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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de mayo de 2011 443435 encuentre vacante la plaza titular registrada en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP). Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Administración y Finanzas inicie el procedimiento necesario para la convocatoria a concurso público de meritos que permita cubrir la plaza vacante a que se refi ere el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaria General poner en conocimiento de las entidades correspondientes, así como la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal y demás Gerencias de la Municipalidad Distrital de El Agustino el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 645872-3 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Rectifican error material en el Acuerdo Nº 13-2011/CDLO ACUERDO DE CONCEJO Nº 18-2011/CDLO Los Olivos, 13 de mayo de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTA: El Dictamen Nº 010-2011-MDLO/CDLO; y, CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de Concejo Nº 13-2011/CDLO de fecha 08 de abril de 2011, publicado el 27 de abril de 2011 en el Diario Ofi cial El Peruano, en su Artículo Primero designa a los miembros integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Autónoma Municipal de Los Olivos, conforme especifi ca; Que, la Gerencia Municipal con Memorándum Nº 190- 2011/MDLO/GM informa de la existencia de un error material en la redacción del nombre del Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UAMLO, donde se consigna el nombre de Enrique Fuentes Cole debiendo ser lo correcto Ernesto Fuentes Cole; Que, nuestra legislación administrativa procedimental contenida en la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General ha establecido en su artículo 201º que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; adoptando la rectifi cación las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, la noción de error material atiende, entre otros, a un error de redacción en la documentación como ha sucedido en el presente caso atribuible al soporte materia que lo contiene y no a las manifestaciones de voluntad o razonamiento contenido en el acto, tratándose de supuestos de equivocación producidos en el momento de producirse la declaración o formalización del acto, es decir, cuando se exterioriza la voluntad; errores susceptibles de ser corregidos en vías de revisión, no conllevando consigo una califi cación jurídica ni interpretación de normas; Que, se ha evidenciado que se hace necesaria su corrección, en tanto que dicho acto no lleva consigo una califi cación jurídica ni interpretación de norma, permaneciendo inalterable el contenido de la decisión jurídica; Estando a lo expuesto por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad: ACUERDA: Artículo Primero.- RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL existente en el Primer Artículo del Acuerdo de Concejo Nº 13-2011/CDLO, publicado el 27 de abril de 2011 en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme se detalla: DICE: (…) • VICEPRESIDENTE ACADÉMICO: Enrique Fuentes Cole (…) DEBE DECIR: (...) • VICEPRESIDENTE ACADÉMICO: Ernesto Fuentes Cole (...) Artículo Segundo,- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en el presente a la GERENCIA MUNICIPAL y a los miembros de la COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA MUNICIPAL DE LOS OLIVOS, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 646154-1 Instauran procesos administrativos disciplinarios a docentes de las Instituciones Educativas N° 2024 y 2078 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 581-2011 Los Olivos, 23 de Mayo de 2011 VISTOS: Los Informes Nº 092-2010-MDLO/CPPAD 2010 y Nº 010-2011-MDLO/CPPAD de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para el Ejercicio 2011 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las Instituciones Educativas de Básica Regular del ámbito jurisdiccional del distrito de Los Olivos, Actas de Sesión Ordinaria del 20 de Octubre de 2010 y 30 de Marzo de 2011, Pliego de Cargos Nº 030-2010-MDLO/CPPAD, Memorándums Nº 0151- 2010/MDLO/ALC, Nº 123-2011/MDLO/ALC y Nº 137-2011/ MDLO/ALC del despacho de Alcaldía, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 30-2010, de fecha 29 de enero de 2010, modifi cada con Resolución de Alcaldía Nº 378-2010, de fecha 04 de agosto de 2010, se resuelve, entre otros, designar a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las Instituciones Educativas de Básica Regular del ámbito jurisdiccional del distrito de Los Olivos. Con Resolución de Alcaldía Nº 428-2011, de fecha 13 de Abril de 2011, se designó la Comisión Permanente para el periodo 2011; Que, el Decreto Supremo Nº 19-90-ED que aprueba el Reglamento de la Ley del Profesorado en su Art. 120º señala las sanciones de docentes en caso incumplan los deberes y obligaciones correspondientes a su cargo,