Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2011 (24/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de octubre de 2011

Aprueban a favor de personas natural y juridica el cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 615-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 5 de octubre del 2011 Visto: Los escritos con Registro Nº 00069098-2011 de fechas 17 de agosto del 2011, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTRO. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante, Resolucion Directoral Nº 025-2003PRE/DIREPE/P-LL, de fecha 28 de febrero del 2003, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senora MORDAZA ITURRARAN MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "DON GUILLE" de matricula Nº CE-19873-CM,con Arqueo Neto de 09.28 equivalente a 39.99 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo; utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 355-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 07 de agosto del 2007, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 025-2003-PRE/P-LL de fecha 28 de febrero del 2003, para operar la embarcacion pesquera "DON GUILLE" de matricula CE-19873-CM, a favor de la empresa DON GUILLE FISH S.R.L., en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado inicialmente; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de noviembre del 2007, se caduco los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el Consumo Humano directo e indirecto. En el anexo que forma parte la acotada resolucion, se encuentra entre otros, la embarcacion pesquera DON GUILLE de matricula CE19873-CM; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 05 de septiembre del 2002, establece, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax); jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo; Que, a traves del escrito del visto el senor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera "DON GUILLE" de matricula Nº CE-19873-CM, para ello adjuntan los requisitos del Procedimiento Nº 7 del

Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, atendiendo a lo informado por la Oficina de Ejecucion Coactiva, mediante Memorando Nº 10322011-PRODUCE/OEC, de fecha 23 de agosto del 2011, respecto a que la embarcacion pesquera DON GUILLE de matricula Nº CE-19873-CM, registra deuda, sin embargo el procedimiento de ejecucion coactiva se encuentra suspendido temporalmente, por haber interpuesto el obligado demanda contenciosa administrativa contra el titulo de ejecucion del presente procedimiento, ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por lo que, examinada la causal, mediante Resolucion Nº 000584-2007-S, de fecha 22.11.2007, se dispuso la suspension del procedimiento de ejecucion coactiva; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que la administrada, ha cumplido con presentar todos los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas modificatorias, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; asimismo, respecto a la informacion de la Oficina de Ejecucion Coactiva mediante Memorando Nº 1032-2011-PRODUCE/OEC, la vigencia de la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera DON GUILLE de matricula CE-19873-CM, estara condicionada al resultado del MORDAZA judicial interpuesto ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 787-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi, y el Informe Legal Nº 10022011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demas normas modificatorias, asi como el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera "DON GUILLE" de matricula Nº CE-19873-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 025-2003-PRE/DIREPE/P-LL, de fecha 28 de febrero del 2003, modificado con Resolucion Directoral Nº 355-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 07 de agosto del 2007 y Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de noviembre del 2007. Articulo 2º.- Condicionar la vigencia de la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "DON GUILLE" con matricula Nº CE-19873-CM, al resultado de la demanda contencioso administrativa contra el titulo de ejecucion interpuesta ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA (Expediente Coactivo Nº 617-2007). Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la embarcacion pesquera debera contar a bordo con hielo en MORDAZA, como medio de preservacion, cuya implementacion es obligatoria. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor de la empresa DON GUILLE FISH S.R.L., a traves de la Resolucion

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