Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2011 (18/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2011

VISTO: En sesion ordinaria de concejo de la fecha que se indica, el proyecto de Ordenanza que aprueba el procedimiento especial de regularizacion de edificaciones sin licencia de obra. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la constitucion politica senala que las municipalidades son los organos de gobierno local y tiene autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en su articulo 195º establece que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley asi como planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial. Que, es funcion de la municipalidad en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, reglamentar, otorgar licencias y controlar las construcciones, remodelaciones y demoliciones de los inmuebles de las areas urbanas de conformidad con las normas del Reglamento Nacional de Edificaciones y demas normas complementarias. Que, el articulo 36º "Desarrollo economico local" de la Ley 27972 Ley Organica de las Municipalidades senala que, los gobiernos locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social , asimismo el Titulo III de los actos administrativos y de administracion de las Municipalidades, el Art. 47º con respecto a las multas senala que el consejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas respectivas. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas municipales en la materia de su competencia son normas de caracter general de mayor jerarquia estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean o modifican, suprimen o exoneran , los arbitrios, tasas, licencias, derechos, contribuciones, dentro de los limites establecidos por normas y leyes. Que, en fecha 25 de setiembre de 2007 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones en la cual en su Art. 30º senala que "Las edificaciones que hayan sido construidas sin licencia de obra despues del 20 de MORDAZA del 1999, podran ser regularizadas hasta el 31 de Diciembre del 2008 conforme al procedimiento que se establezca mediante Decreto Supremo. Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2008VIVIENDA, de fecha 27 de setiembre del 2008, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29090, con el procedimiento de regularizacion. En fecha 17 de diciembre del 2008 se aprueba la Ley Nº 29300 Ley que modifica el articulo 30º del primer parrafo de la Ley Nº 29090, ampliando el Plazo ciento ochenta (180) dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 29300, en fecha 18 de diciembre del 2009 se publica la Ley Nº 29476 Ley que modifica y complementa la Ley Nº 29090 y amplia la vigencia del plazo establecido por la Ley Nº 29300 que modifica el Art. 30º amplia el plazo de regularizacion de obras sin licencia hasta el 31 de diciembre del 2010. Que, el articulo 1º de la Ley Nº 29090 tiene por objeto establecer la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de la licencia de edificacion con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria y el Art. 6º en la que ninguna obra de Habilitacion MORDAZA o de Edificacion podra construirse sin sujetarse a las normas urbanisticas establecidas en los planes de desarrollo MORDAZA y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral, Art. 8º Estan obligados a solicitar licencias a que se refiere la presente ley, las personas naturales o juridicas, publicas o privadas, propietarios, usufructuarios, superficiarios, concesionarios o todos aquellos titulares que cuenten con derecho a habilitar y/o edificar. Que, con Informe Nº 196-2011-SGOPCUDC-GODUMDSA e Informe Nº 101-2011-GODU-GG/MDSA, la

Sub Gerencia de Obras Privadas Control MORDAZA y Defensa Civil; y la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA respectivamente proponen el proyecto de ordenanza de procedimiento especial de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Obra en el distrito de MORDAZA MORDAZA, a fin de formalizar las edificaciones en el distrito de uso residencial, mixto, comercial e Industrial, asi como reducir las multas sobre dichas edificaciones, dada la existencia de MORDAZA sectores en los cuales de ha construido o MORDAZA edificaciones sin la correspondiente licencia de Edificacion, recomienda que se otorgue beneficio de regularizacion, resultando inaplicables para los predios localizados en areas reservadas para via publica aprobados por Ordenanza Nº 341-MML y en algunos casos en que se encuentre en la prolongacion de via existente y que forman parte de algun tramo vial. Que la Normativa presentada esta dirigida a la regularizacion de aquellas edificaciones efectuadas sin la correspondiente licencia de Construccion, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 29090, 29300 y 29476 y el D.S. Nº 024-2008-VIVIENDA y el D.S. Nº 003-2010-VIVIENDA y la existencia de un gran numero de edificaciones que no han logrado su regularizacion en los plazos establecidos por las normativas anteriores se hace necesario permitir la regularizacion de tales edificaciones permitiendo su formalizacion, traves de esta Ordenanza de Procedimiento especial de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Obra, otorgando mayor flexibilidad de manera temporal en cuanto a los requisitos y procedimientos que deben de seguir los propietarios, poseedores de los inmuebles dentro del Distrito de MORDAZA MORDAZA, permitiendo para ello la reduccion de multas y derechos sobre las edificaciones que se acojan a la presente ordenanza. Que, la presente gestion municipal conciente de las dificultades economicas que afectan a nuestros vecinos e considera conveniente la emision de dicha ordenanza, para establecer un Procedimiento Especial de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Obra. Que, estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º, numeral 8) y el articulo 40º de la ley organica de las Municipalidades Ley Nº 27972, el consejo Municipal por mayoria, aprueba la siguiente ordenanza: PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE OBRA EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO DE LA ORDENANZA Regular el procedimiento de Regularizacion de Edificaciones sin la Respectiva Licencia de obra del Distrito de MORDAZA MORDAZA, a fin de regularizar las edificaciones en el distrito de uso Residencial, Residencial Mixto, Edificaciones Comerciales y Edificaciones Industriales. Para acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza las edificaciones deben haber concluido MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, expedientes de licencias de obra pendientes de pago de liquidacion y multa por derecho a Regularizacion y los que hayan sido resueltos dentro de la vigencia de la presente MORDAZA ademas de toda edificacion que cumpla el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) y/o la presente norma. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION La presente ordenanza sera de aplicacion en todo el ambito de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, no es aplicable : a los predios localizados en areas de reserva para la via publica aprobados por la Ordenanza Nº 341-MML, a los predios ubicados en la prolongacion de vias existentes que forman parte de un tramo vial, a edificaciones que se encuentren edificadas dentro de un area destinado para reserva o servidumbre y bajo lineas de alta tension y/o predios que contravengan las normas tecnicas.

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