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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de setiembre de 2011 450036 POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre del 2011 el Dictamen Nº 119-2011-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO APROBADO POR ORDENANZA Nº 1081-MML Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 1081-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de octubre del 2007, restituyendo la anterior zonifi cación R3, equivalente a la califi cación Residencial de Densidad Media (RDM), para el inmueble cuya área es de 10,642.50 m2ubicado en la Mz. “S”, Lote 3, de la Lotización Campoy 2da Etapa. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del distrito de San Juan de Lurigancho, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 8 de setiembre de 2011. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 690752-1 Ratifican procedimientos administrativos y derechos de trámite del Servicio de Administración Tributaria aprobados en la Ordenanza Nº 315-MDSMP por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres ACUERDO DE CONCEJO Nº 872 Lima, 8 de septiembre de 2011 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre del 2011, el Ofi cio Nº001-090-00006326 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº315-MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que aprueba los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y su posterior inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la citada Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000314 opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011. Que, los ingresos que la citada Municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, materia de la ratifi cación, fi nanciarán el 99.93% de los costos por la prestación de los mismos y la diferencia deberá ser cubierta con otros ingresos que perciba dicha entidad. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº 170-2011-MML/CMAEO. ACORDO: Artículo Primero.- Ratifi car los procedimientos administrativos y de los derechos de trámite, listados en el Anexo A adjunto al informe Nº 004-181-00000314 del Servicio de Administración Tributaria, que fueran aprobados en la Ordenanza Nº 315-MDSMP por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; en la medida que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con: (i) las normas que defi nen las competencias municipales; (ii) los criterios legales establecidos en materia de simplifi cación administrativa; y, (iii) las exigencias y formalidades previstas en las normas vinculadas con el mejoramiento del clima de negocios (Ley Nº 28976). Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 315-MDSMP, en especial del Anexo A que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos por dicha Municipalidad Distrital, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 691435-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Establecen regulaciones en materia de edificaciones ORDENANZA Nº 473-MDMM Magdalena, 14 de setiembre del 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El memorándum Nº 507-2011-GDUO-MDMM de fecha 9 de setiembre del 2011 de la Gerencia de Desarrollo