Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2011 (24/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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administrativo, dado que ello no estaria dentro de las materias contenidas en el articulo 4° de la Ley N° 27584, modificado por la Ley N° 28531. H) La admision a tramite de la pretension contenida en el MORDAZA N° 63-2007, habria tenido como intencion favorecer al demandante, pues incluso pese a que no habria tenido competencia, concedio una medida cautelar que carecia de una debida motivacion que justifique la decision adoptada, pues no se explica, en que consisten los hechos que MORDAZA la apariencia del derecho invocado y el peligro en la demora, contraviniendo lo establecido en el articulo 193° inciso 5 de la Constitucion Politica del Peru y articulo 184° inciso 1 de la Ley Organica del Poder Judicial. Tercero: Que, por escrito presentado el 03 de agosto de 2009, MORDAZA por escrito de 25 de marzo de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA formulo sus descargos afirmando que es falso que en varios procesos de MORDAZA MORDAZA concedido permisos de pesca invadiendo la competencia del Ministerio de la Produccion, puesto que solo dispuso que la Mesa de Partes recibiera los expedientes de los pescadores, en virtud del derecho de peticion consagrado en la Constitucion Politica, y que despues de revisados los documentos fuera el citado Ministerio el que diera los permisos correspondientes; Cuarto: Que, agrego que con anterioridad solicito que se le mostraran las resoluciones por las que habria concedido los permisos de pesca, en lo cual no fue atendido porque no existen las mismas, de lo que deduce una mala fe del Magistrado investigador con el fin de sorprender a la OCMA y al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y por lo que se ratifico en su afirmacion respecto a que todas las medidas cautelares estan debidamente fundamentadas en el derecho de peticion que le asiste a todo justiciable; Quinto: Que, asimismo, senalo que la ODICMA MORDAZA le abrio a el y otros jueces una investigacion por el cargo de haber otorgado indebidamente permisos de pesca, y estando en tramite la misma, la OCMA volvio a abrir otra investigacion en su contra por el mismo cargo, por la que se dispuso su abstencion y que se formalizara el pedido de su destitucion, que ha originado el presente MORDAZA disciplinario, sin haber dado atencion a su comunicacion en el sentido que consideraba irregular el referido tramite; Sexto: Que, por otro lado, respecto al cargo de haber admitido demandas fuera de su turno indico que si bien el 2° Juzgado Civil debio atender desde el 1° de diciembre de 2006, por falta de local despacho despues de la MORDAZA semana de dicho mes, al haberse dispuesto telefonicamente que continuara atendiendo por tratarse de acciones de garantia, hecho por el que ha solicitado, teniendose en cuenta los libros de ingreso, que se informe la fecha hasta cuando atendio el 1° Juzgado y desde cuando lo hizo el 2° Juzgado, sin haber obtenido resultados, motivo por el que considera que el cargo carece de sustento legal; Setimo: Que, del analisis y revision de los actuados se aprecia respecto al cargo atribuido al doctor MORDAZA MORDAZA en el literal A), que el mismo, ejerciendo la funcion de Juez del Primer Juzgado Civil de Talara, en el tramite de los procesos signados con los numeros 94306-B, 945-06-B, 947-06-B, 949-06-B, 953-06-B, 971-06-B, 973-06-B y 975-06-A, expidio en cada uno de los citados expedientes las resoluciones signadas con el numero Uno de fechas 10 de enero de 2007, 29 de noviembre de 2006, 15 de enero de 2007, 16 de enero de 2007, 12 de enero de 2007, 18 de diciembre de 2006 y 17 de enero de 2007, de fojas 278 a 282, 726, 340 a 344, 427 a 431, 927 a 931, 873, 477, 678 a 682, respectivamente, por las que admitio a tramite y concedio medidas cautelares a favor de los demandantes en los referidos procesos judiciales; Octavo: Que, asimismo, de las indagaciones que se efectuaron respecto a la MORDAZA de las demandas citadas en el considerando precedente, se tiene que en el folio N° 242 del "Libro de Ingresos de Demandas Nuevas N° 21" del Juzgado Civil de Talara, que corre a fojas 1301 vuelta, en el que originariamente se habia registrado el MORDAZA judicial signado con el numero de expediente 943-06, sobre divorcio, seguido por Elizalde Sisniegas MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se adiciono el registro del aludido MORDAZA judicial de MORDAZA signado con el N° 943-06-B, seguido por MORDAZA MORDAZA

