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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (12/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de noviembre de 2011 453273 Compañía MASTER OF THE SKY S.A.C., solicita Permiso de Operación respecto de Otras Actividades Aeronáuticas - Aerodeportivo con Ultraligeros; Que, según los términos del Memorando Nº 1117- 2010-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 186-2010- MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 181-2011-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones e Informe Nº 152-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la Compañía MASTER OF THE SKY S.A.C., Permiso de Operación respecto de Otras Actividades Aeronáuticas - Aerodeportivo con Ultraligeros de acuerdo al inciso d) del Artículo 167º de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Otras Actividades Aeronáuticas - Aerodeportivo con Ultraligeros. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Lafayette Stork - AGA MCR 01 - Lafayette Sportster - Bleriot XI ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS Departamento: Arequipa - Atico, Arequipa, Mollendo. Departamento: Ancash - Chimbote, Huascarán / Anta. Departamento: Cajamarca - Cajamarca, Jaén. Departamento: Ica - Las Dunas, Nazca / María Reiche Neuman, Pisco. Departamento: Lambayeque - Chiclayo. Departamento: La Libertad - Trujillo. Departamento: Lima - Jorge Chávez, Lib Mandi Metropolitano. Departamento: Moquegua - Ilo, Campamento Ilo, Cuajone / Botifl aca. Departamento: Piura - Piura, Talara. Departamento: Tacna - Tacna Departamento: Tumbes - Tumbes BASE DE OPERACIONES: - Aeródromo de Lib Mandi Metropolitano SUB-BASES DE OPERACIÓN: - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. - Aeropuerto Internacional de Pisco. - Aeródromo Las Dunas. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compañía MASTER OF THE SKY S.A.C. deben adecuarse a lo señalado en la parte 103 de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - RAP. Artículo 3º.- La compañía MASTER OF THE SKY S.A.C. podrá hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aeródromos privados, previa autorización de sus propietarios. Artículo 4º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución. Artículo 5º.- Si la Administración verifi case la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 6º.- La compañía MASTER OF THE SKY S.A.C. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 7º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú - Ley Nº 27261 y su Reglamento, la Regulación Aeronáutica del Perú; y demás disposiciones legales vigentes, así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMON GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 671304-1 Autorizan a la Asociación Civil Escuela de Conductores Líderes del Sur para funcionar como Escuela de Conductores Integrales y disponen su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3628-2011-MTC/15 Lima, 27 de septiembre de 2011 VISTO: El Expediente N° 2011-0037990, presentado por la ASOCIACIÓN CIVIL ESCUELA DE CONDUCTORES LIDERES DEL SUR, mediante el cual interpone Recurso de Reconsideración contra lo resuelto en la Resolución Directoral N° 2570-2011MTC/15, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Partes Diarios Ns° 058388 y 080799 de fechas 18 de mayo y 12 de julio de 2011, respectivamente, la ASOCIACIÓN CIVIL ESCUELA DE CONDUCTORES LIDERES DEL SUR, en adelante La Asociación, presenta solicitud de autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en Cusco y mediante Resolución Directoral N° 2570-2011-MTC/15 de fecha 14 de julio del 2011 y notifi cado el 21 de julio del 2011, se declaro improcedente su solicitud;