Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2011 (28/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo Primero.INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra la SRA. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA docente de la INSTITUCION EDUCATIVA Nº 2024, por presunta falta administrativa contenida en el inciso k) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; conforme a los fundamentos esgrimidos en el presente. Articulo Segundo.- NOTIFICAR a la procesada con las formalidades de ley, a efectos que en el termino de quince dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion, emita su descargo con los fundamentos de hecho y de derecho que estime pertinentes, dirigido a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2011 encargada de conducir los procesos que correspondan al personal docente de las instituciones educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los Olivos. Articulo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE EDUCACION, SALUD E INVERSION SOCIAL, SUB GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS y a la COMISION PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA PARA EL EJERCICIO 2011 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las Instituciones Educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 646153-1 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 584-2010 Los MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Informe Nº 094-2010-MDLO/CPPAD 2010 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2011 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las Instituciones Educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA, Actas de Sesion Ordinaria del 27 de Octubre de 2010 y del 30 de Marzo de 2011, Pliego de Cargos Nº 029-2010-MDLO/CPPAD, los Memorandums Nº 149-2010/MDLO/ALC, Nº 55-2011/MDLO/ALC, Nº 1052011/MDLO/ALC, Nº 113-2011/MDLO/ALC y Nº 145-2011/ MDLO/ALC del despacho de Alcaldia, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 30-2010, de fecha 29 de enero de 2010, modificada con Resolucion de Alcaldia Nº 378-2010, de fecha 04 de agosto de 2010, se resuelve, entre otros, designar a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las instituciones educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los Olivos. Con Resolucion de Alcaldia Nº 428-2011, de fecha 13 de MORDAZA de 2011, se designo la Comision Permanente para el periodo 2011; Que, el Decreto Supremo Nº 19-90-ED que aprueba el Reglamento de la Ley del Profesorado en su Art. 120º senala: "Los profesores que incumplen los deberes y obligaciones correspondientes a su cargo son objeto de las siguientes sanciones: (...) c) Suspension en el ejercicio de sus funciones, sin derecho a remuneraciones de 10 a 30 dias; d) Separacion temporal en el servicio hasta por 3 anos; y, e) Separacion definitiva en el servicio. El Art. 124º del cuerpo normativo acotado dice: "Las sanciones

senaladas en los incisos c), d) y e) del Articulo 120 del presente Reglamento seran aplicables previo MORDAZA administrativo que no excedera de 40 dias habiles improrrogables. El incumplimiento del plazo senalado constituye falta que sera sancionada de acuerdo a ley.". Del mismo modo el Art. 129º del dispositivo acotado senala "El MORDAZA administrativo sera instaurado por Resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga autoridad delegada para el efecto, debiendo notificarse al servidor en forma personal, en caso de no ser factible se publicara en el Diario Oficial "El Peruano", en el diario de mayor circulacion de la localidad o en lugar visible del centro de trabajo"; Que, en lo que respecta al plazo legal establecido en los Articulos 123º y 124º del Decreto Supremo Nº 01990-ED para efectos de ejercer el derecho de defensa en los casos previstos en los literales a) y b) del Articulo 120º de la MORDAZA acotada el Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion del Ministerio de Educacion con Oficio Nº 0729-2010-MEVMGI-OAAECADER, de fecha 11 de Junio de 2010, recepcionado por Secretaria General el 23 de MORDAZA de 2010, remite la opinion legal solicitada contenida en el Informe Nº 1902010-ME-VMGI-AAE-CADER emitida por la Coordinadora del CADER de la que fluye: "Teniendo en consideracion que el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, reglamenta la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, in extenso; es decir, engloba y comprende al universo de los servidores de la administracion publica con caracter general. Por su parte , el D.S. Nº 019-90-ED que aprueba el Reglamento de la Ley del Profesorado Nº 24029 modificado por Ley Nº 25212, siendo esto asi, advirtiendo por jerarquia , que MORDAZA normas guardan equivalencia, corresponde determinar competencia atendiendo a la especialidad de la norma; asi como tambien, corresponde tener en consideracion lo prescrito por el Articulo 26º numeral 3 de la Constitucion Politica, que establece "la interpretacion favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de la norma". En consecuencia atendiendo a los presupuestos juridicos y normas MORDAZA acotadas, la suscrita es de opinion y recomienda que para los efectos de establecer el termino para la MORDAZA de los descargos se tenga en consideracion la especialidad de la MORDAZA y el indubio pro operario."; Que, con Informe Nº 094-2010-MDLO/CPPAD 2010 la Comision hace de conocimiento al despacho de Alcaldia de la recomendacion de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mosquera docente de la I.E. Nº 2078 "Nuestra Senora de Lourdes", por presunta faltas de caracter administrativo, conforme a las consideraciones que expone; Que, con Informe Nº 1204-2010-MDLO/GA/ SGRRHH, la Sub-Gerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad de Los MORDAZA remite el G.E.M. Exp. Nº 6680-2010, de fecha dieciseis de junio del 2010, con el que el director de la I.E. Nº 2078 "Nuestra Senora de Lourdes", informa sobre el presunto abandono de cargo de la docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mosquera en merito del Acta de la Sesion Extraordinaria del dia 27 de Octubre de 2010; Que, con la Resolucion de Gerencia Nº 221-2009MDLO/GESIS, de fecha treinta de octubre del 2009, se declaro improcedente una solicitud de licencia por motivos particulares a la docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mosquera; que mediante Resolucion Directoral Nº 2924, emitida por la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 02, se declaro improcedente una solicitud de licencia con goce de haber interpuesta por la procesada. Asimismo con Resolucion Directoral Nº 6807-2006 se impuso sancion administrativa de cese temporal por treinta y un dias sin goce de remuneraciones a la docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mosquera, por haber incurrido en abandono de cargo y negligencia en el desempeno de sus funciones; Que, el Art. 14º de la Ley del Profesorado, literal a), es deber del docente "desempenar su funcion con dignidad y eficiencia; y con lealtad a la Constitucion, a las Leyes, y a los fines del centro educativo donde sirven". El Art. 194º dice:" el cese por abandono de cargo se produce por ausencia injustificada del profesor durante cinco (05) dias consecutivos al mes o mas de quince (15) dias no

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