NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de setiembre de 2011 449983 De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118.11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Memorándum de Entendimiento para el Diseño e Implementación de un Esquema de Facilidades Portuarias, Complementación Económica e Integración entre la República del Perú y la República del Paraguay, suscrito el 6 de julio de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de septiembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 691507-5 Delegan facultades para depositar el Instrumento de Ratificación del Perú al “Acuerdo entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados sobre Cooperación Regional para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en situación de Vulnerabilidad” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 351-2011-RE Lima, 15 de septiembre de 2011 Visto el Memorándum (DAE) Nro. DAE0559/2011 de 31 de agosto de 2011 de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose depositar el Instrumento de Ratifi cación de la República del Perú al “Acuerdo entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados sobre Cooperación Regional para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en situación de Vulnerabilidad”, suscrito el 30 de junio de 2008, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador Jorge Antonio Lázaro Geldres, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República del Paraguay, las facultades suficientes para que deposite el Instrumento de Ratificación del Perú al “Acuerdo entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados sobre Cooperación Regional para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en situación de Vulnerabilidad”, suscrito el 30 de junio de 2008, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador Jorge Antonio Lázaro Geldres, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República del Paraguay. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 691507-16 Dan por terminadas funciones del Cónsul Honorario del Perú en Calgary, Canadá RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 352-2011-RE Lima, 15 de septiembre de 2011 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 205-2004-RE, de fecha 2 de julio de 2004, que nombró Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Calgary, Canadá, al señor Alfonso Artemio Arciniega Crosby, con jurisdicción en la provincia de Alberta; La comunicación escrita, de fecha 24 de julio de 2011, mediante la cual el señor Alfonso Artemio Arciniega Crosby puso su cargo de Cónsul Honorario a disposición, a partir del 1 de agosto de 2011; CONSIDERANDO: Que, el artículo 127º, literal d), del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005, señala que las funciones de los Cónsules Honorarios concluyen a su solicitud; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 127º, literal d), 128º y 129º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas, en vías de regularización y a partir del 1 de agosto de 2011, las funciones del señor Alfonso Artemio Arciniega Crosby como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Calgary, Canadá. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 691507-17