Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2011 (26/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2011

53.2 El COEN proporciona la informacion tecnica disponible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, para la toma de decisiones. 53.3 Los COE para el cumplimiento de sus actividades, cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la Respuesta y Rehabilitacion - SINPAD, administrado por el INDECI, como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD. 53.4 El monitoreo de peligros y emergencias y administracion de la informacion de los Centros Poblados y Comunidades, mientras no cuenten con los recursos necesarios, sera ejecutado y consolidado por los COEL, con la participacion de las autoridades respectivas. CAPITULO V EVALUACION DE DANOS Y ANALISIS DE NECESIDADES - MORDAZA Articulo 54º.- Definicion 54.1 La Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades (EDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo, de la extension, gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso. 54.2 La MORDAZA es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion. Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se establezcan para la reconstruccion. Articulo 55º.- Mecanismo y operatividad 55.1 El INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades, siguiendo los estandares internacionales que han sido desarrollados para tal fin. 55.2 INDECI desarrollara un MORDAZA permanente de capacitacion a las entidades publicas y a los gobiernos regionales y locales, para su utilizacion armonizada. El Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la base para caracterizar las situaciones de emergencia y tomar las decisiones respectivas. 55.3 El mecanismo es implementado por los COE locales, regionales y nacional, segun los mecanismos de capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno. CAPITULO VI VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION Articulo 56º.- Constitucion del Voluntariado en Emergencias y Rehabilitacion El INDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehabilitacion, el cual incluira la incorporacion de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado. CAPITULO VII

59.2 El ente rector del SINAGERD dicta los lineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operacion coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento. CAPITULO IX MECANISMOS DE COORDINACION INTERNACIONAL Y PARTICIPACION EN INSTANCIAS Y ACUERDOS REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA Articulo 60º.- Definicion La cooperacion internacional en Gestion del Riesgo de Desastres, es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiernos y entidades internacionales, orientadas a movilizar recursos e intercambiar experiencias y conocimientos, con la finalidad de contribuir al logro de los objetivos del SINAGERD, y al cumplimiento de los compromisos internacionales. Articulo 61º.- Mecanismos 61.1 El ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elaboracion de un mecanismo de coordinacion de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia acreditadas en el pais. 61.2 El ente rector, con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas, establece los mecanismos para la asistencia internacional, segun los compromisos y tratados que existan al efecto. 61.3 El INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero. 61.4 El ente rector, con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades internacionales especializadas, elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el MORDAZA, en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres. Articulo 62º.- Red Humanitaria Nacional - RHN 62.1 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre el Estado Peruano, la Cooperacion Internacional y los Organismos No Gubernamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI - y contribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecer la accion del SINAGERD. Esta organizada en el MORDAZA del Comite Interagencial Permanente, establecido por la Asamblea General de Naciones Unidas. 62.2 La RHN esta co-presidida por el/la Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y el/la Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil. CAPITULO X COORDINACION CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL Articulo 63º.- Coordinacion

SERVICIO DE BUSQUEDA Y SALVAMENTO Articulo 57º.- Naturaleza del servicio de busqueda y salvamento Es un mecanismo de coordinacion, decision y comunicacion, conformado por entidades publicas y privadas de primera respuesta, que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de busqueda y salvamento, con la finalidad de salvaguardar la MORDAZA humana en situaciones de emergencia y desastres. Articulo 58º.- Alcance del servicio de busqueda y salvamento Tiene alcance nacional y articula sus actividades en el MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres. En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional. Articulo 59º.- Ambito de Accion del servicio de busqueda y salvamento 59.1 La busqueda y salvamento se ejecutan en los ambitos terrestre, maritimo y aereo. 63.1 El Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) coordina con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, a traves del INDECI, los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias, para proteger a la poblacion, mediante los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion en los casos de desastres. 63.2 Asimismo, el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil, seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizacion y desmovilizacion para casos de emergencia producidos por desastres. CAPITULO XI SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION PARA LA GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES Articulo 64º.- Descripcion 64.1 El Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD.

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