NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 71
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de setiembre de 2011 450033 Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Modifi cación del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 023-2008-GR- LL/CR de fecha 14 de julio de 2008; el cual consta de cuatro (4) Títulos, cuatro (4) Capítulos, diez (10) Subcapítulos, ciento diecisiete (117) Artículos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, contenidas en cincuenta y siete (57) folios, que en anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional N° 023-2008-GR-LL/CR de fecha 14 de julio de 2008 que aprueba el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); la Ordenanza Regional N° 020-2010-GR-LL/CR de fecha 10 de setiembre de 2010, que modifi ca la estructura orgánica del Gobierno Regional de La Libertad; así como toda norma regional en tanto se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER al Gobierno Regional de La Libertad, la correcta implementación y consiguiente aplicación y cumplimiento de la presente norma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la formulación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en el plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles de notifi cada la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil once. HEBERT IVAN JIMÉNEZ URQUIAGA Consejero Delegado Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a 9 de setiembre de 2011. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 690265-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010-2015, Madre de Dios” (Se publican las presentes Ordenanzas a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Ofi cios Nºs. 816 y 800-2011-GOREMAD/PR, recibidos el 14 de setiembre de 2011) ORDENANZA REGIONAL Nº 037-2010-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 21 de diciembre del año 2010, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión la de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales y regionales, para la contribución del desarrollo integral y sostenible de la región. Que, el artículo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2004- PCM, se aprueba la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004 – 2015, cuya misión es brindar mejores condiciones para mejorar la disponibilidad, acceso, uso y estabilidad de alimentos para garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la población peruana, priorizando los grupos vulnerables y en pobreza extrema, contribuyendo con la soberanía alimentaria del país. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 231-2007-GOREMAD/PR, del 12 de junio del 2007, se conforma el Comité Ejecutivo Multisectorial de Seguridad Alimentaria de la Región Madre de Dios, integrado por instituciones públicas y privadas competentes en materia de seguridad alimentaria. Que, se debe entender por seguridad alimentaria al acceso material y económico de alimentos sufi cientes y nutritivos para todas las personas, de manera que puedan ser utilizados adecuadamente, para satisfacer sus necesidades nutricionales y llevar una vida sana, sin correr riesgos indebidos, depender de dicho acceso, incorporando los conceptos de disponibilidad, uso y estabilidad en el suministro de alimentos. Que, es voluntad política del Gobierno Regional de Madre de Dios, de contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria regional y eliminar y disminuir los efectos de los diversos factores determinantes de inseguridad alimentaria de los grupos vulnerables y en extrema pobreza. Que, la responsabilidad de contribuir a la seguridad alimentaria es competencia no solo de un sector, sino que corresponde a varios sectores del Estado, al sector privado y a la sociedad civil en su conjunto. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, establece que el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de los planes, programas y proyectos, orientados a generar condiciones, que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de los varones y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, la referida Ley, en el artículo 49 establece las funciones en materia de salud, consistente en formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia de las políticas nacionales y planes sectoriales. Que, mediante Ofi cio Nº 2152-2010-GOREMAD/ GRDS, el gerente Regional de Desarrollo Social remite el documento denominado Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010-2015, debidamente aprobado por el Comité Ejecutivo Multisectorial de Seguridad Alimentaria, para su evaluación y acción correspondiente. Que, mediante Informe Legal Nº 540-2010-GOREMAD/ ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, opina que el documento denominado Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2010-2015, está conforme con el ordenamiento jurídico nacional; por tanto, debe ser sometido al procedimiento pertinente para su aprobación por parte del Consejo Regional.