Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2011 (28/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2011

c) Acta de Escrutinio: En la cual se indicara la hora, el numero de votos alcanzados por cada uno de los candidatos, la cantidad de votos nulos, en MORDAZA y votos impugnados, el nombre de los candidatos, las observaciones u otras incidencias que se hubiesen producido en las elecciones, los nombres y la firma de los Miembros de mesa y los candidatos que deseen estar presentes. El Acta ademas debe contener un espacio para las observaciones. CAPITULO III EL PADRON ELECTORAL Articulo 24º: Elaboracion.El Comite Electoral en coordinacion con la Oficina de Participacion Vecinal, elabora el Padron Electoral sobre la base de las inscripciones efectuadas en el Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San Isidro. Articulo 25º: Publicacion.El Comite Electoral publicara el Padron Electoral preliminar en la pagina web y en un lugar visible de los locales municipales; asi como, entregara a cada uno de los representantes en forma personal el citado padron, en el plazo indicado en el cronograma electoral. La publicacion inicial incluira el nombre de las organizaciones inscritas y sus representantes acreditados, con su Documento Nacional de Identidad. Articulo 26º: Impugnacion.Cualquier vecino del distrito de San MORDAZA podra impugnar la inscripcion de una Organizacion del distrito de San MORDAZA y/o de su representante, ante el Comite Electoral, en las mismas fechas en que el Padron se encuentre publicado, con pruebas que la fundamenten. El Comite Electoral resolvera en unica instancia las impugnaciones MORDAZA senaladas en el termino de tres (3) dias habiles de vencido el plazo anterior. Articulo 27º: Padron Electoral Definitivo.Resueltas las impugnaciones que hubiera, el Comite Electoral procedera con la publicacion del Padron Electoral Definitivo por los mismos medios realizados en la publicacion inicial. Articulo 28º: Efectos.Solo participaran el dia de la eleccion, los representantes de las Organizaciones del distrito de San MORDAZA inscritas en el Libro de Registro y que figuren en el Padron Electoral Definitivo. CAPITULO IV INSCRIPCION DE CANDIDATOS Articulo 29º: Inscripcion y publicacion.El plazo para presentar la solicitud de inscripcion de candidatos, comienza luego de un dia habil de efectuada la publicacion del Padron Electoral Definitivo y por espacio de cinco (5) dias habiles. Los candidatos presentaran su solicitud de inscripcion en un solo documento que debe contener: a) La indicacion de la Organizacion del distrito de San MORDAZA a la que representa y que figura en el Padron Electoral Definitivo. b) Los apellidos, nombres, firma, tal como figura en el documento nacional de identidad, numero del documento y el domicilio real del candidato. c) Vencido el plazo para la inscripcion, el Comite Electoral publicara, al dia siguiente habil de vencido el plazo de inscripcion, en un lugar visible de los locales municipales, la relacion de candidatos por orden de inscripcion. Articulo 30º: Requisitos para ser candidato.Para ser candidato a representante de las Organizaciones del distrito de San MORDAZA ante el Consejo de Coordinacion Local se requiere: 1. No encontrarse incurso en los supuestos establecidos en el articulo 8º de la Ley de Elecciones Municipales, Ley Nº 268641, en lo que corresponda.

2. Tener domicilio en el distrito, el cual debe figurar en su DNI. 3. Ser representante acreditado por una organizacion de la sociedad civil inscrita en el Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San MORDAZA y que figure en el Padron Electoral Definitivo. 4. No tener ningun conflicto de intereses con la Municipalidad de San Isidro. Articulo 31º: Impedimentos para postular.Estan impedidos de ser candidatos: el conyuge y los parientes consanguineos dentro del MORDAZA grado consanguinidad y MORDAZA de afinidad del MORDAZA y regidores de la Municipalidad Distrital de San Isidro; y, los funcionarios, servidores y personal contratado bajo cualquier modalidad de la Municipalidad Distrital de San Isidro. Articulo 32º: Tachas.Las tachas a los candidatos inscritos se presentaran debidamente fundamentadas en las causales establecidas en el articulo 30 y 31 del presente Reglamento, en los dias de publicacion de la relacion de candidatos inscritos. Estas tachas seran resueltas por el Comite Electoral, dentro del plazo de tres (3) dias habiles de culminado el plazo anterior, siendo la resolucion que se emita, inapelable. Articulo 33º: Publicacion de relacion definitiva de candidatos.Una vez resueltas las impugnaciones presentadas, si las hubiere, el Comite Electoral procedera a la publicacion de la relacion final o definitiva de candidatos, asignandoles previamente un numero otorgado de acuerdo al orden de la inscripcion de candidatos. La relacion definitiva de candidatos, con sus nombres completos y su numero correspondiente sera publicada por el Comite Electoral en la pagina web y en un lugar visible de los locales municipales, asi como el dia de la eleccion en el local de votacion. CAPITULO V MORDAZA ELECTORAL Articulo 34º: Acto Electoral.El acto electoral se realizara el dia y hora senalados en el Decreto de Convocatoria a que se refiere el articulo 18º del presente Reglamento. La eleccion debera ser supervisada por el MORDAZA Nacional de Elecciones, pudiendo contarse con la observacion de otras instituciones como la ONPE y los personeros de los candidatos. Articulo 35º: Instalacion de la mesa.Los miembros de mesa se reuniran una hora MORDAZA del inicio del acto electoral en el lugar establecido en la convocatoria, verificando que el material se encuentre conforme. El material electoral esta conformado por el Padron Electoral, la Lista de Candidatos, las cedulas de votacion, una cabina de votacion, un anfora, el Acta Electoral, lapiceros, etc. Asimismo, se verificara la relacion de los candidatos, luego, en el local de votacion y en la camara secreta se procedera a pegar los carteles que contienen los apellidos

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Ley 26864 Ley de Elecciones Municipales Articulo 8.- Impedimentos para postular a. El Presidente, los Vicepresidentes y los Congresistas de la Republica. b. Los funcionarios publicos suspendidos o inhabilitados conforme con el Articulo 100 de la Constitucion Politica del Estado, durante el plazo respectivo. c. Los comprendidos en los incisos 7), 8) y 9) del Articulo 23 de la Ley Organica de Municipalidades. d. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru, en actividad. e. Los trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) dias naturales MORDAZA de la eleccion.

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