipersonal (Juzgado Mixto de VMT)