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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de mayo de 2011 443211 20.2 Convocan a todas las entidades privadas y a las organizaciones sociales, promoviendo su participación en estricta observancia del principio de participación y de los derechos y obligaciones que la Ley reconoce a estos actores. 20.3 Proponen normas relativas a los procesos de preparación, repuesta y rehabilitación en su respectiva jurisdicción. TÍTULO III POLÍTICA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Artículo 21º.- La Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres 21.1 Es responsabilidad prioritaria del Estado la protección de la vida e integridad de las personas, como valores constitucionales superiores. La Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, de obligatorio cumplimiento, es aprobada por el Poder Ejecutivo a través de Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo Ministros. 21.2 Las políticas públicas y normas en materia de Gestión del Riesgo de Desastres de carácter sectorial, regional y local se diseñan y aplican en concordancia con lo establecido en la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. 21.3 El artículo 5º de la Ley Nº 29664, establece los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Todos los procesos de formulación de contenidos estarán sujetos a dichos lineamientos. 21.4 Asimismo, constituyen instrumentos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres: a) Los Programas Presupuestales Estratégicos vinculados a la Gestión del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados. b) El Plan Nacional de Operaciones de Emergencia. c) Los Planes Sectoriales, Regionales, Municipales y Distritales de Gestión del Riesgo de Desastres. d) Planes de Desarrollo. e) Planes de Prevención y Reducción del Riesgo. f) Mecanismos de programación, formulación y ejecución presupuestal y de protección fi nanciera. g) Instrumentos de política, estrategia y planifi cación relacionados con el ordenamiento territorial, el desarrollo urbano, protección del ambiente, cambio climático, la educación y comunicación. h) Mecanismos de supervisión, evaluación, control, sanción. 21.5 El ente rector establece el proceso y los mecanismos para la formulación y aprobación de la Política Nacional que garantice las condiciones de interinstitucionalidad, sinergia, descentralización, transversalidad y participación. De igual forma, identifi cará el mecanismo de información, transparencia y difusión. TÍTULO IV PROCESOS DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Artículo 22º.- Implementación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres La implementación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento, organización, dirección y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos y sus respectivos subprocesos según los artículos siguientes. Artículo 23º.- Estimación del Riesgo El proceso de Estimación del Riesgo comprende las acciones y procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros o amenazas, analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestión del Riesgo de Desastres. Artículo 24º.- Los Subprocesos de la Estimación del Riesgo Son Subprocesos de la Estimación del Riesgo, los siguientes: 24.1 Normatividad y lineamientos: Desarrollar las normas, lineamientos y herramientas técnicas apropiadas para la generación y difusión del conocimiento del peligro, análisis de vulnerabilidades y el establecimiento de los niveles de riesgo de desastres, para su aplicación en los demás procesos constitutivos de la Gestión del Riesgo de Desastres. 24.2 Participación social: Desarrollar mecanismos para la participación de la población, las entidades privadas y las entidades públicas, en la identifi cación de los peligros y de las vulnerabilidades. 24.3 Generación del conocimiento de peligros o amenazas: Identifi car, conocer, caracterizar y monitorear los peligros para establecer su área de infl uencia, con el propósito de analizar las vulnerabilidades y establecer las medidas preventivas y correctivas del riesgo. 24.4 Análisis de vulnerabilidad: En las áreas con exposición analizar los factores de la vulnerabilidad en el ámbito de competencias territoriales o sectoriales. 24.5 Valoración y escenarios de riesgo: Establecer los niveles del riesgo a partir de la valoración y cuantifi cación de la vulnerabilidad y del desarrollo de escenarios de riesgo, que permitan la toma de decisiones en el proceso Gestión del Riesgo de Desastres y del desarrollo sostenible. 24.6 Difusión: Acopiar y difundir el conocimiento sobre el riesgo de desastres. Artículo 25º.- Prevención del Riesgo El proceso de Prevención del Riesgo comprende las acciones que se orientan a evitar la generación de nuevos riesgos en la sociedad en el contexto de la gestión del desarrollo sostenible. Artículo 26º.- Los Subprocesos de la Prevención del Riesgo Son Subprocesos de la Prevención del Riesgo los siguientes: 26.1 Normatividad y lineamientos: Desarrollar las normas, lineamientos y herramientas técnicas apropiadas para evitar la generación de nuevo riesgo en el territorio a través de su consideración en políticas, planes de desarrollo a nivel territorial y sectorial incluyendo códigos de urbanismo y de construcción. 26.2 Planifi cación preventiva: Formular planes de desarrollo territoriales y sectoriales que consideren la no generación de nuevos riesgos. 26.3 Participación social: Desarrollar mecanismos para la participación de la población, las entidades privadas y las entidades públicas en el establecimiento de metas de prevención de riesgos y en la formulación de los planes de desarrollo territoriales y sectoriales 26.4 Indicadores de prevención: Con base en la información sobre la estimación del riesgo, establecer metas e indicadores para la prevención en el territorio. 26.5 Financiación de la prevención: Gestionar los recursos fi nancieros para la implementación de los planes formulados 26.6 Implementación de la prevención a través de la Planificación territorial y sectorial: Aplicar las consideraciones de prevención de riesgos a través de la implementación de los planes de desarrollo territoriales y sectoriales 26.7 Implementación de la prevención a través de las normas de urbanismo y construcción: Aplicar las consideraciones de prevención de riesgos a través de los códigos y reglamentos de urbanismo y construcción en el territorio 26.8 Control y evaluación: Controlar y monitorear el logro de los objetivos en materia de prevención de nuevos riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso. Artículo 27º.- Reducción del Riesgo El proceso de Reducción del Riesgo comprende las acciones que se realizan para reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestión del desarrollo sostenible. Artículo 28º.- Los Subprocesos de la Reducción del Riesgo Son Subprocesos de la Reducción del Riesgo los siguientes: 28.1 Normatividad y Lineamientos: Desarrollar las normas, lineamientos y herramientas técnicas apropiadas para reducir el riesgo existente en el territorio.