Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2011 (24/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de octubre de 2011

a las fechas 21, 22, 24, 27 y 30 de noviembre de 2006, de fojas 960, 961, 963, 964, 965, 966, 969 y 970, no aparezcan registradas ninguna de las demandas citadas, mas si las que tenian el numero originario de expediente 945-06, 947-06, 949-06, 953-06, 971-06 y 975-06; Decimo Primero: Que, asimismo, trasluce la afirmacion del considerando precedente, el que los aludidos folios del "Libro de Ingresos de Demandas Nuevas N° 21" del Juzgado Civil de Talara se muestren diferentes respecto de los demas, en tanto que como es caracteristico en casi la totalidad de estos ultimos, cada uno registra solo un expediente; asi como el que las demandas de medida cautelar Nos. 943-06-B, 945-06B, 947-06-B, 949-06-B, 953-06-B, 971-06-B, 973-06-B y 975-06-A tengan asignados numeros similares a los de los expedientes Nºs. 945-06, 947-06, 949-06, 953-06, 971-06 y 975-06, diferenciandoles solo las letras B y A, sin que tengan alguna relacion los procesos a los que identifican, lo que implica que dichas demandas fueron ingresadas fuera de turno, es decir despues del 30 de noviembre de 2006; Decimo Segundo: Que, los hechos descritos ademas reflejan una actuacion concertada del doctor MORDAZA MORDAZA con los servidores que fueron asignados para asistirle en su labor jurisdiccional, por cuanto estos ultimos registraron las demandas de medida cautelar Nos. 943-06-B, 945-06-B, 947-06-B, 949-06-B, 953-06B, 971-06-B, 973-06-B y 975-06-A, asignandoles fechas anteriores a las de su verdadera MORDAZA, con el fin de aparentar que fueron recibidas durante el turno del Primer Juzgado Civil de Talara, direccionandolas para que fueran tramitadas por dicho juzgado, como se hizo del modo que se resume en el considerando Setimo de la presente resolucion; y es que, como esta determinado, y lo ha reconocido el propio doctor MORDAZA MORDAZA en su version contenida en el "Acta de Instalacion, Verificacion de Expedientes Judiciales y Diligencias realizadas en el Primer Juzgado Civil de Talara", de fojas 67 a 69, a partir del 01 de diciembre de 2006 se creo el MORDAZA Juzgado Civil de Talara, fecha desde la cual estuvo de turno, hasta el 15 de febrero de 2007, cuando su juzgado retomo el turno por los 15 dias posteriores, alternandose sucesivamente el turno ambos juzgados; Decimo Tercero: Que, determina tambien que los hechos materia del presente cargo no pudieron escapar del conocimiento del doctor MORDAZA MORDAZA, su alegacion que tambien se incluyo en el "Acta de Instalacion, Verificacion de Expedientes Judiciales y Diligencias realizadas en el Primer Juzgado Civil de Talara", citada en el considerando precedente, en el sentido que: "(...) las demandas ingresan por la mesa de partes, habiendo dispuesto que la persona a cargo de la mesa de partes ingrese las demandas en forma correlativa segun la hora de su MORDAZA, para lo cual deben anotar la fecha y hora de ingreso (...); las demandas son registradas en el libro de ingreso de demandas y en el toma razon, con el numero asignado se le da cuenta al dia siguiente (...)"; Decimo Cuarto: Que, en tal sentido, fluye que el doctor MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Juez del Primer Juzgado Civil de Talara, admitio a tramite las medidas cautelares numeros 943-06-B, 945-06-B, 947-06-B, 949-06-B, 953-06-B, 971-06-B, 973-06-B y 975-06-A, no obstante haber tenido conocimiento de las irregularidades en el ingreso de las mismas, puesto que fueron recibidas fuera de turno por el encargado de Mesa de Partes del Primer Juzgado Civil de Talara; hecho por el que es pasible de la sancion de destitucion; Decimo Quinto: Que, con relacion al cargo contra el doctor MORDAZA MORDAZA, al que se refiere el literal B), se tiene que la imputacion que se ha acreditado contra el mismo, segun los considerandos precedentes, conlleva a establecer que tambien hizo abuso de las facultades que la ley le ha conferido; Decimo Sexto: Que, tal conclusion surge del hecho probado que el juez procesado dio tramite a las medidas cautelares numeros 943-06-B, 945-06-B, 947-06-B, 94906-B, 953-06-B, 971-06-B, 973-06-B y 975-06-A, sabiendo que habian sido recibidas fuera de turno, lo cual habria obedecido a un fin de favorecer a los demandantes; Decimo Setimo: Que, a mayor abundamiento se debe precisar que el ambito de las facultades concedidas a los jueces por la Constitucion Politica en su articulo 138°, senala que "la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a traves de sus

