Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2011 (28/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Internacional y el aporte de las instituciones de cooperacion local. 19.5 El ector privado. 19.6 Comunidad local. 19.7 Otros. Articulo 20º.- FINANCIAMIENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO: El Concejo Municipal, previa programacion del gasto municipal y conforme a la disponibilidad financiera y presupuestal, aprobara la programacion de una partida especial para solventar el desarrollo del MORDAZA del presupuesto participativo, en el MORDAZA de los dispositivos legales vigentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIA Primero.- En el MORDAZA del rol de los actores del MORDAZA de Presupuesto Participativo, corresponde al Concejo Municipal, la fiscalizacion del desarrollo oportuno de cada una de las fases del MORDAZA, para tal fin se informara periodicamente a la Comision de Planificacion y Administracion. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Asimismo se asignara hasta el 50% de los Fondos destinados a proyectos de inversion publica para los proyectos o actividades priorizados en el MORDAZA del Presupuesto Participativo, a su vez de este mismo fondo se destinara hasta un 40% de dicho fondo para proyectos de impacto distrital. Segundo.- De realizarse modificaciones en la estructura organica de la Municipalidad Distrital de Ate durante el periodo de vigencia de la presente ordenanza los organos en referencia se adecuan al equivalente o similar de la nueva estructura organica. Tercero.- Dispongase que se adopten las acciones administrativas pertinentes y modificaciones presupuestales en el MORDAZA de la normatividad vigente, que permita obtener el financiamiento para la ejecucion de los proyectos que producto de una posible reduccion de FONCOMUN no han sido implementados, asi como los proyectos que se prioricen por causas ajenas a la municipalidad del distrito de Ate o no puedan ser ejecutadas dentro del ejercicio fiscal. Cuarto.- Facultese, al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte normas complementarias necesarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza. Quinto.- Deroguese la Ordenanza Nº 241-2010-MDA y todas aquellas normas y/o disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. POR LO TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 645910-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion de concejo ordinaria de la fecha, el Pedido Nº 001-CDU-MDEA, de la Comision Ordinaria de Desarrollo MORDAZA y la Comision de Desarrollo Ambiental y el Informe Nº 186-2011-GAJ-MDEA, del Gerente de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; concordante con el articulo 9º numeral 9) de la citada MORDAZA, la misma que establece que es atribucion del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Que, mediante Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31 de enero del 2002, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El Agustino; Que, de acuerdo al informe de visto en nuestro distrito existen Asentamientos Humanos y Asociaciones de Vivienda que no cuenta con los servicios basicos de agua potable y alcantarillado y energia electrica, por lo que siendo requisito indispensable la MORDAZA de Posesion para la obtencion de los servicios basicos, resulta necesario exonerar las tasas del tramite de los procedimientos administrativos para todos aquellos Asentamientos Humanos y zonas marginales del distrito; El concejo municipal, en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º y 10º de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972, con la dispensa del tramite de comisiones, lectura y de aprobacion del acta y con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA EL PAGO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS PARA OBTENCION DE MORDAZA DE POSESION PARA LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS Y ASOCIACIONES DE VIVIENDAS PARA TRAMITE DE OBTENCION DE SERVICIO BASICO Articulo 1º.- EXONERAR el pago de derechos administrativos para obtencion de MORDAZA de Posesion para los Asentamientos Humanos y Asociaciones de Vivienda en el Distrito de El MORDAZA, que no cuentan con los servicios basicos de agua potable y alcantarillado y energia electrica, cuya vigencia es hasta el 31 de agosto del 2011. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a las demas areas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza y al Secretario General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 645872-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Exoneran de pago de derechos administrativos la obtencion de MORDAZA de posesion para los Asentamientos Humanos y Asociaciones de Vivienda para tramites de obtencion de servicios basicos
ORDENANZA Nº 477-MDEA El MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2011

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