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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de octubre de 2011 452003 de los predios inscritos en la Región Moquegua; pero sin embargo, ha observado que el predio en consulta se superpone parcialmente con los predios inscritos en la Ficha Nº 05173 (PE. 05045759), Ficha Nº 05101 (PE. 05045698) y Ficha Nº 03709 (PE. Nº 05044411), del registro de predios de Moquegua; Que, realizada la inspección técnica con fecha 30 de marzo de 2011, se encontró que el citado terreno es de naturaleza eriaza, de topografía accidentada, con suelo de arena gruesa con afl oramiento rocoso, desocupado y sin edifi caciones; Que, tomando en consideración lo señalado en el tercer considerando, se procedió a excluir el área correspondiente a la Ficha Nº 05173 (PE. 05045759), Ficha Nº 05101 (PE. 05045698) y Ficha Nº 03709 (PE. Nº 05044411), del registro de predios de Moquegua, quedando un área libre de inscripción de 7 679 032,47 m²; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 7 679 032,47 m², de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003- 2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 501-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 21 de setiembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 7 679 032,47 m², ubicado al lado derecho de la Carretera de Moquegua a Puno, entre terrenos del Estado y la quebrada Las Jiménez, en el distrito de Samegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XIII - Sede Moquegua de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito, en el Registro de Predios de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 705934-7 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 306-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 12 de octubre de 2011 Visto el Expediente Nº 276-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 307 699,50 m², ubicado en la parte Sur – Este de la Coordillera Chaupijanca, distrito de Huallanca, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 307 699,50 m², ubicado en la parte Sur – Este de la Coordillera Chaupijanca, distrito de Huallanca, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, la Ofi cina Registral de Huaraz remitió el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 01 de setiembre de 2011 cuyo sustento es el Informe Técnico Nº 1632-2011-ZR.Nº VII/OC-HZ de fecha 25 de agosto de 2011, el cual señala que no existe superposición gráfi ca sobre predios inmatriculados e incorporados en las bases cartográfi cas; Que, con fecha 06 de octubre de 2011, profesionales de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, realizaron la inspección técnica en la cual se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, topografía accidentada, conformada por la coordillera Chaupijanca, con suelo rocoso; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 307 699,50 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0524-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 12 de octubre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 307 699,50 m², ubicado en la parte Sur – Este de la Coordillera Chaupijanca, distrito de Huallanca, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Huaraz. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 705934-8