organos jerarquicos con arreglo a la Constitucion y a las leyes", y la que preve la Ley Organica del Poder Judicial en sus articulos 1°, 2°, 6° y 184°; Decimo Octavo: Que, en tal sentido surge que el doctor MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Juez del Primer Juzgado Civil de Talara, incurrio en abuso de las facultades que la ley senala y en conducta que menoscaba el decoro y la respetabilidad del cargo que ostenta, asi como en responsabilidad disciplinaria devenida de ello, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 201° incisos 4 y 6 de la Ley Organica del Poder Judicial; conducta por la cual le corresponde la sancion de destitucion; Decimo Noveno: Que, en cuanto al cargo contra el doctor MORDAZA MORDAZA, citado en el literal C), se advierte que ejerciendo la funcion de Juez del Primer Juzgado Civil de Talara, en el tramite de diversos procesos constitucionales de MORDAZA, emitio las siguientes resoluciones: - En el MORDAZA judicial numero 947-06-B, expidio la resolucion numero Uno de 18 de diciembre de 2006, de fojas 376, que admitio a tramite la demanda de MORDAZA que interpuso MORDAZA MORDAZA Urcia contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y el Vice Ministro de Pesqueria. - En el MORDAZA judicial numero 949-06-B, expidio la resolucion numero Uno de 20 de diciembre de 2006, de fojas 456, que admitio a tramite la demanda de MORDAZA que interpuso MORDAZA MORDAZA Mariategui de Ascasubi de Ferrari contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y el Vice Ministro de Pesqueria. - En el MORDAZA judicial numero 11-2007-1JECT, expidio la resolucion numero Uno de 16 de enero de 2007, de fojas 427 a 431, que concedio medida cautelar dentro de un MORDAZA de MORDAZA, a favor de MORDAZA MORDAZA Mariategui de Ascasubi de Ferrari contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y el Vice Ministro de Pesqueria. - En el MORDAZA judicial numero 943-06-B, expidio la resolucion numero Uno de 15 de diciembre de 2006, de fojas 307, que admitio a tramite la demanda de MORDAZA que interpuso MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y el Vice Ministro de Pesqueria; asimismo, en el derivado MORDAZA numero 05-2007, expidio la resolucion numero Uno de 10 de enero de 2007, de fojas 278 a 282, que concedio una medida cautelar a favor del demandante. - En el MORDAZA judicial numero 703-2006, expidio la resolucion numero Dos de 05 de octubre de 2006, de fojas 158, que admitio a tramite la demanda de MORDAZA que interpuso Jimy Nicolay MORDAZA MORDAZA contra la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y el Vice Ministro de Pesqueria; asimismo, en el derivado MORDAZA numero 1001-06-B, expidio la resolucion numero Uno de 22 de diciembre de 2006, de fojas 643 a 647, que concedio una medida cautelar a favor del demandante. - En el MORDAZA judicial numero 693-2006, expidio la resolucion numero Dos de 05 de octubre de 2006, de fojas 832, que admitio a tramite la demanda de MORDAZA que interpuso MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y el Vice Ministro de Pesqueria; asimismo, en el derivado MORDAZA numero 863-2006, expidio la resolucion numero Uno de 31 de octubre de 2006, de fojas 243 a 247, que concedio una medida cautelar a favor de la demandante. - En el MORDAZA judicial numero 695-2006, expidio la resolucion numero Dos de 05 de octubre de 2006, de fojas 782, que admitio a tramite la demanda de MORDAZA que interpuso MORDAZA MORDAZA Urcia contra la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y el Vice Ministro de Pesqueria; asimismo, en el derivado MORDAZA numero 861-2006, expidio la resolucion numero Uno de 31 de octubre de 2006, de fojas 207 a 211, que concedio una medida cautelar a favor de la demandante. - En el MORDAZA judicial numero 973-06-B, expidio la resolucion numero Uno de 18 de diciembre de 2006, de fojas 477, que admitio a tramite la demanda de MORDAZA que interpuso MORDAZA MORDAZA de Ferrari Ferrari contra

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