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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de setiembre de 2011 450034 Que, mediante Ofi cio Nº 1113-2010-GOREMAD/PR, el Presidente Regional CPC Santos Kaway Komori, remite al Consejo Regional el documento denominado Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010-2015, para su análisis y aprobación. Que, mediante Dictamen Nº 011-2010-GOREMAD/ CPFTPEPYME, la Comisión de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa, conforme al análisis efectuado al documento mencionado precedentemente y puesto a conocimiento del Consejo Regional, propone y recomienda al pleno su debate y aprobación correspondiente; Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, han considerado necesario aprobar el Dictamen que sustenta el proyecto de ordenanza, referido a la aprobación de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010-2015. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, el Documento de Gestión denominado “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010 – 2015, Madre de Dios”, el mismo que en anexo forma parte de la presente ordenanza regional. Artículo Segundo.- INSERTAR, en los planes regionales sectoriales la “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010 – 2015, Madre de Dios”. Artículo Tercero.- ORIENTAR, las inversiones de los sectores públicos y privados y de la sociedad civil en el marco de la “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010 – 2015, Madre de Dios”. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Comité Ejecutivo Multisectorial de Seguridad Alimentaria de la Región de Madre de Dios, la elaboración y aprobación del Reglamento Interno, asumiendo las funciones y responsabilidades que de este se deriven. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, las coordinaciones para el seguimiento, monitoreo y evaluación de la ejecución y cumplimiento de la “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010 – 2015, Madre de Dios”. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil diez. EMERSON BOCANEGRA PÉREZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil diez. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 690450-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL