Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2011 (21/10/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

452006

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2011

partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 12. SOTOZA S.R.L., Inhabilitacion definitiva en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal establecida en el articulo 246 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, segun Resolucion Nº 1441-2011-TC-S4 del 31.08.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 13. MORDAZA TRADING Y ASOCIADOS S.A.C., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1449-2011TC-S4 del 31.08.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 14. TRANSPORTES MORDAZA ES EL SENOR S.C.R.L. - TRANJES S.C.R.L., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1452-2011TC-S4 del 31.08.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 15. VICMER DEL ORIENTE S.A.C., Mediante Resolucion Nº 1547-2011-TC-S2 de 28.09.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1456-2011TC-S4 del 02.09.2011, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 16. MORDAZA TEXERUPAY; MORDAZA, Inhabilitacion por siete (07) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1457-2011-TC-S1 del 02.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 17. ACENTO S.A.C., Inhabilitacion por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1459-2011-TC-S2 del 02.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 18. MORDAZA CHAVEZ; MORDAZA MORDAZA, Mediante la Resolucion Nº 1574-2011-TC-S2 del 06.10.2011, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 1460-2011TC-S3 del 02.09.2011, reformando el periodo de sancion de doce (12) a seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos a las Entidades o al OSCE, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 19. JELCH INGENIEROS E.I.R.L., Mediante la Resolucion Nº 1574-2011-TC-S2 del 06.10.2011, se declaro

fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1460-2011TC-S3 del 02.09.2011, reformando el periodo de sancion de doce (12) a seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos a las Entidades o al OSCE, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 20. ELECTROSALAS SERVICIOS GENERALES E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1461-2011-TC-S3 del 02.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 21. PROVEEDORES GENERALES DEL NORTE S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1463-2011-TC-S3 del 02.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 22. LICAPA CONSULTORES & EJECUTORES E.I.R.L., Mediante Resolucion Nº 1591-2011-TC-S2 de 11.10.2011, se declaro improcedente por extemporaneo el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1464-2011-TC-S2 del 02.09.2011, que la sanciona con doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por suscribir el contrato por un monto superior a su capacidad libre de contratacion, causal tipificada en el literal f) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal f) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente. 23. REPRESENTACIONES QUIMICA EUROPEA S.A.C., Mediante Resolucion Nº 1596-2011-TC-S1 de 11.10.2011, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1476-2011-TC-S1 del 07.09.2011, reformando el periodo de sancion de quince (15) a doce (12) meses de inhabilitacion en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por las causales tipificadas en los literales e) y i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017. 24. M.P.W. SUMINISTROS Y SERVICIOS E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el literal b) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1485-2011-TC-S2 del 12.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 25. MORDAZA GOMEZ; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el literal b) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 1842008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 14852011-TC-S2 del 12.09.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.