Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2011 (18/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2011

asi como los ramales a las ciudades de Ica, Nazca, San MORDAZA de Marcona, la unidad minera Shougang y la futura planta petroquimica CFI Industries; Que, teniendo en cuenta el Informe Tecnico Nº 126-2011MEM/DGH-PTC, emitido por la Direccion de Procesamiento, Transporte y Comercializacion de Hidrocarburos y Biocombustibles, y habiendose cumplido con los requisitos estipulados en las normas aplicables, resulta necesario aprobar las coordenadas del trazo de la Red Troncal y Ramales del Sistema de Distribucion de Gas Natural en el Departamento de Ica, que se encuentra a cargo de la empresa Contugas S.A.C., y que constan como Anexo de la presente Resolucion Ministerial, a fin de aplicar lo dispuesto por el articulo 22º del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y modificado mediante Decreto Supremo Nº 055-2008-EM; Que, en esa misma linea, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, debera disponerse que el citado Anexo sera publicado mediante el MORDAZA Electronico del Ministerio de Energia y Minas, bajo responsabilidad; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 001-2009JUS y estando las facultades conferidas por el articulo 22º del Reglamento de los Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y modificado mediante Decreto Supremo Nº 055-2008-EM, y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las coordenadas del trazo de la Red Troncal y Ramales del Sistema de Distribucion de Gas Natural en el Departamento de Ica a cargo de la empresa Contugas S.A.C, que como Anexo forman parte de la presente Resolucion Ministerial, el cual sera publicado en el MORDAZA electronico del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 2º.- La Direccion General de Hidrocarburos debera disponer la publicacion en la pagina web del Ministerio de Energia y Minas de las coordenadas del trazo de la Red Troncal y Ramales del Sistema de Distribucion de Gas Natural en el Departamento de Ica, a que se hace referencia en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Disponer la no admisibilidad de petitorios mineros, cuyas cuadriculas comprendan terrenos ocupados por el trazo de la Red Troncal y Ramales del Sistema de Distribucion de Gas Natural en el Departamento de Ica, descrito en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, asi como, la obligacion de respetar el trazo del ducto en los petitorios mineros que se encuentran en tramite, en cuyos titulos debera constar dicha afectacion. Articulo 4º.- Notificar la presente Resolucion al Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN y a la empresa Contugas S.A.C.. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 641506-2

Visto; el escrito de Registro Nº 00089608-2010 de fecha 18 de noviembre de 2010, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLICAN. CONSIDERANDO: Que, mediante articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 029-2003-PRE/P-LL, de fecha 28 de febrero de 2003, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "LUIS JAVIER" de matricula PL-20678-CM, con Arqueo Neto de 09.24 equivalente a 39.83 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo; utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1½ pulgadas (13 mm y 38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; asi mismo, mediante el articulo 2º, se declara improcedente la solicitud del permiso de pesca, en el extremo referido a destinar la extraccion del recurso sardina al consumo humano indirecto; Que, mediante escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLICAN solicita el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "LUIS JAVIER" de matricula PL-20678-CM, para lo cual adjunta el Certificado de Matricula y el recibo de pago respectivo; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, de la evaluacion efectuada al expediente administrativo, se observa que mediante Oficio Nº 11142011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 22 de marzo de 2011, se le otorga al administrado un plazo cinco (05) dias habiles, para que adjunte el Formulario DGEPP-007 de conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 270-2010-PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 3072010-PRODUCE; y, cancelar deudas que se encuentran pendientes en la Oficina de Ejecucion Coactiva; Que, ante ello, resulta pertinente observar que el administrado recepciono el oficio en cuestion el 25 de marzo de 2011, conforme se observa a fojas 31 del expediente administrativo; por lo que, los cinco (05) dias utiles otorgados vencieron el 1º de MORDAZA del 2011, es decir, a la fecha el plazo concedido ha transcurrido en exceso; Que, en ese orden de ideas, el administrado no ha cumplido con subsanar las observaciones acotadas a traves del Oficio Nº 1114-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, de fecha 22 de marzo de 2011; por lo que, se concluye que este no ha presentado la totalidad de los requisitos establecidos en el Texto unico de Procedimiento Administrativo (TUPA) del Ministerio de la Produccion, para el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "LUIS JAVIER" de matricula PL-20678-CM, siendo que, corresponde declarar improcedente la solicitud presentada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Tecnico Nº 1041-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias; y,

PRODUCE
Declaran improcedente solicitud de cambio de titularidad de permiso de pesca presentado por armador de la embarcacion pesquera de matricula PL-20678-CM
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 269-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2011

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