Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2011 (28/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

443439

Labor Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas Publicas, establece en su Art. 3º que el control de la asistencia y permanencia del personal docente es responsabilidad del director, y que este debe informar cada fin de mes a la Unidad de Gestion Educativa Local sobre las inasistencias y tardanzas del personal docente, para los descuentos respectivos. Asimismo, la Resolucion Ministerial Nº 574-94-ED, Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Educacion establece que el plazo para informar sobre las inasistencias y tardanzas del personal es dentro de los cinco dias del mes siguiente; Que, en atencion al Informe Nº 0467-2011-MDLO/ SG de Secretaria General y Memorandum Nº 1162011/MDLO/ALC del Despacho de Alcaldia, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA 2011, mediante Acta de Sesion Ordinaria de fecha 30 de Marzo de 2011, acordo por unanimidad Ratificar lo acordado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ano 2010, emitiendose el Informe Nº 013-2011-MDLO/ CPPAD 2011; en consecuencia, estando al Informe Nº 112-2010-MDLO/CPPAD-2010, Con Memorandum Nº 142-2011/MDLO/ALC, de fecha 08 de MORDAZA de 2011, del Despacho de Alcaldia, se dispone se emita la correspondiente Resolucion de Alcaldia; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 20º, numeral 6, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR a la SRA. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente de la INSTITUCION EDUCATIVA Nº 2015 "MANUEL MORDAZA PRADA", con SUSPENSION EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES POR TREINTA (30) DIAS SIN GOCE DE REMUNERACIONES, conforme a los fundamentos expuestos en la presente. Articulo Segundo.- ORDENAR a la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS dar cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente, bajo responsabilidad funcional, conforme a su competencia. Del mismo modo ORDENAR a la citada Subgerencia que proceda a la anotacion de la presente en la Ficha Escalafonaria de la procesada como demerito. Articulo Tercero.- ORDENAR a la DIRECCION de la INSTITUCION EDUCATIVA Nº 2015 "MANUEL MORDAZA PRADA" informar sobre la reincorporacion del docente al termino de su sancion, para accionar conforme a ley. Articulo Cuarto.- PONER A CONOCIMIENTO de la GERENCIAMUNICIPAL, DIRECCION DE LAINSTITUCION EDUCATIVA Nº 2015 "MANUEL MORDAZA PRADA", GERENCIA DE ADMINISTRACION y a la COMISION PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA PARA EL EJERCICIO 2011 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las Instituciones Educativas de basica regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 646153-3 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 589-2011 Los MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Informe Nº 113-2010-MDLO/CPPAD 2010 y Nº 008-2011-MDLO/CPPAD 2011 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2011 encargada de conducir los procesos que

correspondan al personal docente de las instituciones educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA, Actas de Sesion Ordinaria del 13 de Diciembre de 2010 y del 30 de Marzo de 2011, Memorandums Nº 111-2011/MDLO/ALC, 117-2011/ MDLO/ALC y Nº 140-2011/MDLO/ALC, del despacho de Alcaldia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 30-2010, de fecha 29 de enero de 2010, modificada con Resolucion de Alcaldia Nº 378-2010, de fecha 04 de agosto de 2010, se resuelve, entre otros, designar a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las instituciones educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los Olivos. Con Resolucion de Alcaldia Nº 428-2011, de fecha 13 de MORDAZA de 2011, se designo la Comision Permanente para el periodo 2011; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 456-2010, de fecha 31 de agosto de 2010, se resuelve, entre otros, instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra la Sra. Ketty MORDAZA MORDAZA en su calidad de Docente de la Institucion Educativa Nº 2087 "Republica Oriental del Uruguay", por presunta falta administrativa contenida en el inciso k) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, con Expediente G.E.M. Nº 9776-2010 el Director de la I.E. Nº 2087 "Republica Oriental del Uruguay" informa que en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED ­ Reglamento de la Ley del Profesorado, se cumplio con publicar en lugar visible de la citada Institucion Educativa la Resolucion de Alcaldia Nº 456-2010 del 31/08/2010; Que, con Informe Nº 113-2010-MDLO/CPPAD 2010 la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al personal docente de las instituciones educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA hace de conocimiento al despacho de Alcaldia de la recomendacion de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para docentes 2011 sancionar con suspension de treinta (30) dias en el ejercicio de sus funciones sin goce de remuneraciones, a la Sra. Ketty MORDAZA MORDAZA docente de la I.E. Nº 2087 "Republica Oriental del Uruguay" conforme a los fundamentos que expone; Que, de acuerdo al Art. 14º de la Ley del Profesorado, literal a), es deber del docente "desempenar su funcion con dignidad y eficiencia; y con lealtad a la Constitucion, a las Leyes, y a los fines del centro educativo donde sirven". El Art. 194º dice:"el cese por abandono de cargo se produce por ausencia injustificada del profesor durante cinco (05) dias consecutivos al mes o mas de quince (15) dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario". El Art. 21º del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico senala que es obligacion del servidor publico, entre otras "Concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos". Asimismo, en su Art. 28º, califica como falta disciplinaria, entre otras, "Las ausencias injustificadas"; Que, el Decreto Supremo Nº 008-2006-ED, Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas Publicas, establece en su Art. 3º que el control de la asistencia y permanencia del personal docente es responsabilidad del director, y que este debe informar cada fin de mes a la Unidad de Gestion Educativa Local sobre las inasistencias y tardanzas del personal docente, para los descuentos respectivos. Asimismo, la Resolucion Ministerial Nº 574-94-ED, Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Educacion establece que el plazo para informar sobre las inasistencias y tardanzas del personal es dentro de los cinco dias del mes siguiente;

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