Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2011 (26/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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corresponde a la gestion reactiva del riesgo, que permita el adecuado ejercicio de sus funciones. 9.15 Promover el desarrollo de capacidades humanas para la preparacion, respuesta y rehabilitacion en las entidades publicas, sector privado y la ciudadania en general. 9.16 Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion y realizar a nivel nacional, la supervision, monitoreo y evaluacion de la implementacion de estos procesos, proponiendo mejoras y medidas correspondientes. 9.17 Emitir opinion tecnica en los aspectos de preparacion, respuesta y rehabilitacion para la elaboracion de la estrategia de gestion financiera a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF. 9.18 Orientar, promover y establecer lineamientos para armonizar la formacion y entrenamiento del personal operativo que interviene en la preparacion, respuesta y rehabilitacion, en coordinacion con las instituciones especializadas. 9.19 Apoyar y facilitar la operacion conjunta de los actores que participan en el MORDAZA de respuesta en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional - COEN y administrar sus instalaciones e instrumentos de soporte. 9.20 Coordinar con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, en representacion del SINAGERD. Articulo 10º.- Estructura organica del INDECI El INDECI contara con una estructura organica que contendra elementos organizacionales para desarrollar lineamientos de politica, planes y mecanismos relativos a los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion; asi como de gestion de informacion en sus areas de competencia. La estructura organica debera contemplar tambien los elementos organizacionales necesarios para asegurar una respuesta oportuna y adecuada en las situaciones de desastre que ameriten su intervencion, de acuerdo a los principios de subsidiariedad y gradualidad. Articulo 11º.- Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Los Gobiernos Regionales y Locales cumplen las siguientes funciones, en adicion a las establecidas en el articulo 14º de la Ley Nº 29664 y conforme a las leyes organicas correspondientes: 11.1 Incorporan en sus procesos de planificacion, de ordenamiento territorial, de gestion ambiental y de inversion publica, la Gestion del Riesgo de Desastres. Para esto se realizara un analisis de los proyectos de desarrollo e inversion con el fin de asegurar que se identifica: a. La vulnerabilidad potencial de los proyectos y el modo de evitarla o reducirla. b. La vulnerabilidad que los proyectos pueden crear a la sociedad, la infraestructura o el entorno y las medidas necesarias para su prevencion, reduccion y/o control. c. La capacidad de los proyectos de reducir vulnerabilidades existentes en su ambito de accion. 11.2 Incorporan en los planes de desarrollo MORDAZA, planes de acondicionamiento territorial, asi como en las zonificaciones que se realicen las consideraciones pertinentes de existencia de amenazas y condiciones de vulnerabilidad, siguiendo los lineamientos y con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes. 11.3 Identifican el nivel de riesgo existente en sus areas de jurisdiccion y establecen un plan de gestion correctiva del riesgo, en el cual se establecen medidas de caracter permanente en el contexto del desarrollo e inversion. Para ello cuentan con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes. 11.4 En los casos de peligro inminente establecen los mecanismos necesarios de preparacion para la atencion a la emergencia con el apoyo del INDECI. 11.5 Priorizan, dentro de su estrategia financiera para la Gestion del Riesgo de Desastres, los aspectos de peligro inminente, que permitan proteger a la poblacion de desastres con alta probabilidad de ocurrencia, proteger las inversiones y evitar los gastos por impactos recurrentes previsibles. 11.6 Generan informacion sobre peligros vulnerabilidades y riesgo de acuerdo a los lineamientos emitidos por el ente rector del SINAGERD, la cual sera

sistematizada e integrada para la gestion prospectiva y correctiva. 11.7 Los Presidentes Regionales y los Alcaldes, constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulacion para la formulacion de normas y planes, evaluacion y organizacion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia. Estos grupos coordinaran y articularan la gestion prospectiva, correctiva y reactiva en el MORDAZA del SINAGERD. Los grupos de trabajo estaran integrados por los responsables de los organos y unidades organicas competentes de sus respectivos gobiernos. 11.8 Los organos y unidades organicas de los Gobiernos Regionales y Locales deberan incorporar e implementar en su gestion, los procesos de estimacion, prevencion, reduccion de riesgo, reconstruccion, preparacion, respuesta y rehabilitacion, transversalmente en el ambito de sus funciones. 11.9 Los Gobiernos Regionales operan los Almacenes Regionales de Bienes de Ayuda Humanitaria, y los Gobiernos Locales, en convenio con los Gobiernos Regionales, operan los Almacenes Locales o Adelantados. 11.10 De conformidad con lo establecido por el articulo 61 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son responsables de: a. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y los planes sectoriales y locales correspondientes. b. Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil. El Ente Rector establecera los lineamientos de funcionamiento de estos Sistemas Regionales, asegurando la aplicacion integral del enfoque de gestion del riesgo de desastres. c. Organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas. Las acciones de prevencion de desastres seran coordinadas a traves de los grupos de trabajo para la gestion del riesgo de desastres y las funciones de brindar ayuda directa e inmediata de los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas seran asumidas a traves de los mecanismos de preparacion, respuesta y rehabilitacion determinados. 11.11 Los Sistemas Regionales de Defensa Civil tienen la siguiente estructura: a. Los Gobiernos Regionales y los Grupos de Trabajo, aludidos por el numeral 16.2 del articulo 16 de la Ley Nº 29664. b. Los Gobiernos Locales y los Grupos de Trabajo, aludidos por el numeral 16.2 del articulo 16 de la Ley Nº 29664. c. Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) d. Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales. Articulo 12º.- Centro Nacional de Planeamiento Estrategico (CEPLAN) 12.1 En las metodologias e instrumentos tecnicos de la planificacion estrategica del desarrollo nacional, el CEPLAN incluye la Gestion del Riesgo de Desastres. 12.2 En el MORDAZA de formulacion de los planes estrategicos nacionales, sectoriales, institucionales y subnacionales, asi como en la ejecucion de los programas y proyectos priorizados en esos ambitos, el CEPLAN promueve el fortalecimiento de capacidades para el planeamiento estrategico mediante la cooperacion y acuerdos entre los sectores publico y privado, considerando las politicas en Gestion del Riesgo de Desastres. Articulo 13º.- Entidades publicas Las entidades publicas cumplen las siguientes funciones, en adicion a las establecidas en el articulo 16º de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres - SINAGERD:

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