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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de octubre de 2011 451996 de la República Bolivariana de Venezuela para el Mantenimiento de las Preferencias Arancelarias, fue formalizada a través de intercambio de Notas, Nota RE (GAB) Nro. 6-24/55 de 14 de octubre de 2011 del señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú y Nota RE-155 de 14 de octubre de 2011 del señor Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores de Venezuela; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al señor Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso. DECRETA: Artículo 1°.- Ratifícase la Segunda Prórroga al Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela para el Mantenimiento de las Preferencias Arancelarias, formalizada a través de intercambio de Notas, Nota RE (GAB) Nro. 6-24/55 de 14 de octubre de 2011 del señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú y Nota RE-155 de 14 de octubre de 2011 del señor Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores de Venezuela. Artículo 2°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 706717-4 SALUD Designan representante del Ministro de Salud ante Comisión Nacional de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 761-2011/MINSA Lima, 17 de octubre del 2011 CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo N° 011-2002-SA, se aprobó el Reglamento de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud y que el proceso de concurso está a cargo de una Comisión Nacional, y estará bajo la Presidencia de un representante del Señor Ministro de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 870-2008/ MINSA, de fecha 16 de diciembre de 2008, se designó al Médico Cirujano Luis Jesús Flores Paredes, como representante del Ministro de Salud, ante la Comisión Nacional de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 632-2011/ MINSA, de fecha 22 de agosto de 2011, se designó al Médico Cirujano Gustavo Néstor Franco Paredes, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud; Que, a fi n de continuar con el proceso de concurso de cargos de Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud, resulta necesario dar término a la designación citada en el segundo párrafo en la parte considerativa y designar en su reemplazo al representante del Señor Ministro de Salud ante la Comisión Nacional de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud; De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud y en el artículo 7° del Reglamento de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Médico Cirujano Gustavo Néstor Franco Paredes, Asesor de la Alta Dirección del Despacho Viceministerial de Salud, como representante del Señor Ministro de Salud, ante la Comisión Nacional de Concurso para Directores de Institutos Nacionales y Hospitales del Sector Salud, quien la presidirá; dándose término a la designación dispuesta por la Resolución Ministerial N° 870-2008/MINSA. Regístrese y comuníquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 706645-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Maycar Inversiones S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales y disponen su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3660-2011-MTC/15 Lima, 28 de septiembre de 2011 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 089312 y 107696, presentados por la empresa MAYCAR INVERSIONES S.A.C., que solicita autorización como Escuela de Conductores Integrales, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el artículo 51º del referido texto legal, que señala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 089312 de fecha 03 de agosto de 2011 y Parte Diario Nº 107696 de fecha 14 de setiembre de 2011, la empresa MAYCAR INVERSIONES S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorías II y III y Clase B categoría II- c; Que, con Ofi cio Nº 7439-2011-MTC/15.03 de fecha 31 de agosto de 2011, notifi cado el 02 de setiembre de 2011, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, y con Parte Diario Nº 107696 de fecha 14 de setiembre de 2011, La Empresa presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el ofi cio indicado en el numeral precedente;