Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2011 (18/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2011

PROYECTO
T1 = To (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,038) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

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1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,039) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

c. Cargo por volumen de servicio de alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico 0 a mas 0a8 8 a mas NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a mas 0 a mas 0 a mas 0,261 0,557 0,261 0,271 0,578 0,271 0,271 0,578 0,271 0,271 0,578 0,271 0,271 0,578 0,271 0,117 0,117 0,163 0,121 0,121 0,169 0,121 0,121 0,169 0,121 0,121 0,169 0,121 0,121 0,169 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 Ano 2(2) Ano 3 Ano 4 Ano 5

Donde: To T1 T2 T3 T4 T5 : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente : Tarifa media que corresponde al ano 1 : Tarifa media que corresponde al ano 2 : Tarifa media que corresponde al ano 3 : Tarifa media que corresponde al ano 4 : Tarifa media que corresponde al ano 5 : Tasa de crecimiento del Indice de Precios al por Mayor

(2) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 3,8% correspondiente al ano 2.

B. Incremento tarifario condicionado Se ha previsto la posible ejecucion y puesta en operacion del Proyecto Integral de Agua Potable y alcantarillado de la MORDAZA de Bagua (SNIP Nº 2393). A fin de dar sostenibilidad tecnica y economica al citado proyecto, se establece dos incrementos adicionales. Incrementos Tarifarios condicional (Porcentaje)
Incremento Primero MORDAZA SERVICIO DE AGUA SERVICIO DE POTABLE ALCANTARILLADO 9,0% 9,4% 9,0% 9,5%

d. Asignaciones Maximas de Consumo
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 20 Domestico 20 25 Comercial(1) 20 25 30 40 Industrial(2) 40 50 Estatal(3) 20 25 30 40

(1) Categoria Comercial a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 25 aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 25 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 30 aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 30 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 40 aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 40 m3. b. Vigencia de Asignacion de Consumo: - La Asignacion de Consumo de 40 m3 se aplicara hasta el termino del tercer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano, sera de aplicacion para dichos usuarios la asignacion de consumo de 30 m3. - La Asignacion de Consumo de 30 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano, sera de aplicacion para dichos usuarios la asignacion de consumo de 25 m3. (2) Categoria Industrial a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 40 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 40 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 50 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 50 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 60 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 50 m3. b. Vigencia de Asignacion de Consumo: m3 se les m3 se les m3 se les m3 se les

Para la aplicacion del primer incremento condicionado, la EPS debera informar a la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion de la SUNASS, la entrada en operacion del proyecto Integral (obras de cabecera). El MORDAZA incremento condicionado, se aplicara al siguiente ano regulatorio, considerando las metas condicionadas. Este incremento sera posterior a un ano del inicio de operacion del proyecto condicionado. Articulo 2º.- Aprobar la Estructura Tarifaria para el proximo quinquenio regulatorio, y que se detallan a continuacion. Por los servicios de Agua Potable y Alcantarillado. a. Cargo fijo (S/. /Mes): 0,94. Se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas1. b. Cargo por volumen de agua potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico 0 a mas 0a8 8 a mas NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a mas 0 a mas 0 a mas 0,851 1,819 0,851 0,884 1,890 0,884 0,884 1,890 0,884 0,884 1,890 0,884 0,884 1,890 0,884 0,381 0,381 0,531 0,396 0,396 0,552 0,396 0,396 0,552 0,396 0,396 0,552 0,396 0,396 0,552 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 Ano 2(1) Ano 3 Ano 4 Ano 5

- La Asignacion de Consumo de 50 m3 se aplicara hasta el termino del tercer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano, sera de aplicacion para dichos usuarios la asignacion de consumo de 40 m3. (3) Categoria Estatal Los usuarios estatales que venian siendo facturados con la tarifa y volumenes (asignados) de la categoria comercial, tendran la siguiente asignacion de consumo:

(1) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 3,9% correspondiente al ano 2.

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Aprobado por Resolucion Nº 009-2007-SUNASS-CD.

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