Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2011 (18/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2011

Que, el inciso c) del articulo 4º de la Ley Nº 28212 establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales reciben una remuneracion mensual, que es fijada por el Consejo Regional correspondiente, en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion, hasta un MORDAZA de cinco y media (5.5) Unidad Remunerativa del Sector Publico, por todo concepto, entendida esta como unidad de ingreso del Sector Publico, como asi lo precisa la MORDAZA disposicion final del Decreto de Urgencia 038-2006; Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 28212, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, se desprende que los Consejeros Regionales reciben unicamente dietas, segun el monto que fija el pleno del Consejo Regional, de conformidad con lo que dispone la Ley Organiza de Gobiernos Regionales; y precisa que en ningun caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional; Que, con Decreto Supremo Nº 082-2010-PCM se fija la Unidad de Ingreso del Sector Publico en S/. 2,600.00 para el ano 2011, en consecuencia, el monto MORDAZA que corresponde percibir al Presidente Regional sigue siendo S/. 14,300.00 que equivale a 5.5 UISP. Que de acuerdo al Informe Legal Nº 028-2011DRAJ/GRM, la Direccion Regional de Asesoria Juridica es de opinion que el Consejo Regional emita MORDAZA acuerdo fijando la remuneracion mensual al Presidente y Vicepresidente Regional y la dieta de los Consejeros y Consejeras Regionales, de acuerdo a la Ley Nº 28212, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 y adecuando al Decreto Supremo Nº 082-2010-PCM que fija la nueva UISP; sin que en ningun caso la remuneracion exceda cinco y media UISP y la dieta no exceda del 30% de la Remuneracion del Presidente Regional; Que, con informe Nº 293-2011-SGPH-GRPPAT/ GR.MOQ, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial senala que existe disponibilidad presupuestaria para atender los gastos financieros que demanden el pago de la Remuneracion del Presidente y Vicepresidente Regional asi como las dietas de los Consejeros y Consejeras Regionales; En uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; el Reglamento Interno de Consejo aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM, el pleno del Consejo Regional de MORDAZA en sesion extraordinaria del 30 de marzo de 2011, con el MORDAZA unanime de sus miembros y con la dispensa de tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR para el ano 2011 la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA en CATORCE MIL TRECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.14,300.00 nuevos soles), equivalente a cinco y media Unidad de Ingreso del Sector Publico, que por todo concepto percibira por el ejercicio de sus funciones. Articulo Segundo.- FIJAR para el ano 2011 la remuneracion del Vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA en OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 56/100 NUEVOS SOLES (S/.8,869.56 nuevos soles), equivalente a 3.42 Unidad de Ingreso del Sector Publico, que por todo concepto percibira por el ejercicio de sus funciones. Articulo Tercero.- FIJAR la dieta que corresponde percibir a las Consejeras y Consejeros Regionales del Consejo Regional de MORDAZA en CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.4,290.00), monto equivalente al 30% de la remuneracion del Presidente Regional. Articulo Cuarto.- COMUNIQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional y a las instancias pertinentes, asi como disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano asi como en el MORDAZA de Transparencia del Gobierno Regional Moquegua. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional - MORDAZA 641192-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Politica Regional del Ambiente del Gobierno Regional de MORDAZA
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA mediante Oficio Nº 0502011-G.R. Puno/OCRG) ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2010 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrado el dia 14 de octubre del 2010, ha tratado, debatido y aprobado por mayoria la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; articulo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional. Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 2º, inciso 22, prescribe: Toda persona tiene derecho a: A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Que, el Tribunal Constitucional Peruano, en el Exp. Nº 03343-2007-PA/TC. Fund. 4, 5, 6, 7, 8, 9, ha establecido linea jurisprudencial respecto a la proteccion, promocion, satisfaccion del derecho fundamental del medio ambiente, para el efecto, el Estado debe disenar y aprobar politica ambiental regional, que concretice las acciones positivas y negativas en la proteccion del medio ambiente. Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establecio principios ambientales: Participacion en la gestion ambiental y sostenibilidad en la proteccion del medio ambiente, por ende, el Gobierno Regional de MORDAZA, esta facultado en la formulacion de la Politica Ambiental Regional, con el objeto de preservar y conservar el ambiente, como bien comunitario, en concordancia con la Ley Nº 28622, Ley General del Ambiente, Ordenanza Regional Nº 020-2005-CR-GRP, que aprueba el Sistema Regional de Gestion Ambiental de la region MORDAZA, Ordenanza Regional Nº 002-2009, que aprueba la adecuacion de la Comision Ambiental Regional(CAR) de la region MORDAZA, y el articulo 53º, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, constituye instrumento de gestion institucional -Politica Ambiental Regional ­ que establece los lineamientos para el uso racional con responsabilidad social de los recursos naturales y proteccion del medio ambiente en el ambito regional, con ejes tematicos en: manejo de los recursos naturales y medio ambiente, gestion integral de calidad ambiental, gobernanza ambiental, compromisos y oportunidades ambientales internacionales. Que, la Comision Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Defensa Civil, presenta el Informe Nº 010-2010-CR-GR/PUNO/CRRNN.MA.DF, respecto a la Politica Regional del Ambiente, presentada por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente que contiene en 70 (setenta) folios, con

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