NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (15/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de setiembre de 2011 449922 Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, las entidades de la Administración Pública se encuentran obligadas a publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos técnicos relacionados con la aplicación de sanciones administrativas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332 y por el literal c) del artículo 23° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y Con la opinión favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal, la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos y la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Procedimiento para el Reporte de Emergencias en las Actividades de Comercialización de Hidrocarburos”, el mismo que en Anexo I forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobar los formatos para el reporte de emergencias que deberán presentar las Empresas Supervisadas que desarrollan Actividades de Comercialización de Hidrocarburos, los cuales en Anexo II forman parte integrante de la presente resolución, conforme al detalle siguiente: - Formato Nº 1: Reporte Preliminar - Formato Nº 2: Reporte Final - Formato N° 3: Reporte Mensual de Emergencias Artículo 3º.- Modifi car el numeral 1.3 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD, modifi cada por Resolución de Consejo Directivo Nº 358-2008-OS/CD y, el numeral 1.3 del Anexo 1 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de OSINERGMIN aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 388-2007-OS/CD, modifi cada por Resolución de Consejo Directivo Nº 262-2010-OS/ CD, de acuerdo al siguiente detalle: - Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD. Rubro Tipifi cación de la Referencia Legal Sanción Otras Infracción Sanciones 1 No proporcionar o proporcionar a destiempo la información y/o documentación requerida por OSINERGMIN y/o por reglamentación. 1.3 Informes de Emergencias, Enfermedades Profesionales y Formatos para el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el D.S. Nº 048-2009-EM Arts. 26º, 28º numerales 1 y 2; y 29º numeral 7, del Reglamento aprobado por D.S. Nº 043-2007-EM. Art. 70º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 051-93-EM. Arts. 45º, 56°, 108° y 116º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 026-94-EM. Art. 36º g) del Reglamento aprobado por D.S. Nº 081-2007-EM. Art. 79º del Anexo 1 del Reglamento aprobado por D.S. Hasta 35 UIT. PO Nº 081-2007-EM. Art. 29º del OS Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas, aprobado por R.C.D. Nº 324-2007- /CD Art. 31° del Reglamento aprobado por R.C.D. N° 205-2009-OS/CD. Arts. 18º, 80º y 267 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2004-EM. Arts.43º literal a) y 53º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2006-EM. Art. 4º, 5º numeral 5.2, 6º numerales 6.1, 6.2, 6.3, 6.4, 6.5, 6.6, 6.7, 6.8 y 6.10, 8º y 9º de la RCD Nº 172-2009-OS/CD. Arts. 19º, 20º , 21º ,22º y 23º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 040-99-EM. Art. 3º y 4º del D.S. Nº 048-2009-EM. Art. 244º del Reglamento aprobado por D.S. 032-2004-EM. Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2011-OS/CD. Resolución de Consejo Directivo Nº 169-2011-OS/CD. - Anexo 1 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de OSINERGMIN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 388-2007-OS/CD, modifi cada por Resolución de Consejo Directivo N° 262-2010-OS/CD. Rubro 1 NO PROPORCIONAR O PROPORCIONAR A DESTIEMPO O DE FORMA PARCIAL O EN FORMATOS DIFERENTES A LOS APROBADOS, LA INFORMACIÓN Y/O DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR OSINERGMIN Y/O POR REGLAMENTACIÓN. Infracción Base Normativa Sanción Sanción No Pecuniaria Pecuniaria 1.3. Informes de Emergencias, Art. 70° del Reglamento aprobado por D.S. Hasta 35 UIT P.O. riesgos y Enfermedades N° 051-93-EM. Profesionales; y, Formatos Arts. 60° y 66° del Anexo 1 del Reglamento para el cumplimiento de las aprobado por D.S. N° 042-99-EM. obligaciones contenidas en el Art. 31° del Reglamento aprobado por R.C.D. D.S. Nº 048-2009-EM N° 205-2009-OS/CD. Art. 80° del Reglamento aprobado por D.S. N° 032-2004-EM.