MORDAZA contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; Noveno: Que, una similar adicion de datos en el referido "Libro de Ingresos de Demandas Nuevas N° 21" del Juzgado Civil de Talara, se dio del modo que a continuacion se detalla: - En el folio N° 244, de fojas 1302 vuelta, en el que originariamente se habia registrado el MORDAZA judicial signado con el numero de expediente 945-06, sobre violencia familiar, seguido por el Ministerio Publico contra MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, se adiciono el registro del MORDAZA judicial de MORDAZA signado con el N° 945-06-B, seguido por Productos Marinos del MORDAZA Sur S.A contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. - En el folio N° 246, de fojas 1303 vuelta, en el que originariamente se habia registrado el MORDAZA judicial signado con el numero de expediente 947-06, de materia Contenciosa Administrativa, seguido por Castula Sacarranco MORDAZA contra la Oficina de Normalizacion Previsional, se adiciono el registro del MORDAZA judicial de MORDAZA signado con el N° 947-06-B, seguido por MORDAZA MORDAZA Urcia contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. - En el folio N° 248, de fojas 1304 vuelta, en el que originariamente se habia registrado el MORDAZA judicial signado con el numero de expediente 949-06, sobre separacion convencional, seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros contra el Ministerio Publico, se adiciono el registro del MORDAZA judicial de MORDAZA signado con el N° 949-06-B, seguido por MORDAZA MORDAZA Mariategui de Ascasubi de Ferrari contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. - En el folio N° 252, de fojas 1306 vuelta, en el que originariamente se habia registrado el MORDAZA judicial signado con el numero de expediente 953-06, sobre enriquecimiento sin causa, seguido por MORDAZA A. MORDAZA Canas contra Petroleos del Peru y otros, se adiciono el registro del MORDAZA judicial de MORDAZA signado con el N° 953-06-B, seguido por MORDAZA Yomi MORDAZA Nunton contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. - En el folio N° 270, de fojas 1315 vuelta, en el que originariamente se habia registrado el MORDAZA judicial signado con el numero de expediente 971-06, sobre reivindicacion, seguido por MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA de Chasell, se adiciono el registro del MORDAZA judicial de MORDAZA signado con el N° 971-06-B, seguido por MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA Pulcan contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion. - En el folio N° 272, de fojas 1316 vuelta, en el que originariamente se habia registrado el MORDAZA judicial signado con el numero de expediente 973-06, sobre divorcio, seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Silua, se adiciono el registro del MORDAZA judicial de MORDAZA signado con el N° 973-06-B, seguido por MORDAZA MORDAZA de Ferrari Ferrari contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion. - En el folio N° 274, de fojas 1317 vuelta, en el que originariamente se habia registrado el MORDAZA judicial signado con el numero de expediente 975-06, materia de medida cautelar, seguido por Cosac Sullana Agencia Talara contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otra, se adiciono el registro del MORDAZA judicial de MORDAZA signado con el N° 975-06-A, seguido por MORDAZA MORDAZA Araya contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y otros. Decimo: Que, evidencia que existio una intencional alteracion de los citados folios del "Libro de Ingresos de Demandas Nuevas N° 21" del Juzgado Civil de Talara, el que segun los mismos y las copias de las demandas correspondientes, el expediente N° 943-06-B habria ingresado al juzgado el 21 de noviembre de 2006; a su vez, los expedientes Nos. 945-06-B y 947-06-B el 22 de noviembre de 2006, el expediente N° 949-06-B el 24 de noviembre de 2006, el expediente N° 953-06-B el 27 de noviembre de 2006 y los expedientes Nºs. 971-06-B, 97306-B y 975-06-A el 30 de noviembre de 2006; y que en contraste con ello, en el "Libro de Ingresos de Escritos Diarios" del Juzgado Civil de Talara, folios correspondientes

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