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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (15/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de setiembre de 2011 449915 Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobadas al 1 de mayo de 2011, en virtud del silencio administrativo positivo, las renovaciones de las autorizaciones que se consignan en el Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución, otorgadas a la empresa RADIO “A” FRECUENCIA MODULADA S.A.C., para la prestación del servicio de radiodifusión en diferentes localidades del país, conforme al anexo citado. Artículo 2º.- La renovación de las autorizaciones a que se refi ere el artículo precedente, se otorgan por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia señalados en el Anexo adjunto. Artículo 3º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de renovación y canon anual, por cada autorización. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedirá la resolución que deje sin efecto la autorización respectiva, de conformidad con el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 4º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones ANEXO I RENOVACIONES DE AUTORIZACIONES - RADIO “A” FRECUENCIA MODULADA S.A.C. Nº AUTORIZACION SOLICITUD DE RENOVACION FECHA DE VENCIMIENTO RENOVACION LOCALIDAD DEPARTAMENTO BANDA MODALIDAD FINALIDAD RESOLUCION Nº FECHA VENCIMIENTO Nº FECHA 1 RVM -379-2000-MTC/15.03 20-10-2007 2007-001008 12-1-2007 20-10-2017 SULLANA PIURA FM SONORA COMERCIAL 2 RVM -056-2001-MTC/15.03 9-10-2007 2007-003066 1-2-2007 9-10-2017 PUERTO MALDONADO MADRE DE DIOS FM SONORA COMERCIAL 3 RVM -075-98-MTC/15.03 22-5-2008 2008-004907 5-2-2008 22-5-2018 CHIMBOTE ANCASH FM SONORA COMERCIAL 4 RVM -184-2000-MTC/15.03 31-5-2008 2008-004900 5-2-2008 31-5-2018 CAÑETE - IMPERIAL - QUILMANA LIMA FM SONORA COMERCIAL 5 RVM -478-2000-MTC/15.03 30-5-2008 2008-004902 5-2-2008 30-5-2018 PISCO ICA FM SONORA COMERCIAL 6 RVM -053-2001-MTC/15.03 13-8-2008 2008-019705 9-5-2008 13-8-2018 HUARAL - CHANCAY LIMA FM SONORA COMERCIAL 690208-1 Declaran aprobada solicitud de renovación de autorización otorgada mediante R.VM. Nº 684-2002-MTC/03 a Radio Difusora del Ucayali S.A.C. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 746-2011-MTC/03 Lima, 21 de julio de 2011 VISTO, el Escrito con Registro Nº 2010-003790 del 29 de enero de 2010, mediante el cual la empresa RADIO DIFUSORA DEL UCAYALI S.A.C., solicita la renovación de la autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-91- TC/15.17 del 04 de enero de 1991, se otorgó por el plazo de diez (10) años, autorización para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, a la empresa RADIO DIFUSORA DEL UCAYALI S.A.C.; Que, con Resolución Viceministerial Nº 684-2002- MTC/03 del 12 de diciembre de 2002, se otorgó la renovación de la autorización a la empresa RADIO DIFUSORA DEL UCAYALI S.A.C., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, autorización que estuvo vigente hasta el 04 de enero del año 2011; Que, mediante Escrito de Registro Nº 2010-003790 del 29 de enero de 2010, la empresa RADIO DIFUSORA DEL UCAYALI S.A.C. solicitó la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 684- 2002-MTC/03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión – Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el artículo 69º del mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovación de las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión; en tanto que el artículo 71º y la Cuarta Disposición Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovación solicitada; Que, el artículo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud de renovación puede presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización otorgada; en el presente caso, la solicitud de renovación, presentada mediante escrito de registro Nº 2010-003790 del 29 de enero de 2010, fue presentada dentro del plazo de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 684-2002-MTC/03; Que, mediante Memorando Nº 4305-2010-MTC/29 del 02 de diciembre de 2010, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones remite el