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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2011 (18/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de mayo de 2011 442644 Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 641007-4 Incluyen información referente al sitio arqueológico Complejo Histórico Arqueológico Caleta La Cruz en la R.VM. Nº 272-2011-VMPCIC-MC RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 532-2011-VMPCIC-MC Lima, 12 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 272- 2011-VMPCIC-MC de fecha 08 de marzo de 2011, se modifi có el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 263/INC de fecha 15 de febrero de 2010, declarando patrimonio cultural de la Nación a dos (02) monumentos arqueológicos prehispánicos en la Isla San Lorenzo además de aprobar los expedientes técnicos de delimitación de quince (15) sitios arqueológicos y dos (02) monumentos históricos coloniales y republicanos en la Isla San Lorenzo; Que, mediante Informe N° 580-2011-CSBG-SDIC-DA- DREPH/MC de fecha 09 de marzo de 2011, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología señala que el Artículo 4º de la mencionada Resolución Viceministerial encarga a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes del Propiedad Estatal (SINABIP) de la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos de los Artículos 1º y 2º así como los planos del Artículo 3º, sin mencionar los monumentos históricos coloniales y republicanos, por lo que concluye que se debe modifi car el precitado artículo; Que, mediante Informe Nº 591-2011-NOC-SDIC- DA-DREPH/MC de fecha 10 de marzo de 2011, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología señala que en el Artículo 3º de la precitada resolución los datos consignados en el cuadro técnico para el sitio: “Complejo Histórico Arqueológico Caleta La Cruz”, no consignan número de plano y los datos del área y perímetro presenta la misma información que el monumento “Isla San Lorenzo 19A”; Que, mediante informe N° 403-2010-SDIC-DA- DREPH/MC de fecha 15 de diciembre de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomendó, entre otros, modifi car el artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional Nº 263/INC de fecha 15 de febrero de 2010, en el ítem referido a los sitios San Lorenzo 7 y San Lorenzo 20, los cuales pasarán a formar parte de una sola poligonal, siendo su denominación sitio arqueológico Complejo Histórico Arqueológico Caleta La Cruz, no obstante ello no fue recogido en la Resolución Viceministerial Nº 272-2011-VMPCIC-MC de fecha 08 de marzo de 2011; Que, mediante Acuerdo N° 0243 de fecha 17 de marzo de 2011, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura lo siguiente: 1. Incluir en el Artículo 1° de la Resolución Viceministerial Nº 272-2011-VMPCIC-MC de fecha 08 de marzo de 2011, la información relativa al sitio arqueológico Complejo Histórico Arqueológico Caleta La Cruz, ubicado en la Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima. 2. Modifi car el Artículo 3º de la Resolución Viceministerial 272-2011-VMPCIC-MC de fecha 08 de marzo de 2011, únicamente en lo referente a los datos técnicos del sitio arqueológico Complejo Histórico Arqueológico Caleta La Cruz. 3. Modifi car el Artículo 4º de la Resolución Viceministerial Nº 272-2011-VMPCIC-MC de fecha 08 de marzo de 2011. Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolución Viceministerial que formalice lo acordado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Incluir en el Artículo 1° de la Resolución Viceministerial Nº 272-2011-VMPCIC-MC de fecha 08 de marzo de 2011, la información referente al sitio arqueológico Complejo Histórico Arqueológico Caleta La Cruz que se consigna en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Constitucional del Callao Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Complejo Histórico Arqueológico Caleta La Cruz ------- 261672.2327 8661178.6145 261447.6202 8660810.6719