Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2011 (30/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de setiembre de 2011

Declaran improcedente solicitud presentada por MORDAZA Fishery Corporation (TIUNA) Limited, relacionada a permiso de pesca para operar embarcacion pesquera en la extraccion de atun
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 548-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de agosto del 2011 Visto los escritos de registro N° 00046980-2011 y N° 00046980-2011-1 de fechas 01 y 11 de junio de 2011, respectivamente, presentados por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en la Av. La MORDAZA N° 1257 Dpto. 303, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en representacion de la compania MORDAZA FISHERY CORPORATION (TIUNA) LIMITED. CONSIDERANDO : Que, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo N° 0322003-PRODUCE, en su Articulo 6° establece que podran acceder a la extraccion de atun en aguas jurisdiccionales peruanas, los buques de bandera nacional, asi como, los de bandera extranjera, conforme a lo dispuesto en los Articulos 47° y 48° de la Ley General de Pesca; Que, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003PRODUCE, regula el regimen juridico de la pesqueria del atun y especies afines, teniendo entre sus objetivos el aprovechamiento racional y sostenido de los stocks de estos recursos, tanto en aguas jurisdiccionales peruanas, como en alta mar, mediante la aplicacion de medidas de ordenamiento y conservacion de su pesqueria, asi como la participacion activa del Peru en los mecanismos de cooperacion subregional, regional y global, para la investigacion, proteccion y manejo integral de las especies altamente migratorias; Que, a traves del escrito del visto, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la compania MORDAZA FISHERY CORPORATION (TIUNA) LIMITED, solicita el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada TIUNA de matricula N° 30473-PEXT-F-4, en la extraccion del recurso atun en aguas jurisdiccionales peruanas, por el plazo de tres (3) meses a partir de la notificacion de su resolucion autoritativa; luego con adjunto 1 del visto, solicita modificar la citada solicitud, en el sentido que la vigencia del permiso de pesca empiece a partir del 20 de enero del 2012; Que, la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de la Produccion, mediante Memorando N° 01597-2011PRODUCE/OGAJ de fecha 25 de MORDAZA de 2011 e Informe N° 027-2011-PRODUCE/OGAJ-cfva senala que "No se encuentra regulada en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, la posibilidad de otorgar permisos de pesca para embarcaciones pesqueras de bandera extranjera con eficacia diferida, es decir, para ser ejercidos en fecha posterior, considerando que la capacidad de bodega a otorgarse depende de la autorizada por la CIAT"; Que, la compania MORDAZA FISHERY CORPORATION (TIUNA) LIMITED representada en el MORDAZA por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cumplido con presentar los requisitos senalados en el Procedimiento N° 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, y con los requisitos sustantivos establecidos en el numeral 7.7 del Articulo 7° del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2003PRODUCE; sin embargo teniendo en consideracion la opinion formulada por la Oficina de Asesoria Juridica a traves del Memorando N° 1597-2011-PRODUCE/OGAJ e Informe N° 027-2011-PRODUCE/OGAJ-cfva y dado que

en el presente procedimiento administrativo, de acuerdo a lo solicitado por la administrada, el permiso de pesca a otorgarse regiria a partir del 20 de enero de 2012; deviene en improcedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves del Informe N° 5882011-PRODUCE/DGEPP-Dch y el Informe Legal N° 00916-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE; demas normas complementarias; y , En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la compania MORDAZA FISHERY CORPORATION (TIUNA) LIMITED, relacionada al permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "TIUNA", en la extraccion del recurso atun en aguas jurisdiccionales peruanas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 696207-3

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de embarcacion pesquera de matricula PL-18434-CM
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 549-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 31 de agosto del 2011 Vistos; los escritos de Registro Nº 00086832-2010 y adjuntos Nº 1, 2, 3, de fechas 10 de noviembre, 13 de diciembre de 2010, 19 de enero de 2011 y 24 de febrero de 2011, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTRO; y, CONSIDERANDO: Que, mediante articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 722-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 19 de Noviembre de 2008, en estricto cumplimiento de la Medida Cautelar concedida y bajo responsabilidad del Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA segun lo ordenado a traves de la Resolucion Nº UNO del 28 de MORDAZA del 2008 y Resolucion Nº CINCO del 13 de noviembre del 2008, se otorgo permiso de pesca provisional a favor de LILIAM MORDAZA MORDAZA DE MOY, para operar la embarcacion

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