Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2011 (21/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de mayo de 2011 442931 Artículo 5º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y coordinar con la Ofi cina de Informática y Estadística, la publicación en la página web del Seguro Integral de Salud, http://www.sis.gob.pe/Portal/páginas/ normas.html. Regístrese y comuníquese. LUIS ALBERTO HUARACHI QUINTANILLA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 643111-1 Aprueban “Directiva que regula el proceso de afiliación a los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud en el ámbito donde aún no se aplica el Aseguramiento Universal en Salud” y sus Anexos RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 063-2011/SIS Lima, 19 de mayo de 2011. VISTOS: El Informe Nº 0324-2011/SIS-GO de la Gerencia de Operaciones y el Informe N° 167-2011-SIS/ OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creó el Seguro Integral de Salud, como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Salud, califi cado como Organismo Público Ejecutor mediante Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, cuya visión es ser la institución que integra y contribuye al Sistema de Aseguramiento Universal que garantice el ejercicio pleno del derecho a la salud; Que, en el artículo 12° de la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del sector público para el año fi scal 2011, señala “A partir del año 2011, para la incorporación de nuevos benefi ciarios en todos los programas sociales o de subsidios del Estado que se vengan ejecutando en el marco de las disposiciones legales vigentes, es necesario que se identifi quen con el Documento Nacional de Identidad (DNI) y se seleccionen tomando en cuenta la evaluación de elegibilidad realizada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”; Que, el artículo 30° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, señala que la Gerencia de Operaciones es el órgano de línea que propone, evalúa y supervisa los planes de benefi cios por tipo de población, oferta de benefi cios en función a costos, tarifas, fi nanciamiento y la oferta de establecimientos prestadores de servicios, así como también propone los mecanismos de negociación; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 401-2007/ MINSA, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 111- MINSA/SIS-V.01 “Directiva Administrativa que establece Normas Complementarias para la implementación del Decreto Supremo Nº 004-2007-SA”, cuyo objetivo General es regular el proceso de afi liación, otorgamiento de las prestaciones de salud y otras, que se brinden a la población asegurada al Seguro Integral de Salud, a través de los establecimientos prestadores del Ministerio de Salud y otros debidamente autorizados; Que, de acuerdo al documento de vistos, la Gerencia de Operaciones sustenta la necesidad de aprobar una nueva normatividad que regule el Proceso de Afi liación a los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, en el ámbito donde aún no se aplica el Aseguramiento Universal en Salud; estableciendo una fecha límite para la aplicación de la Ficha de Evaluación Socioeconómica, en tanto se cumple con la difusión e implementación del nuevo proceso de afi liación, preservando que las afi liaciones realizadas durante el presente año presupuestal hasta la fecha de corte, sean verifi cadas con el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH, a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del sector público para el año fi scal 2011; Que, con el visto bueno de la Sub Jefatura del SIS, Secretaría General, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Financiamiento, Gerencia de Mercadeo, Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo y Ofi cina de Informática y Estadística, y con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el inciso i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2011-SIS/ GO “Directiva que regula el proceso de afi liación a los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud en el ámbito donde aún no se aplica el Aseguramiento Universal en Salud” y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Suspéndase a partir de la vigencia de la Directiva aprobada en el artículo precedente, la aplicación de la Ficha de Evaluación Socioeconómica F1 para la afi liación a los componentes subsidiado y semisubsidiado, de conformidad a lo regulado en el Articulo 12° de la Ley N° 29626, declarándose de aplicación obligatoria la califi cación del SISFOH para la elegibilidad de los asegurados al SIS. Artículo 3°.- Las afi liaciones a los componentes subsidiado y semisubsidiado que se hayan venido realizando bajo la aplicación de la FESE F1, realizadas desde el 01 de enero de 2011 hasta la implementación de la Directiva aprobada por la presente Resolución, deberán ser verifi cadas en el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH para determinar si el nivel socioeconómico del asegurado corresponde al componente al cual se ha incorporado. Artículo 4°.- Los asegurados a partir del 01 de enero del presente año hasta la implementación de la presente directiva en los componentes subsidiado y semisubsidiado, contarán con la cobertura que les corresponde, en tanto se realiza la verifi cación de su elegibilidad en el SISFOH. Artículo 5°.- Las afi liaciones que no cumplan con el requisito de elegibilidad para el componente subsidiado serán dadas de baja. Artículo 6º.- Dejar sin efecto los numerales 5 y 6 de la Directiva N° 002-2008-SIS-J “Directiva que regula los procesos operativos del Seguro Integral de Salud”, aprobada por Resolución Jefatural N° 060-2008/SIS. Artículo 7°.- Dejar sin efecto los formatos denominados: - Ficha de Evaluación socioeconómica Familiar FESE F1, aprobada con Resolución Jefatural N° 216-2008/SIS. - Ficha de Afi liación y Declaración Jurada del componente subsidiado, aprobada por Resolución Jefatural N° 157-2008/SIS. - Ficha de Afi liación, Declaratoria de Asegurados y Declaración Jurada en el Componente Semisubsidiado, aprobada por Resolución Jefatural N° 157-2008/SIS. Artículo 8º.- Encargar a la Ofi cina de Informática y Estadística en coordinación con la Gerencia de Operaciones, la implementación y ejecución de las disposiciones establecidas en la Directiva aprobada de la presente resolución. Artículo 9°.- Encargar a la Gerencia de Operaciones, y a la Gerencia de Mercadeo, la coordinación con las ODSIS a nivel nacional para la difusión oportuna de la presente Resolución Jefatural. Artículo 10º.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y coordinar con la Ofi cina de Informática y Estadística la publicación de la Resolución y la Directiva aprobada y sus Anexos, en la página web del Seguro