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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de octubre de 2011 450981 Supremo Nº 032-2001-MTC, que aprueba el Estatuto del SENCICO; modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 004- 2006-VIVIENDA; Con la visación del Jefe del Departamento Recursos Humanos (e), del Jefe de la O fi cina de Secretaría General, de la Gerente de Administración y Finanzas (e), y de la Asesora Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por Concluida, a partir del 30 de setiembre del 2011, la encargatura de la abogada MARITA HENRIETA MERCADO ZAVALETA, Asesora Legal del SENCICO, al cargo de Gerente General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, señalada en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 042-2011-02.00 de fecha 05 de mayo del 2011, dándosele las gracias por los servicios prestados durante su encargatura. Artículo Segundo.- Designar a partir del día 01 de octubre del 2011, al Ingeniero HERNANDO DAVID CARPIO MONTOYA, en el cargo de Gerente General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 697172-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan asesor de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 235-2011/SUNAT Lima, 29 de setiembre de 2011CONSIDERANDO:Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley establece que las Resoluciones de designación de funcionarios en cargos de con fi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, considerado como de con fi anza en la Institución, de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.° 055-2011/SUNAT, que aprueba la actualización del Cuadro de Asignación de Personal de la SUNAT; Que en tal sentido, se ha considerado pertinente designar en dicho cargo, al señor Rubén Moisés Dávila Calderón; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 3° de la Ley N.° 27594 y el inciso i) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 3 de octubre de 2011, al señor Rubén Moisés Dávila Calderón como Asesor de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese.TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 697657-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Dictan mandato de conexión entre COELVISAC y ENOSA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 179-2011-OS/CD Lima, 20 de setiembre de 2011 VISTA: La solicitud formulada por la empresa CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURÍ S.A.C. (en adelante COELVISAC) mediante documento de fecha 10 de agosto de 2011, a fi n que OSINERGMIN emita Mandato de Conexión para que la Empresa Regional de Servicio de Electricidad - ELECTRONOROESTE S.A. (en adelante ENOSA) permita conectarse a las instalaciones de la Sub Estación Constante en 22.9 kV. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1. COELVISAC mediante documento Nº COI-1498- 2011/GG, recibido el 10.08.2011, dirigido a OSINERGMIN, solicita que se emita Mandato de Conexión a fi n que ENOSA le permita conectarse a las instalaciones de la Sub Estación Constante en 22.9 kv, ubicada en el distrito de Sechura, Región Piura. 1.2. Mediante O fi cio Nº 5562-2011-OS-GFE de fecha 18.08.2011 dirigido a ENOSA, OSINERGMIN le solicita su opinión respecto a la solicitud de Mandato de Conexión presentada por COELVISAC, conforme a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 091-2003-OS/CD, “Procedimiento para fi jar las condiciones de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmisión y Distribución Eléctrica”. 1.3. ENOSA mediante documento Nº 514-2011/Enosa, recibido el 05.09.2011, dirigida a OSINERGMIN, responde a la solicitud de Mandato de Conexión presentada por COELVISAC. 2. ANÁLISIS MARCO NORMATIVO2.1 El artículo 33º y el inciso d) del artículo 34º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, establecen el libre uso de las redes eléctricas de las empresas de Transmisión y Distribución respectivamente, dentro de los supuestos establecidos por la normativa y cumpliendo los requisitos correspondientes, consagrando el Principio de Libre Acceso a las Redes. 2.2 Asimismo, la Ley de Concesiones Eléctricas asegura el cumplimiento del Principio de Libre Acceso a las Redes, al señalar en su artículo 62º la competencia de OSINERGMIN para fi jar las compensaciones por el