Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2011 (21/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442931

Articulo 5º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y coordinar con la Oficina de Informatica y Estadistica, la publicacion en la pagina web del Seguro Integral de Salud, http://www.sis.gob.pe/Portal/paginas/ normas.html. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA HUARACHI MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 643111-1

Aprueban "Directiva que regula el MORDAZA de afiliacion a los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud en el ambito donde aun no se aplica el Aseguramiento Universal en Salud" y sus Anexos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 063-2011/SIS MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2011. VISTOS: El Informe Nº 0324-2011/SIS-GO de la Gerencia de Operaciones y el Informe N° 167-2011-SIS/ OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud, como Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Salud, calificado como Organismo Publico Ejecutor mediante Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, cuya vision es ser la institucion que integra y contribuye al Sistema de Aseguramiento Universal que garantice el ejercicio pleno del derecho a la salud; Que, en el articulo 12° de la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2011, senala "A partir del ano 2011, para la incorporacion de nuevos beneficiarios en todos los programas sociales o de subsidios del Estado que se vengan ejecutando en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, es necesario que se identifiquen con el Documento Nacional de Identidad (DNI) y se seleccionen tomando en cuenta la evaluacion de elegibilidad realizada por el Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH)"; Que, el articulo 30° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, senala que la Gerencia de Operaciones es el organo de linea que propone, evalua y supervisa los planes de beneficios por MORDAZA de poblacion, oferta de beneficios en funcion a costos, tarifas, financiamiento y la oferta de establecimientos prestadores de servicios, asi como tambien propone los mecanismos de negociacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 401-2007/ MINSA, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 111MINSA/SIS-V.01 "Directiva Administrativa que establece Normas Complementarias para la implementacion del Decreto Supremo Nº 004-2007-SA", cuyo objetivo General es regular el MORDAZA de afiliacion, otorgamiento de las prestaciones de salud y otras, que se brinden a la poblacion asegurada al Seguro Integral de Salud, a traves de los establecimientos prestadores del Ministerio de Salud y otros debidamente autorizados; Que, de acuerdo al documento de vistos, la Gerencia de Operaciones sustenta la necesidad de aprobar una nueva normatividad que regule el MORDAZA de Afiliacion a los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, en el ambito donde aun no se aplica el Aseguramiento Universal en Salud; estableciendo una fecha limite para la aplicacion de la Ficha de Evaluacion Socioeconomica, en tanto se cumple con la difusion e implementacion del MORDAZA MORDAZA de afiliacion,

preservando que las afiliaciones realizadas durante el presente ano presupuestal hasta la fecha de corte, MORDAZA verificadas con el Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFOH, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2011; Que, con el visto MORDAZA de la Sub Jefatura del SIS, Secretaria General, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Financiamiento, Gerencia de Mercadeo, Oficina de Planeamiento y Desarrollo y Oficina de Informatica y Estadistica, y con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el inciso i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0092002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2011-SIS/ GO "Directiva que regula el MORDAZA de afiliacion a los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud en el ambito donde aun no se aplica el Aseguramiento Universal en Salud" y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Suspendase a partir de la vigencia de la Directiva aprobada en el articulo precedente, la aplicacion de la Ficha de Evaluacion Socioeconomica F1 para la afiliacion a los componentes subsidiado y semisubsidiado, de conformidad a lo regulado en el Articulo 12° de la Ley N° 29626, declarandose de aplicacion obligatoria la calificacion del SISFOH para la elegibilidad de los asegurados al SIS. Articulo 3°.- Las afiliaciones a los componentes subsidiado y semisubsidiado que se hayan venido realizando bajo la aplicacion de la FESE F1, realizadas desde el 01 de enero de 2011 hasta la implementacion de la Directiva aprobada por la presente Resolucion, deberan ser verificadas en el Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFOH para determinar si el nivel socioeconomico del asegurado corresponde al componente al cual se ha incorporado. Articulo 4°.- Los asegurados a partir del 01 de enero del presente ano hasta la implementacion de la presente directiva en los componentes subsidiado y semisubsidiado, contaran con la cobertura que les corresponde, en tanto se realiza la verificacion de su elegibilidad en el SISFOH. Articulo 5°.- Las afiliaciones que no cumplan con el requisito de elegibilidad para el componente subsidiado seran MORDAZA de baja. Articulo 6º.- Dejar sin efecto los numerales 5 y 6 de la Directiva N° 002-2008-SIS-J "Directiva que regula los procesos operativos del Seguro Integral de Salud", aprobada por Resolucion Jefatural N° 060-2008/SIS. Articulo 7°.- Dejar sin efecto los formatos denominados: - Ficha de Evaluacion socioeconomica Familiar FESE F1, aprobada con Resolucion Jefatural N° 216-2008/SIS. - Ficha de Afiliacion y Declaracion Jurada del componente subsidiado, aprobada por Resolucion Jefatural N° 157-2008/SIS. - Ficha de Afiliacion, Declaratoria de Asegurados y Declaracion Jurada en el Componente Semisubsidiado, aprobada por Resolucion Jefatural N° 157-2008/SIS. Articulo 8º.- Encargar a la Oficina de Informatica y Estadistica en coordinacion con la Gerencia de Operaciones, la implementacion y ejecucion de las disposiciones establecidas en la Directiva aprobada de la presente resolucion. Articulo 9°.- Encargar a la Gerencia de Operaciones, y a la Gerencia de Mercadeo, la coordinacion con las ODSIS a nivel nacional para la difusion oportuna de la presente Resolucion Jefatural. Articulo 10º.- Encargar a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y coordinar con la Oficina de Informatica y Estadistica la publicacion de la Resolucion y la Directiva aprobada y sus Anexos, en la pagina web del Seguro

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.