Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2011 (18/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2011

prehispanicos mencionados en el Articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 641007-5

Modifican R.D. Nº 866 en el extremo referente a la clasificacion del monumento arqueologico prehispanico Shillacoto
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 526-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 003 de fecha 10 de enero de 1991, se declaro MORDAZA Arqueologica Intangible el area de 5,004.53 m2 con un perimetro de 353.70 m. que corresponde a la MORDAZA Arqueologica de Shillacoto, distrito, provincia y departamento de Huanuco. Asimismo se aprobo el plano de delimitacion perimetrico Nº T-08A-88; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 866 de fecha 17 de junio de 2009, se declaro patrimonio cultural de la Nacion, entre otros, al monumento arqueologico Shillacoto, bajo la clasificacion de sitio arqueologico; Que, mediante Informe N° 595-2011-NOC-SDICDA-DREPH/MC de fecha 14 de marzo de 2011, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, senala que el plano originalmente aprobado no es ubicable en el terreno al no contar con coordenadas UTM reales por lo que concluye que se debera modificar el area del monumento arqueologico Shillacoto. Asimismo recomienda aprobar el MORDAZA expediente tecnico de delimitacion del precitado monumento y modificar el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 866 de fecha 17 de junio de 2009, unicamente en lo referido a la clasificacion del monumento, debiendo corresponderle la de MORDAZA Arqueologica Monumental Shillacoto.; Que, mediante Acuerdo N° 0241 de fecha 17 de marzo de 2011, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Alta Direccion del Ministerio de Cultura lo siguiente: 1. Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 866 de fecha 17 de junio de 2009, unicamente en el extremo referido a la clasificacion del monumento arqueologico prehispanico Shillacoto, debiendo corresponderle la de MORDAZA arqueologica monumental, ratificando los demas extremos del precitado articulo. 2. Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de la MORDAZA Arqueologica Monumental Shillacoto. Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes;

Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolucion Viceministerial que formalice lo acordado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el Articulo 1° de la Resolucion Directoral Nacional N° 866 de fecha 17 de junio de 2009, unicamente en el extremo referido a la clasificacion del monumento arqueologico prehispanico Shillacoto, debiendo corresponderle la de MORDAZA arqueologica monumental, ratificando los demas extremos del precitado articulo. Articulo 2°.- Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del siguiente monumento arqueologico prehispanico de acuerdo a los planos, areas y perimetro que a continuacion se consignan:
Nombre de la N° de Plano en N° de Plano en MORDAZA arqueologica Datum PSAD56 Datum WGS84 monumental Shillacoto PP-024-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 PSAD56 PP-024-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 WGS84 Area (m2) Area (ha) Perimetro (m)

4 648.31 0.4648

290.68

Articulo 3°.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del monumento arqueologico prehispanico mencionado en el Articulo

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