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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2011 (26/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de mayo de 2011 443205 Fiscal 2010, se autorizó mediante el Decreto Supremo No. 134-2010-EF, una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 hasta por la suma de S/. 100 774 041,00 (Cien Millones Setecientos Setenta y Cuatro Mil Cuarenta y Un y 00/100 Nuevos Soles), a favor del referido Pliego; Que, con fecha 28 de septiembre de 2010, el Pliego APN suscribió contrato con la empresa Codralux S.A. Sucursal del Perú, empresa especializada en trabajos de dragado y obras marítimas portuarias, para ejecutar las obras del Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao; Que, al 31 de diciembre de 2010, el Pliego APN gastó S/. 47 117 019,73 (Cuarenta y Siete Millones Ciento Diecisiete Mil Diecinueve y 73/100 Nuevos Soles) como parte de los avances de obra realizados en el referido Proyecto, quedando un saldo por ejecutar de S/. 137 882 980,27 (Ciento Treinta y Siete Millones Ochocientos Ochenta y Dos Mil Novecientos Ochenta y 27/100 Nuevos Soles); Que, al haberse incorporado en el Presupuesto Institucional de Apertura 2011 del Pliego APN el monto de S/. 84 226 000,00 (Ochenta y Cuatro Millones Doscientos Veintiséis Mil y 00/100 Nuevos Soles) de la referida operación de endeudamiento interno, queda un saldo pendiente por incorporar de S/. 53 656 981,00 (Cincuenta y Tres Millones Seiscientos Cincuenta y Seis Mil Novecientos Ochenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles), por lo que resulta necesaria la aprobación de un Crédito Suplementario por el citado monto a favor de la APN, a fi n de fi nanciar la totalidad del costo del Proyecto y ejecutar oportunamente las obras del mismo, evitando el reconocimiento de intereses legales que ocasionen mayores gastos al Estado; Que, de otro lado, el Pliego APN cuenta con el importe de S/. 3 330 817,44 (Tres Millones Trescientos Treinta Mil Ochocientos Diecisiete y 44/100 Nuevos Soles), entregados por el Consorcio Transportadora Callao S.A., a fi n de proceder con la contratación de los servicios de supervisión del diseño del Proyecto Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao; Que, mediante Decreto Supremo No. 052-2011-EF se aprobó la incorporación del monto de hasta S/. 1 700 462,00 (Un Millón Setecientos Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), en el presupuesto del Pliego APN; no obstante, dicho dispositivo fue publicado con fecha 07 de abril de 2011, es decir con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia No. 012- 2011 publicado con fecha 31 de marzo de 2011, por lo que deviene en inaplicable; Que, en consecuencia, para el presente Año Fiscal, es necesario autorizar la incorporación del monto referido en el considerando anterior, en el presupuesto del Pliego APN, con el objeto de que dicho pliego pueda dar inicio a la contratación del Equipo Técnico que se encargará de realizar la supervisión del diseño del Proyecto Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, lo que implica exceptuar a dicha incorporación de los alcances del numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia No. 012-2011; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización de incorporación de recursos Autorízase la incorporación de recursos, vía crédito suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 hasta por la suma de S/. 55 357 443,00 (Cincuenta y Cinco Millones Trescientos Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Cuarenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo con el siguiente detalle: INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS 1 700 462,00 TOTAL FTE. DE FTO.: 1 1 700 462,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 1.8 Endeudamiento 1.8.2 Endeudamiento Interno 1.8.2.1 Créditos Internos 1.8.2.1.2 Otros Créditos Internos 1.8.2.1.2.1 Del Banco de la Nación 53 656 981,00 TOTAL FTE. DE FTO.: 3 53 656 981,00 TOTAL INGRESOS .... 55 357 443,00 =========== EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 214 : AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL UNIDAD EJECUTORA 001 : AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL FUNCIÓN 15 : TRANSPORTE PROGRAMA FUNCIONAL 035 : TRANSPORTE HIDROVIARIO SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0071 : PUERTOS Y TERMINALES FLUVIALES Y LACUSTRES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS PROYECTO 045273 : CONCESIONES PORTUARIAS 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 700 462,00 TOTAL FTE. DE FTO.: 1 1 700 462,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO PROYECTO 111321 : MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA BOCA DE ENTRADA AL TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 53 656 981,00 TOTAL FTE. DE FTO.: 3 53 656 981,00 TOTAL EGRESOS 55 357 443,00 ============ Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran a consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de Ingreso, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Excepción del Límite de Compromisos. Exceptúese a la Autoridad Portuaria Nacional de los límites de compromisos dispuestos por el numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto de Urgencia No. 012-2011, a fi n de que se ejecuten oportunamente los recursos que se incorporan a través del artículo 1 de la presente norma. Artículo 4º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hacen referencia los artículos 1 y 2 del presente dispositivo,