Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de setiembre de 2011 450031 Que, mediante Ordenanza Regional Nº 282- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, del 28 de Diciembre del 2010, la anterior gestión, aprobó los Lineamientos de Política Regional de Formación Profesional de Amazonas, omitiendo la aprobación del Plan Regional de Formación Profesional, cuyo texto corre anexo en la estructura del citado documento; por lo que en atención al Ofi cio Nº 232-2011- G.R.AMAZONAS/PR, de fecha 14 de Junio del 2011, y teniendo en cuenta que la educación es un tema vital para el desarrollo de los pueblos cuya promoción debe ser permanente, conforme así lo consagra los Artículos 13 y 14 de la Constitución Política y la Ley General de Educación, Ley Nº 28044; este pleno considera necesario la aprobación conjunta de ambos documentos, para lo cual debe modifi carse el Artículo Primero de la precitada Ordenanza Regional, a fi n de regular y dar efi cacia a partir del presente ejercicio, al proceso de implementación de las actividades programadas en el Plan Regional de Formación Profesional, orientados a desarrollar los Lineamientos de Política Regional de Formación Profesional, para elevar la calidad de la educación y formación profesional en nuestra región, haciéndola competitiva, a favor del desarrollo los pueblos; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional Nº 011, mediante Acuerdo Nº 035-2011 de fecha 26 de Julio del 2011, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias Nº 28968 y 29053 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Ordenanza Regional Nº 282-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 28 de Diciembre del 2010, que dice: “APROBAR los Lineamientos de Política Regional de Formación Profesional del Gobierno Regional Amazonas”; el mismo que debe decir: “APROBAR los Lineamientos de Política Regional y Plan Regional de Formación Profesional del Gobierno Regional de Amazonas, en concordancia con la Política Nacional sobre dicha materia, cuyo texto íntegro corre anexo a la presente disposición regional, formando parte integrante de la misma”. Artículo Segundo.- RATIFICAR la vigencia de lo demás que contiene la precitada Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 26 días del mes de julio del 2011. ELMER SOTO MONJE Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Registrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 4 días del mes de agosto del 2011. JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente del Gobierno Regional Amazonas 690470-1 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de junio de 2011 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 057-2011-GORE-ICA/DREM/M Ica, 19 julio del 2011 VISTOS: La Relación de Títulos de Concesiones Mineras otorgados a los pequeños productores mineros y mineros artesanales, por la Dirección Regional de Energía y Minas de Ica (DREM-ICA) en el mes anterior, conforme lo informado por el Área Técnica de la DREM - ICA; y, CONSIDERANDO; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0477-2008-GORE/ICA/PR se delega al Director Regional de Energía y Minas, del Gobierno Regional de Ica, la competencia de otorgamiento de concesiones mineras para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 121- 2008-MEM/DM, publicada el 10 de marzo del 2008, se declaró que el Gobierno Regional de Ica ha concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo a partir de su publicación competentes para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional. Que, de conformidad con el artículo 124º de D.S. Nº 014- 92-EM – TUO de la Ley General de Minería-, del D.S. Nº 018-92-EM -Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del artículo 10º del D.S. 084-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLIQUESE en el diario Ofi cial El Peruano las Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes anterior, de acuerdo a la nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE RESOLUCIÓN DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS Y G) COORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo estos los siguientes: 01.-A) ZORRO 5 B) 61-00060-10 C) ZORRILA DELGADO ZEIN MORI D) R.D.R. Nº 026-2011-GORE-ICA/ DREM/M 19-04-11 E) 18 F) V1:N8 339 000.00 E507 000.00 V2:N8 338 000.00 E508 000.00 V3:N8 337 000.00 E508 000.00 V4:N8 337 000.00 E507 000.00 02.-A) MIGUEL ANGEL III 2010 B) 61-00015-10 C) EMPRESA MINERA MINAS ICAS S.A.C. D) R.D.R. Nº 034-2011-GORE-ICA/ DREM/M 12-05-11 E) 18 F) V1:N8 419 000.00 E417 000.00 V2:N8 417 000.00 E471 000.00 V3:N8 417 000.00 E469 000.00 V4:N8 419 000.00 E469 000.00 03.-A) LAPSIPUNTA 2010 1 B) 61-00091-10 C) RODRIGUEZ GIRALDES LEON ISAAC D) R.D.R. Nº 005-2011-GORE-ICA/DREM/M 16- 03-11 E) 18 F) V1:N8 454 000.00 E452 000.00 V2:N8 453 000.00 E452 000.00 V3:N8 453 000.00 E454 000.00 V4:N8 452 000.00 E454 000.00 V5:N8 452 000.00 E451 000.00 V6: N8 454 000.00 E451 000.00 04.-A) CUARZO GRIS 2010 B) 61-00092-10 C) RODRIGUEZ GIRALDES LEON ISAAC D) R.D.R. Nº 002-2011-GORE-ICA/DREM/M 16-03-11 E) 18 F) V1:N8 453 000.00 E442 000.00 V2:N8 453 000.00 E444 000.00 V3:N8 452 000.00 E444 000.00 V4:N8 452 000.00 E442 000.00 05.-A) LAPSIPUNTA 2010 B) 61-00071-10 C) RODRIGUEZ GIRALDES LEON ISAAC D) R.D.R. Nº 001- 2011-GORE-ICA/DREM/M 24-02-11 E) 18 F) V1:N8 451