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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de mayo de 2011 442915 indicando si existe alguna diferencia entre la capacidad de bodega real de la embarcación y la capacidad de bodega consignada en el permiso de pesca otorgado, antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 001-2009- PRODUCE, publicado el 24 de enero de 2009; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 012-2008-PRODUCE, corresponde que se declare la caducidad de permiso de pesca de la embarcación JOSE OTILIO I de matrícula PT- 5023-CM, otorgado mediante Resolución Directoral N° 060-2003-GOB.REG-PIURA/DIREPE-DR; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe N° 043-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar la CADUCIDAD del permiso de pesca de la embarcación pesquera JOSE OTILIO I con matrícula PT-5023-CM, otorgado a JULIO CESAR AMAYA CASTILLO y la señora MATILDE DEL ROSARIO LAZO ANTON mediante Resolución Directoral N° 060- 2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce. gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese YSAAC GUILLERMO CHANG DÍAZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 642256-6 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “Acuerdo por intercambio de Notas de contenido idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Límites Marítimos, de 2 de mayo de 2011” DECRETO SUPREMO Nº 065-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo por intercambio de Notas de contenido idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Límites Marítimos, de 2 de mayo de 2011” fue aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 29686 de 19 de mayo de 2011; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado acuerdo internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo Único.- Ratifícase el “Acuerdo por intercambio de Notas de contenido idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Límites Marítimos, de 2 de mayo de 2011” aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 29686 de 19 de mayo de 2011. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 643442-1 Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a República Checa, Guyana, El Salvador y Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0447/RE-2011 Lima, 18 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa Nº 29445 del 20 de noviembre de 2009, el Congreso de la Republica aprobó la adhesión del Perú al Convenio que Suprime la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros o “Convenio de la Apostilla”; y, mediante Decreto Supremo Nº 086-2009-RE del 23 de noviembre de 2009 se ejecutó su ratifi cación; Que, el Perú, como Estado miembro, debe participar en la “Segunda Reunión Regional del Proyecto de Apostillas Electrónicas (e-APP) para Europa”, organizada por el Ministerio de Justicia de la República Checa como país anfi trión, que se celebrará en la ciudad de Praga, República Checa, el viernes 27 de mayo de 2011; Teniendo en cuenta los Memoranda (DGC) N° DGC0146/2011, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 25 de abril de 2011; y (OPR) N° OPR0797/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 28 de abril de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jorge Antonio Méndez Torres-Llosa, Director (e) de Política Consular de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Praga, República Checa, el 27 de mayo de 2011, para que participe en la “Segunda Reunión Regional del Proyecto de Apostillas Electrónicas (e-APP) para Europa”. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 29673: Trámite, Defensa y Protección, de los Ciudadanos Peruanos en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: