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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2011 (28/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 86

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de mayo de 2011 443450 Nº………………………….. y con domicilio en ………....… ……………………………………...………………………… ………….……………… Santiago de Surco, que recurro a su digno despacho, de forma extraordinaria, a fi n que se sirva disponer la suspensión de las acciones de cobranza respecto de mis deudas tributarias, toda vez que no cuento con los medios sufi cientes para afrontarlos, en razón a mi situación laboral, económica y de salud que a continuación indico y que DECLARO BAJO JURAMENTO corresponden a la realidad: Situación laboral : ……………………………..... Número de personas en el hogar : ..……………………………... Promedio de ingreso mensual : ……………………………..... (Por todo concepto) Promedio de gasto mensual : ………………………………. Estado de Salud : ……………………………..... Deuda tributaria impaga : ………………………………... Asimismo, declaro que recurro al procedimiento extraordinario toda vez que: c) No cuento, por el momento, con los documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 382-MSS, pero me comprometo a presentarlos. (___) d) No cumplo con los requisitos señalados en los incisos 3 y 4 del artículo 8º de la Ordenanza Nº 382-MSS, referidos al monto máximo de autovalúo y monto máximo de consumo de energía eléctrica, pero me encuentro en situación de riesgo social. (___) POR LO TANTO: A usted señor Alcalde solicito acceder a mi pedido por ser de justicia. Atentamente, Firma ……………………………………………...... Nombre ..……………………………………............... DNI .………….………………………….……....... Teléfono ………………………………………….......... Fecha ………………………………………............. SOLICITUD APROBADA Pase a: GDHPS y GAT, para los fi nes pertinentes Firma y sello SOLICITUD DENEGADA Firma y sello 646095-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 384-MSS, respecto de la aplicación ultractiva de los beneficios del régimen tributario especial del Sector 9 para la regularización de deudas tributarias de años anteriores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10 -2011-MSS Santiago de Surco, 26 de mayo de 2011 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El Memorándum Nº 612-2011-GAT-MSS emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, sobre propuesta de prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 384-MSS, respecto de la aplicación ultractiva de los benefi cios del régimen tributario especial del Sector 9 para la regularización de deudas tributarias de años anteriores, señalados en los artículos Primero a Décimo Primero y sus normas reglamentarias de la Ordenanza Nº 376- MSS; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú dispone en su artículo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, la Ordenanza Nº 376-MSS, aprobó un régimen tributario especial del sector 9 para la regularización de deudas tributarias de años anteriores (artículos primero a décimo primero) y reducción del monto de arbitrios 2011 (artículos décimo segundo a décimo cuarto); Que, mediante Ordenanza Nº 384-MSS, publicada el 03.03.2011, se aprobó aplicar ultractivamente, entre otros, los benefi cios aprobados por la Ordenanza Nº 376-MSS (de los artículos Primero a Décimo primero; y sus normas reglamentarias), para la regularización de obligaciones tributarias vencidas al 01.01.2011; asimismo, en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 384-MSS, se faculta al Alcalde para que pueda prorrogar la vigencia de la misma mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 05-2011-MSS, publicado con fecha 31.03.2011, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 384-MSS, respecto de la aplicación ultractiva de los benefi cios para la regularización de obligaciones tributarias de la Ordenanza Nº 376-MSS (de los artículos Primero a Décimo Primero y sus normas reglamentarias); en consideración a la existencia de un gran porcentaje de administrados correspondientes al Sector 9, dispuestos a regularizar sus adeudos con los benefi cios de la Ordenanza Nº 376-MSS, hasta el 31.05.2011; Que, la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe de Vistos, señala que la población del Sector 9 presenta menores recursos económicos en comparación con los demás sectores del distrito, y en atención a los numerosos pedidos de los vecinos de dicho sector para continuar con los benefi cios de regularización de la Ordenanza Nº 376-MSS, es pertinente disponer la aplicación ultractiva de tales benefi cios, por un período adicional, hasta el 05.08.2011, a fi n de atender la voluntad de este sector de contribuyentes para regularizar sus deudas tributarias; asimismo, refi ere que la propuesta normativa se encuentra exceptuada de la publicación conforme al Art. 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS, en razón a que la misma constituye únicamente la prórroga de benefi cios dispuestos por las Ordenanza mencionadas 376-MSS y 384-MSS a favor de los contribuyentes del Sector 9; Estando a lo expuesto y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 539- 2011-GAJ-MSS, en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Artículo 20º, Artículos 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA Artículo Único.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 384-MSS, respecto de la aplicación ultractiva de los benefi cios del régimen tributario especial del Sector 9 para la regularización de deudas tributarias de años anteriores, señalados en los artículos primero a décimo primero y sus normas reglamentarias de la Ordenanza Nº 376-MSS, hasta el 05 de agosto del 2011.