Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2011 (20/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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SEPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE PAGO DE LOS CARGOS DE ACCESO 7.1. El cargo de acceso por el uso de la infraestructura debera abonarse dentro de los primeros diez (10) dias calendario del mes siguiente a la prestacion del servicio. La Renta Mensual por arrendamiento por el area o areas asignadas debera pagarse por mes adelantado, dentro de los primeros siente (7) dias calendario de cada mes. Dentro de los diez (10) dias calendario del mes siguiente a la prestacion del servicio EL USUARIO INTERMEDIO presentara a AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. una liquidacion con el caracter de Declaracion Jurada Mensual, firmada por su representante legal y el contador general de la empresa; asi como la boleta de deposito efectuado en la cuenta corriente que sea indicada por AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. mediante comunicacion previa. 7.2. Luego de presentada la liquidacion y la boleta de deposito referidas en el numeral precedente, AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. enviara al USUARIO INTERMEDIO la factura correspondiente. 7.3. En caso, hayan transcurrido tres (3) dias calendarios sin que el USUARIO INTERMEDIO MORDAZA remitido la liquidacion y la boleta de deposito respectiva, el USUARIO INTERMEDIO debera cancelar a AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de recepcion de la factura, el monto que AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. le facture; sin perjuicio del reembolso al que hubiere lugar, una vez que el USUARIO INTERMEDIO cumpla con remitir la liquidacion respectiva. El pago se efectuara mediante depositos en la Cuenta Corriente que sea indicada por AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. mediante comunicacion previa. 7.4. Para un adecuado control y verificacion de los servicios brindados por el USUARIO INTERMEDIO, AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. tiene la facultad de acceder a la informacion y documentacion referida a las mencionadas operaciones; inclusive tiene la facultad de acceder a los asientos contables y documentos de pago de impuestos que correspondan a dichas operaciones, que sustenten la informacion indicada en la mencionada Declaracion Jurada. AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. se obliga a no difundir esta informacion, salvo requerimiento escrito de alguna autoridad gubernamental. 7.5. En tal sentido, el USUARIO INTERMEDIO declara su total aceptacion a someterse a la supervision, evaluacion y control que AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. determine para la verificacion de la informacion recibida, respecto de las operaciones de rampa previstas en el presente Mandato. OCTAVA.INTERMEDIO OBLIGACIONES DEL USUARIO

Para el cumplimiento de sus actividades, el USUARIO INTERMEDIO prestador del Servicio de Rampa, se obliga a: a. Cumplir con los requisitos y condiciones establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entre ellas la de obtener las licencias, autorizaciones, y/o certificaciones que dicha autoridad gubernamental establezca. b. Cumplir con los requisitos contenidos en el Reglamento de Acceso de AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A., segun se encuentre aprobado por el OSITRAN. c. Cumplir con el pago de los Cargos de acceso establecido, de acuerdo al procedimiento establecido en la Clausula Setima del presente Mandato. d. Brindar el Servicio de Asistencia a Tierra, respetando

los horarios establecidos por AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. e. No introducir sustancias inflamables, explosivas, contaminantes, alucinogenas, o cualquier otro elemento que pudiera atentar contra la integridad y seguridad del Aeropuerto. f. En caso que AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. le notifique por escrito, debera reubicarse en la MORDAZA que se le indique en un plazo MORDAZA de diez (10) dias contados a partir de la recepcion de la notificacion, pudiendo ajustarse la renta por alquiler en caso de ser necesario. g. No traspasar, total o parcialmente, o ceder temporal o definitivamente, o entregar bajo cualquier forma o modalidad los bienes que forman parte de la Facilidad Esencial a terceras personas. h. Realizar el Servicio de Asistencia en Tierra, utilizando el Equipo que corresponda a la naturaleza de cada operacion y MORDAZA de aeronave, de acuerdo a lo descrito en el presente Mandato. Dicho equipo podra ser propio o alquilado. i. Los equipos utilizados por el USUARIO INTERMEDIO deberan contar con la certificacion establecida por la autoridad competente. j. Cubrir los costos de limpieza y remediacion de danos, de ser el caso, del area afectada con derrames de combustible, lubricantes u otras sustancias contaminantes o peligrosas, ocasionado por el USUARIO INTERMEDIO durante la prestacion del Servicio de Rampa. k. En el caso de producirse algun derrame de combustible u otra sustancia de alguno de los equipos del USUARIO INTERMEDIO, este debera presentar un certificado a satisfaccion de AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A., que determine que el equipo ha sido debidamente reparado y cumple con los limites permisibles MORDAZA del reinicio de operaciones. l. Registrar a su personal ante AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. con una anticipacion no menor de cuarenta y ocho (48) horas del inicio de sus actividades, entregando una lista del personal que empleara para la prestacion del servicio esencial, la misma que debera consignar el nombre completo, edad, domicilio, telefono, estado civil y DNI, con el fin de que AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. emita, previo pago, los fotochecks respectivos, los mismos que estaran sujetos al cobro de la tarifa vigente. Asimismo registrara a cualquier otro personal que trabaje con relacion a este Mandato y proporcionara la supervision necesaria para que el servicio se lleve a cabo en forma eficiente. m. El USUARIO INTERMEDIO se compromete a proporcionar a su personal el foto check de identificacion correspondiente a su empresa, y obligara a su personal que lo porte en todo momento y en forma visible. n. Mantener informado a su personal sobre los aspectos tecnicos, deberes y responsabilidades relacionados con los cargos que desempenen en el ejercicio de sus funciones. o. Dotar a su personal de los equipos de seguridad necesarios para su proteccion. p. Asumir directa e integramente el costo de los danos que pudiera sufrir su personal, durante la ejecucion del presente Mandato, por acciones que se deriven de siniestros que puedan ocurrir en el area donde opera, tales como: accidente de trabajo, atentados, enfermedades, mutilaciones y/o muerte de algunos de sus trabajadores. q. El USUARIO INTERMEDIO permitira en cualquier momento que, personal facultado y acreditado mediante comunicacion escrita de AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A., supervise y evalue permanentemente el cumplimiento estricto de las regulaciones y normas de seguridad impartidas respecto de la utilizacion de la Facilidad Esencial y respecto de los Servicios Esenciales, obligandose la primera de las nombradas a prestar las facilidades del caso para el cumplimiento de dicha labor. Para ello, AEROPUERTOS ANDINOS DEL PERU S.A. programara y comunicara al USUARIO INTERMEDIO, con una antelacion de 48 horas, dichas labores de supervision.

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