Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2011 (18/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442709

VISTOS: La relacion de Titulos Mineros otorgados por la Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de MORDAZA, en el mes de MORDAZA del 2011. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobierno Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formularan en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que especificamente resulta: Otorgar concesiones para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional; conforme lo senala el inciso f) del articulo 59° de la referida Ley; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 009-2008 MEM/DM, publicada con fecha el 16 de Enero del 2008, en el Diario Oficial El Peruano, se declaro que el Gobierno Regional de MORDAZA, concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 2932008-GR-LAMB/PR, de fecha 19 de Agosto del 2008, se resuelve delegar con eficacia anticipada a partir del 17 de enero del 2008, a la Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de MORDAZA, las competencias establecidas en el inciso f) del articulo 59° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 278667, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, y con su complementaria Resolucion Nº 3632008.GR.LAMB/PR, de fecha 09 de Octubre del 2008, en la que se resuelve delegar con eficacia anticipada a partir del 17 de enero del 2008, a la Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de MORDAZA, las competencias establecidas en los incisos a), c), d), f), g) y h) del articulo 59° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 278667, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, y; De conformidad con el Articulo 124º del D.S Nº 01492-EM­TUO de la Ley General de Mineria, el Articulo 24º del D.S. Nº 018-92-EM ­ Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del Articulo 10º del D.S. Nº 0842007-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las Concesiones Mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA del 2011, A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS y G) COORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo estos lo siguientes: 1.- A) PALO PARADO; B) 640001711; C) EMPRESA DE INVESTIGACION, EXPLORACION Y EXPLOTACION MORDAZA MORDAZA SAC; D) RDRS Nº 016-2011-GR.LAMB/ DREMH 18/04/2011 E) 17; F) V1: N9222 E637 V2: N9222 E638 V3: N9221 E638 V4: N9221 E637 2.- A) DESAGUADERO ETEN; B) 640001811; C) EMPRESA DE INVESTIGACION, EXPLORACION Y EXPLOTACION MORDAZA MORDAZA SAC; D) RDRS Nº 017-2011-GR.LAMB/ DREMH 18/04/2011 E) 17; F) V1: N9227 E632 V2: N9227 E633 V3: N9226 E633 V4: N9226 E632 3.- A) CARRIZAL II; B) 640001911; C) EMPRESA DE INVESTIGACION, EXPLORACION Y EXPLOTACION MORDAZA MORDAZA SAC; D) RDRS Nº 018-2011-GR.LAMB/DREMH 18/04/2011 E) 17; F) V1: N9213 E644 V2: N9213 E645 V3: N9212 E645 V4: N9212 E644 4.- A) CHERREPE I; B) 640002011; C) EMPRESA DE INVESTIGACION, EXPLORACION Y EXPLOTACION MORDAZA MORDAZA SAC; D) RDRS Nº 0192011-GR.LAMB/DREMH 18/04/2011 E) 17; F) V1: N9208 E644 V2: N9208 E645 V3: N9207 E645 V4: N9207 E644 5.- A) TRONADOR; B) 640002111; C) EMPRESA DE INVESTIGACION, EXPLORACION Y EXPLOTACION MORDAZA MORDAZA SAC; D) RDRS Nº 020-2011-GR.LAMB/

DREMH 18/04/2011 E) 17; F) V1: N9218 E640 V2: N9218 E641 V3: N9217 E641 V4: N9217 E640. Registrese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional de Energia, Hidrocarburos 640926-1

Minas

e

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Fijan remuneraciones del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional, y dietas de las Consejeras y Consejeros Regionales
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 026-2011-CR/GRM Fecha: 30 de marzo del 2011 VISTO: En sesion extraordinaria de fecha 29 de marzo del 2011, el Dictamen Nº 001-2011-COPPOT-CR/GR.MOQ, sobre la remuneracion del Presidente y Vicepresidente Regional, asi como las Dietas de los Consejeros Regionales, y, CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto por el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reformado por la Ley Nº 27680, y lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economia y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal, cuyo titular es el Presidente Regional; Que, en merito a lo establecido en los articulos 20º y 23º de la Ley Nº 27867, ley Organiza de Gobiernos Regionales, El Presidente Regional percibe una remuneracion mensual fijada por el Consejo Regional de acuerdo a la disponibilidad presupuestal; asimismo el Vicepresidente Regional percibe la remuneracion correspondiente a su cargo, sin derecho a dietas; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso a del articulo 19º de la Ley Nº 27867, los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas, las cuales son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidad de economica del Gobierno Regional Que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso f) del articulo 15º concordante con los articulos 19º y 20º de la Ley Nº 27867, es atribucion del Consejo Regional Fijar la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente y dieta de los Consejeros; siendo obligatoria la publicacion de la MORDAZA que los apruebe y los montos fijados; Que, en merito a los derechos y las facultades senaladas en los considerandos precedentes, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 055-2006-CR/GRM, se fijo la compensacion mensual a percibir por el Presidente Regional en S/. 14,300.00 y para el Vicepresidente dicha compensacion seria tomando la rebaja en forma porcentual, monto que fue precisado en S/. 8,869.56, segun la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 668-2006GR/MOQ; Acuerdo que fue adecuado a lo estipulado en el Decreto de Urgencia Nº 019-2006 y el Decreto Supremo Nº 133-2006-EF, habiendo regido el Decreto de Urgencia en mencion solo hasta el 31 de diciembre del 2006; sin embargo las remuneraciones del Presidente y Vicepresidente Regional siguen vigentes;

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