Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2011 (26/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2011

13.1 Sobre la base de la estimacion de riesgo, en coordinacion con CENEPRED, las entidades publicas generan normas e instrumentos de apoyo para que los gobiernos regionales y locales utilicen los resultados de la estimacion de riesgo a escala nacional en sus procesos respectivos de analisis, planificacion y gestion. 13.2 Las entidades publicas identifican y priorizan el riesgo en la infraestructura y los procesos economicos, sociales y ambientales, en su ambito de atribuciones, y establecen un plan de gestion correctiva, tomando en consideracion los lineamientos establecidos por el CENEPRED. 13.3 Los organos y unidades organicas de los sectores y entidades del Gobierno Nacional, deberan incorporar e implementar en su gestion, los procesos de estimacion, prevencion, reduccion de riesgo, reconstruccion, preparacion, respuesta y rehabilitacion, transversalmente en el ambito de sus funciones. 13.4 Los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulacion para la formulacion de normas y planes, evaluacion y organizacion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia. Estos grupos coordinaran y articularan la gestion prospectiva, correctiva y reactiva en el MORDAZA del SINAGERD. Los grupos de trabajo estaran integrados por los responsables de los organos y unidades organicas competentes. 13.5 En situaciones de desastre, las entidades publicas participan en los procesos de evaluacion de danos y analisis de necesidades, segun los procesos establecidos por el INDECI y, bajo la coordinacion de los Centros de Operaciones de Emergencia, establecen los mecanismos necesarios para una rehabilitacion rapida, eficiente y articulada. En desastres de gran magnitud, evaluan su respectiva capacidad financiera para la atencion del desastre y la fase de reconstruccion posterior, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes. Este MORDAZA sera coordinado con el CENEPRED y el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 14º.- Articulacion entre las distintas entidades En el MORDAZA de sus respectivas competencias y responsabilidades vinculadas al SINAGERD, los Ministros, los Presidentes de Gobiernos Regionales y los Alcaldes, aseguran el desarrollo de adecuados MORDAZA de comunicacion y construyen las herramientas de gestion necesarias, a efecto que los lineamientos de politica sectorial y las acciones operativas en materia de Gestion de Riesgo de Desastres, segun corresponda, guarden MORDAZA, y se ejecuten oportuna y coherentemente en la gestion del SINAGERD. Para dicho fin, materializaran sus responsabilidades y competencias en tareas o actividades en los respectivos Planes Sectoriales, Regionales y Locales, de Operaciones o de Contingencia, segun corresponda. Articulo 15º.- Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru 15.1 El Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) coordina con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, segun corresponda en el ambito de sus competencias, a traves del INDECI. Corresponde al ente rector establecer los mecanismos de coordinacion. 15.2 Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru participan en la Gestion del Riesgo de Desastres, en lo referente a la preparacion y respuesta ante situaciones de desastre, de acuerdo a sus competencias y en coordinacion y apoyo a las autoridades competentes, conforme a las normas del SINAGERD. El Ministerio de Defensa establece la mision, organizacion y funciones de las Fuerzas Armadas para la atencion de las emergencias originadas por desastres de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ente Rector, especificando ademas las MORDAZA para su financiamiento. 15.3 Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru participan de oficio en la atencion de situaciones de emergencia que requieran acciones inmediatas de respuesta, realizando las tareas de urgente necesidad que les compete, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ente Rector.

Articulo 16º.- Entidades Privadas y Sociedad Civil Las entidades privadas y las organizaciones sociales cuyas actividades se vinculan con los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres, brindan asesoramiento y apoyo al ente rector, a los gobiernos regionales y locales y demas entidades que conforman el SINAGERD, en el MORDAZA de convenios, planes nacionales y regionales o protocolos para la gestion del riesgo de desastres. CAPITULO II GRUPOS DE TRABAJO Y PLATAFORMAS DE DEFENSA CIVIL Articulo 17º.- Mecanismo de constitucion y funcionamiento de grupos de trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres 17.1 La MORDAZA autoridad ejecutiva de cada entidad publica de nivel Nacional, los Presidentes Regionales y los Alcaldes, constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres para la formulacion de normas y planes, evaluacion, organizacion, supervision, fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia. Esta funcion es indelegable. 17.2 Los grupos de trabajo estan integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad publica o gobierno subnacional. Articulo 18º.- Funcionamiento de los grupos de trabajo para la articulacion y coordinacion del SINAGERD 18.1 Coordinan y articulan la gestion prospectiva, correctiva y reactiva en el MORDAZA del SINAGERD. 18.2 Promueven la participacion e integracion de esfuerzos de las entidades publicas, el sector privado y la ciudadania en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD. 18.3 Articulan la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de los mecanismos institucionales. 18.4 Coordinan la articulacion de sus decisiones en el MORDAZA de la integracion y armonizacion de la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres con otras politicas transversales de desarrollo. 18.5 Articulan la gestion reactiva a traves de: a. El Sistema Regional de Defensa Civil; b. Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) c. Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales. 18.6 Coordinan los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion del SINAGERD con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. Articulo 19º.- Las Plataformas de Defensa Civil 19.1 Las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participacion, coordinacion, convergencia de esfuerzos e integracion de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparacion, respuesta y rehabilitacion. 19.2 Las Plataformas de Defensa Civil funcionan en los ambitos jurisdiccionales regionales y locales. 19.3 El Presidente del Gobierno Regional y el MORDAZA respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas. 19.4 Es obligatoria la participacion de las organizaciones sociales a traves de sus representantes. 19.5 Las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestion del riesgo de desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil. Articulo 20º.- Funciones de las Plataformas de Defensa Civil 20.1 Formulan propuestas para la ejecucion de los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion, con el objetivo de integrar capacidades y acciones de todos los actores de la sociedad en su ambito de competencias.

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