Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2011 (16/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de setiembre de 2011

de sus deberes y en el conocimiento, vigilancia y defensa de sus derechos ciudadanos; Que, la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria de la Region Amazonas, bajo el lema "TAJIMAT PUJUT ­ BUEN VIVIR" Pionera en la promocion y gestion concertada de la Seguridad Alimentaria", busca su posicionamiento en la dinamica social e institucional regional y local, teniendo como proposito fundamental "Mejorar la disponibilidad, acceso, uso y estabilidad de alimentos para garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la poblacion regional, priorizando a los sectores mas vulnerables y en situacion de extrema pobreza y contribuir con la soberania alimentaria regional"; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, estipula en el articulo 6º "Que el Desarrollo Regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones, que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de los varones y mujeres e igualdad de oportunidades"; Que, la referida Ley, en el articulo 49 establece las funciones en materia de salud, consistente en formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region en concordancia de las politicas nacionales y planes sectoriales; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional Nº 008 de fecha 23 de MORDAZA de 2011, con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APRUEBESE la Estrategia Regional de Seguridad alimentaria de la Region Amazonas, denominada TAJIMAT PUJUT ­ BUEN VIVIR 2011 - 2021", en el MORDAZA de la Estrategia Nacional CRECER, como politica Regional para el fomento del desarrollo integral de las familias y Comunidades en la Region Amazonas, garantizando los medios de proteccion social a la MORDAZA y el MORDAZA y, su inclusion a los sistemas de produccion local; Articulo Segundo.- INSERTAR en los Planes Regionales Sectoriales, la Estrategia Regional de Seguridad alimentaria, denominada TAJIMAT PUJUT ­ BUEN VIVIR 2011 - 2021"; Articulo Tercero.- ORIENTAR las inversiones de los sectores publicos y privados y de la sociedad civil en el MORDAZA de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria denominada TAJIMAT PUJUT ­ BUEN VIVIR 2011 - 2021"; Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional Amazonas, para que a traves del Consejo Regional de Seguridad Alimentaria, coordine las acciones necesarias que demande la implementacion de la estrategica aprobada, asi como oriente la elaboracion de Proyectos de inversion publica que coadyuven a alcanzar los objetivos de la estrategia; Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementacion de la presente MORDAZA regional; Articulo Sexto.- ORDENAR la publicacion de la Presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas; Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion.

En Chachapoyas, a los 2 dias del mes de junio del ano 2011. MORDAZA MORDAZA MONJE Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 22 dias del mes de junio de 2011. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas
690472-1

Modifican la Ordenanza Regional Nº 282GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR, sobre aprobar Lineamientos de Politica Regional y Plan Regional de Formacion Profesional del Gobierno Regional Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 294 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru del 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley 27867 y sus modificatorias; en Sesion Extraordinaria de fecha 26 de MORDAZA del 2011, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, tiene la atribucion de normar, a traves de Acuerdos de Consejo Regional y Ordenanzas Regionales, segun sea el caso, la organizacion de las Entidades del Gobierno Regional, asi como reglamentar la implementacion de actividades, funciones y politicas de Gestion en los diversos MORDAZA de intervencion que a estas les compete asumir para dinamizar y contribuir al desarrollo integral; en concordancia con los Articulos 38º y. 39º del acotado cuerpo normativo; Que, en el MORDAZA del D.S. Nº 021-2006-ED, de fecha 28 de MORDAZA, que aprueba los Lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional, estableciendo a los Gobiernos Regionales la responsabilidad del diseno de las politicas regionales en esta materia y del D.S. Nº 010-2008-ED, de fecha 06 de Junio del 2008, que precisa los alcances sobre el diseno de las Politicas Regionales de Formacion Profesional, de la elaboracion del Plan Regional de Formacion Profesional, asi como de su implementacion, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a traves de un Comite Tecnico Regional, elaboro los Lineamientos de Politica Regional de Formacion Profesional del Gobierno Regional Amazonas, solicitando en el mes de Diciembre del 2010, su aprobacion por el Consejo Regional;

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