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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de marzo de 2011 440092 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorización a Psicomedical Center E.I.R.L. a fin de impartir cursos de capacitación para la obtención de licencia de conducir de la clase A categoría I, en la ciudad de Trujillo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 772-2011-MTC/15 Lima, 2 de marzo de 2011 VISTOS: El Parte Diario Nº 012153 y Expediente Nº 2011-0003267, presentados por la empresa denominada PSICOMEDICAL CENTER E.I.R.L., en su local de la ciudad de Trujillo, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1378-2010- MTC/15 de fecha 20 de mayo de 2010, se autorizó a la empresa denominada PSICOMEDICAL CENTER E.I.R.L., en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, con Parte Diario Nº 012153 de fecha 28 de enero de 2011, La Escuela solicita se le otorgue autorización para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir Clase A Categoría I; Que, según Ofi cio Nº 1378-2011-MTC/15.03 de fecha 08.02.2011 se comunicó a la escuela recurrente, las observaciones formuladas a su solicitud, otorgándole un plazo de cinco (05) días a fi n que las subsane; Que, mediante Expediente N° 2011-0003267 de fecha 16 de febrero de 2011, La Escuela presenta diversa documentación a fi n de subsanar las observaciones formuladas por esta administración; Que, la Octava Disposición Complementaria Final de El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clase A categoría II y III, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso los certifi cados que estas emitan tendrán validez para exonerar a dichos postulantes de la evaluación teórica sobre normas de tránsito; Que, para impartir el curso de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la Clase A Categoría I, La Escuela deberá cumplir con presentar su solicitud de autorización para impartir dicho curso, la vigencia de poder del representante legal, así como el Programa de Estudios para la obtención de las Licencias de la Clase A Categoría I, conforme lo establece el numeral 66.4 del artículo 66º de El Reglamento, concordado con el literal e) del artículo 51º de la norma acotada; Que, de la revisión del expediente, se observa que La Escuela ha cumplido con presentar los requisitos señalados para la obtención de autorización para impartir el curso de capacitación a los aspirantes a obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría I; Que, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, mediante Informe Nº 295-2011-MTC/15.03, concluye que resulta procedente la solicitud presentada por PSICOMEDICAL CENTER E.I.R.L. para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiren obtener licencia de conducir de la clase A categoría I; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 que aprueba la Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a PSICOMEDICAL CENTER E.I.R.L. autorización para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, en su local de la ciudad de Trujillo, con la fl ota vehicular, plana docente y en el horario autorizados. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia, y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO HUMBERTO SOTO ARDILES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 618253-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Aceptan renuncia de Secretario General del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 069-11-IPEN/PRES Lima, 30 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Presidencia N° 135-09-IPEN/ PRES de fecha 16 de Junio de 2009, se designó al Abogado Humberto Flores Arévalo en el cargo de Secretario General del Instituto Peruano de Energía Nuclear, cargo considerado de confi anza; Que, con fecha 30 de marzo de 2011, el referido profesional ha presentado la renuncia al referido cargo por motivos estrictamente personales; solicitando se haga efectiva a partir del 31 de marzo del presente año; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en el artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM; Con el visto de la Directora de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 31 de marzo de 2011, la renuncia del Abogado Humberto Flores Arévalo al cargo de Secretario General del Instituto Peruano de Energía Nuclear, cargo considerado de confi anza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente 621621-1 Encargan funciones de Secretario General del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 070-11-IPEN/PRES Lima, 30 de marzo de 2011